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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 19 de enero de 2007 337922 Que, el cierre de la O fi cina Principal y de la O fi cina Especial de la EDPYME Crear Cusco y la consecuente apertura de una Agencia y una o fi cina especial de la EDPYME Edy fi car en los mismos locales se realiza en el contexto de la fusión por absorción de la EDPYME Crear Cusco por la EDPYME Edy fi car; Que, el programa para la formalización del proceso de fusión presentado por los representantes legales de EDPYME Edy fi car comtempla que la O fi cina Principal de la EDPYME Crear Cusco operará como una Agencia de la EDPYME Edy fi car, por lo que se debe autorizar el cierre de la citada O fi cina Principal, así como la incorporación de la o fi cina especial como parte de la red operativa de la EDPYME Edy fi car; Que, en dichas Juntas Generales de Accionistas se acordó como fecha de entrada en vigencia de la fusión el 31 de diciembre de 2006, fecha en la que cesarán las operaciones derechos y obligaciones de la EDPYME Crear Cusco, que se extingue por efecto de la fusión, los mismos que serán asumidos en su totalidad por la sociedad absorbente, la EDPYME Edy fi car; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Micro fi nanciera “C” mediante Informe Nº 218 – 2006 – DEM “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, la Circular Nº EDPYME – 0188 – 2005, y en virtud de las facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096 – 2005; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la EDPYME Crear Cusco el cierre de su O fi cina Principal ubicada en Av. Garcilaso Nº 506, distrito de Wanchaq, provincia de Cusco, departamento de Cusco y de su O fi cina Especial ubicada en Jr. Dos de Mayo Nº 205, distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco. Artículo Segundo.- Autorizar a la EDPYME Edy fi car incluir las citadas o fi cinas, como agencia y o fi cina especial respectivamente, formando parte de su red operativa. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 17402-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Asignan a servidor en el cargo de Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Ancón de la Dirección Regional Lima RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 029-2007-INPE/P. Lima, 18 de enero del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 565-2006- INPE/P, de fecha 6 de setiembre de 2006, se asignó al servidor MARINO PISCOYA CHUNGA, el cargo público de confi anza de Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Ancón de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la asignación antes señalada y, asignar en el cargo público de con fi anza a su reemplazante; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la asignación del servidor MARINO PISCOYA CHUNGA, en el cargo público de con fi anza de Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Ancón de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 2º.- ASIGNAR, a partir de la fecha, al servidor PERCY HUGO BLAS LEYVA, en el cargo público de confi anza de Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Ancón de la Dirección Regional Lima del Instituto Nacional Penitenciario. Artículo 3º.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución a los interesados y a las instancias pertinentes para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA DELSA MAVILA LEON Presidente 17664-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican el Instructivo de Trabajo “Valoración de Vehículos Usados” INTA-IT.01.08 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 030-2007/SUNAT/A Callao, 18 de enero de 2007 CONSIDERANDO:Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 000545-2003/SUNAT/A del 2 de diciembre del 2003 se aprobó el Instructivo de Trabajo “Valoración de Vehículos Usados” INTA-IT.01.08; Que es necesario modi fi car el numeral 6.4 y 6.9 del literal A1 y el numeral 1 del literal A2 de la Sección IV del referido Instructivo, referidos al uso de la publicación RED BOOK y a la fecha a considerar en la comparación de precios para la conversión de las monedas distintas del dólar de los Estados Unidos de Norteamérica; Que es necesario dejar sin efecto el numeral 6.7 del literal A1 de la Sección IV del referido Instructivo, referido a la determinación del valor en aduana por las empresas verifi cadoras; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modifíquese el segundo párrafo del numeral 6.4 del literal A1 de la Sección IV del Instructivo de Trabajo “Valoración de Vehículos Usados” INTA-IT.01.08, conforme a lo siguiente: “Para el caso de vehículos procedentes de Japón, se utiliza la publicación RED BOOK, de la cual se elige el precio consignado en la segunda columna (de izquierda a derecha), valor de venta al por mayor, o última columna (de izquierda a derecha), valor de venta al por menor, según corresponda, supletoriamente se utiliza la publicación YELLOW BOOK, de la cual se selecciona