Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2007 (07/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
DEPARTAMENTO: TACNA - Tacna. DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes.

339241

AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - MORDAZA 212. - MORDAZA 412. - MORDAZA 214 ST. - MORDAZA 407. - MORDAZA 417. - MORDAZA 206. - Sikorsky S-61. ZONAS DE OPERACION: AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, Galilea, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA El Valor. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huascaran/Anta. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Caraveli, Chivay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ayacucho. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Jaen. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Quincemil, Patria. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Tingo MORDAZA, Tournavista. DEPARTAMENTO: ICA - Nasca, Pisco. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Jauja, Mazamari / MORDAZA MORDAZA, Potsateni, Poyeni. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Pacasmayo, MORDAZA, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA ­ CALLAO - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", Lib Mandi Metropolitano, Collique. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, El Estrecho, Intuto, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Yurimaguas, Andoas, Corrientes / Trompeteros. DEPARTAMENTO: MORDAZA DE MORDAZA - Puerto MORDAZA, Iberia, Mazuco, Huaypetue. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo, Moquegua. DEPARTAMENTO: PASCO - MORDAZA de Pozuzo, Iscozasin. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Moyobamba, Juanjui, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto.

DEPARTAMENTO: UCAYALI - Pucallpa, Atalaya, Balta, Bufeo MORDAZA, Culina, Chicosa, Paititi, Puerto MORDAZA, Breu, San MORDAZA, Sepahua, Yarinacocha. BASE DE OPERACIONES: - Iquitos. SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa AEROMASTER DEL PERU S.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa AEROMASTER DEL PERU S.A. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa AEROMASTER DEL PERU S.A. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La empresa AEROMASTER DEL PERU S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa AEROMASTER DEL PERU S.A. podra hacer uso de las instalaciones de helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa AEROMASTER DEL PERU S.A. podran operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AEROMASTER DEL PERU S.A., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion.

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