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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 7 de febrero de 2007 339236 de Experto en Sistema Administrativo I de la O fi cina Ejecutiva de Proyectos de Inversión de la O fi cina General de Planeamiento Estratégico (hoy O fi cina de Proyectos de Inversión de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto); Que resulta conveniente aceptar las renuncias presentadas y designar a los profesionales propuestos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el inciso ii) del numeral 2 del artículo 4º de la Ley Nº 28927 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar las renuncias presentadas por los funcionarios de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud que se indican, dándoseles las gracias por los servicios prestados: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL María Elena GIRIBALDI MENDOZADirectora Ejecutiva de la Ofi cina de PresupuestoF-4 Flor Isabel GARCÍA GRADOSDirectora Ejecutiva de la Ofi cina de Planeamiento y Gestión InstitucionalF-4 Miriam Flor MARIMÓN PACHECOExperto en Sistema Administrativo I de la O fi cina de Proyectos de Inversión F-3 Artículo 2º.- Designar en la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, a los profesionales que se indican: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Economista Elsie Janet ANTAYA BERRIODirectora Ejecutiva de la Ofi cina de PresupuestoF-4 Médico cirujano Nora REYES PUMA de COMESAÑADirectora Ejecutiva de la Ofi cina de Planeamiento y Gestión InstitucionalF-4 Ingeniero economista Edgar Octavio CALDERÓN SUMARRIVAExperto en Sistema Administrativo I de la O fi cina de Proyectos de InversiónF-3 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 23985-1 Aprueban “Directiva Administrativa para la atención de pacientes protegidos por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) en los Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2007/MINSA Lima, 5 de febrero del 2007 Visto el Expediente Nº 06-100934-001, que contiene el O fi cio Nº 7165-2006-DGSP/MINSA, presentado por la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, el numeral 30.1 del Artículo 30º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, modi fi cado por la Ley Nº 28839, dispone que todo vehículo automotor que circule en el territorio de la República debe contar con una póliza de seguros vigente del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT o certi fi cados contra accidentes de tránsito, que contengan términos equivalentes, condiciones semejantes o mayores coberturas ofertadas que el SOAT vigente, en cuyo caso las asociaciones de fondos regionales o provinciales contra accidentes de tránsito - AFOCAT entregarán el certi fi cado; y además el distintivo que acredita la vigencia del mismo, destinados exclusivamente a vehículos de transporte público terrestre y mototaxis, urbano o interurbano, que presten servicios al interior de la región o provincia, que sólo tendrán validez dentro de la respectiva circunscripción de funcionamiento; Que, por Resolución Ministerial Nº 178-2003-SA/ DM del 20 de febrero de 2003, se aprobó la Directiva Nº 002-MINSA/DVM-V.01 para el funcionamiento del SOAT en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial Nº 848-2005/ MINSA del 3 de noviembre de 2005, se desactivó la Comisión Permanente SOAT, disponiendo que las funciones de la Comisión Permanente SOAT y de la Comisión Permanente se Seguros del Ministerio de Salud, sean asumidas por la Unidad Técnica Funcional de Referencia, Contrarreferencia y Seguros, adscrita a la Dirección General de Salud de las Personas, constituida por Resolución Ministerial Nº 039-2005/MINSA; Que, en virtud de lo antes mencionado, la Dirección General de Salud de las Personas, ha propuesto la “Directiva Administrativa para la Atención de Pacientes protegidos por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) en los Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud”; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Viceministro de Salud, Dirección General de Salud de las Personas y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en el Literal I) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE : Artículo 1º.- Aprobar la DIRECTIVA ADMINISTRATIVA Nº 106 -MINSA/DGSP-V.01, “DIRECTIVA ADMINISTRATIVA PARA LA ATENCIÓN DE PACIENTES PROTEGIDOS POR EL SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SOAT) EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL MINISTERIO DE SALUD”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas a través del Área Técnica Funcional de Seguros, actualizará periódicamente la mencionada Directiva Administrativa, la que garantizará la participación de los diversos actores involucrados y de la Estrategia Sanitaria Nacional de Accidentes de Tránsito. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 178-2003-SA/DM del 20 de febrero de 2003, que aprobó la Directiva Nº 002-MINSA/DVM-V.01 para el funcionamiento del SOAT en los establecimientos de salud del Ministerio de Salud. Artículo 4º.- Las Direcciones de Salud de Lima y Callao y las Direcciones Regionales de Salud quedan obligadas a dar cumplimiento de la presente Directiva Administrativa. Artículo 5º.- Encargar a la O fi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Directiva Administrativa en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 23985-3