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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (07/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de febrero de 2007 339226 reservado, sin necesidad de disposición previa que autorice el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 24138-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de pesonal militar de EE.UU. para realizar revisión de programas y protocolos en laboratorios del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 076-2007 DE/SG Lima, 5 de febrero de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) Nº F-36 de fecha 16 de enero de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos de América, en el marco del Convenio fi rmado en 1984, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Marina de entonces y la Marina de los Estados Unidos, construyó dos sedes en el Perú; en las cuales labora personal militar americano; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 20 de febrero al 20 de abril de 2007, para realizar una revisión de los programas y protocolos en los laboratorios del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales de la Marina de los Estados Unidos en las ciudades de Iquitos y Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 24138-2Designan Jefe e integrante del Comité Técnico del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao - CEREC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2007-DE/MGP Lima, 5 de febrero de 2007CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 024-2001-JUS de fecha 18 de agosto de 2001, se aprobó el Reglamento del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao - CEREC, que norma el régimen de vida y tratamiento para sentenciados y procesados por los delitos de terrorismo, traición a la patria y otros; Que, el Artículo 41º del citado Decreto Supremo establece que el Comité Técnico del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao - CEREC, estará integrado entre otros, por un representante de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe del CEREC; cuyas designaciones se efectuarán mediante Resolución del Titular del Sector que corresponda; Que, por Resolución Ministerial Nº 036-2005-DE/MGP de fecha 19 de enero de 2005, se designó al Contralmirante Luis Enrique ILLESCAS Castañeda, como representante de la Marina de Guerra del Perú y al Capitán de Navío Samuel Orlando PERALTA Boggiano, Jefe del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao - CEREC, como integrantes del Comité Técnico del mencionado CEREC; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1076-2006 DE/MGP (R) de fecha 7 de noviembre de 2006, se cambió de empleo al Capitán de Navío Samuel Orlando PERALTA Boggiano, de Jefe del Servicio de Policía Naval al Ministerio de Defensa, y se designó en el empleo de Jefe del Servicio de Policía Naval, al Capitán de Navío Luis Enrique Martín DE LA FLOR Rivero, ambos con e fi cacia anticipada al 1 de marzo de 2006; Que, es necesario designar al Capitán de Navío Luis Enrique Martín DE LA FLOR Rivero, como integrante del referido Comité Técnico en reemplazo del Capitán de Navío Samuel Orlando PERALTA Boggiano; Que, el Artículo 17º inciso 17.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la posibilidad que los efectos de un acto o resolución administrativa sean aplicados de modo anticipado a hechos anteriores a su vigencia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cesar en el cargo de Jefe del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao - CEREC, al Capitán de Navío Samuel Orlando PERALTA Boggiano, con e fi cacia anticipada al 28 de febrero de 2006. Artículo 2º.- Designar al Capitán de Navío Luis Enrique Martín DE LA FLOR Rivero, Jefe del Centro de Reclusión de Máxima Seguridad de la Base Naval del Callao - CEREC, como integrante del Comité Técnico del mencionado CEREC, con e fi cacia anticipada al 1 de marzo de 2006. Artículo 3º.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución Ministerial al Ministro de Justicia, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 24497-1