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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (06/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de febrero de 2007 339193 15 DE FEBRERO Ministerio de Educación: USES 01,03 y 07Ministerio de Defensa 16 DE FEBRERO Ministerio del Interior PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES): 19 DE FEBRERO Presidencia del Consejo de Ministros Congreso de la RepúblicaMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de Economía y FinanzasContraloría General de la República Poder Judicial Ministerio de JusticiaMinisterio PúblicoConsejo Nacional de la MagistraturaTribunal ConstitucionalJurado Nacional de Elecciones Ofi cina Nacional de Procesos Electorales Defensoría del PuebloRegistro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Universidades Públicas Ministerio de AgriculturaMinisterio de Transportes y Comunicaciones 20 DE FEBRERO Ministerio de Energía y Minas Ministerio de Vivienda, Construcción y SaneamientoMinisterio de Trabajo y Promoción del EmpleoMinisterio de SaludMinisterio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Producción Ministerio de la Mujer y Desarrollo SocialGobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y de Agricultura 21 DE FEBRERO Ministerio de EducaciónGobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación 22 DE FEBRERO Ministerio del Interior 23 DE FEBRERO Ministerio de Defensa Artículo 2º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público emitirá las Autorizaciones de Pago con anticipación de un día hábil a la fecha indicada en el Artículo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que estén realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores públicos, a través de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones serán aprobadas con anticipación de dos días hábiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requerirán sus habilitaciones con la antelación necesaria. Artículo 3º.- La presentación y/o transmisión de Cartas Órdenes o Giros Electrónicos por los mencionados conceptos se efectuará hasta por los montos límites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces. La información con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, deberá ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Giro Electrónico, debiendo ser transmitida a través del SIAF-SP, o de ser el caso presentada en medio magnético, al Banco con dos días de anticipación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Viceministro de Hacienda 23731-1JUSTICIA Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2007-JUS Lima, 2 de febrero de 2007 VISTO, el O fi cio Nº 47-2007-MTPE/9.1, de fecha 22 de enero de 2007, del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 001-2007-TR de fecha 12 de enero de 2007, se creó la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, con el objetivo de ser la instancia de coordinación permanente de las políticas y acciones en materia de trabajo forzoso, en los diferentes ámbitos sectoriales, tanto a nivel nacional como regional; Que, la referida Comisión se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Justicia, por lo que es necesario proceder a su designación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y por el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Único.- Desígnese a la abogada JEANNETTE ELAINE OYARCE DELGADO, y al abogado ERICK ERNESTO LANDAURO CERF, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Justicia, ante la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, creada por el Decreto Supremo Nº 001-2007-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 23987-1 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Reconocen miembros de la Comisión Especial que tendrá por función validar la metodología de actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2007-MIMDES Lima, 5 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 026-2006, entre otras acciones, se crea la Comisión Especial que tiene por función validar la metodología de actualización de los índices de distribución del Programa del Vaso de Leche; Que, asimismo, el referido Decreto de Urgencia señala en su artículo 2º que dicha Comisión Especial estará integrada, entre otros miembros, por un representante de la Sociedad Civil propuesto por la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza, así como uno o más representantes de las organizaciones de bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche, debidamente constituidas y acreditadas como tales;