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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (16/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de febrero de 2007 339806 Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº /SO. Nº 02- 07 del 30 de enero del 2007, por mayoría de votos se fi jó en S/. 9,000.00 (NUEVE MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) la remuneración del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, por lo que se desprende que el monto que percibirán los señores Regidores por concepto de dieta por sesión será de S/. 675.00, la cual se hará efectiva por un máximo de 4 sesiones al mes (S/. 675.00 x 4 = S/. 2,700.00 que equivale al 30% de la remuneración fi jada para el Sr. Alcalde); Estando a lo tipi fi cado en el Decreto de Urgencia Nº 019-2006, con el voto unánime el pleno del Concejo con la dispensa del trámite de la aprobación y suscripción del acta, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ACORDÓ:Primero.- FIJAR en la suma de S/. 675.00, la compensación que por concepto de dieta por sesión percibirán los Regidores de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, la misma que se hará efectiva hasta por un máximo de cuatro sesiones al mes (S/. 675.00 x 4 = S/. 2,700.00). Segundo.- Las demás sesiones de concejo que se realicen durante el mes, no serán computables para la percepción de dieta fi jada según el artículo que antecede. Tercero.- Dejar sin efecto todas las normas municipales que se opongan al presente acuerdo. Cuarto.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano en forma obligatoria para su respectiva vigencia. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.VALENTÍN QUEVEDO PERALTA Alcalde 27108-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ Aprueban ampliación y mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado del Centro Poblado de Huanchac RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 023-2007-GPH-A Huaraz, 2 de febrero de 2007VISTO;La Opinión Legal Nº 45-2007-GPH-GAJ, presentado por el Gerente de Asesoría Jurídica del Gobierno Provincial de Huaraz, mediante el cual emite opinión referente al Informe Nº 01-2007-GPH-GDURSG a través del cual el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural de esta institución, solicita la aprobación de la relación de obras que se convocará mediante Proceso de Selección Abreviado; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo señala el Art. 194º de la Constitución Política del Estado concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - las Municipalidades son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de la revisión de antecedentes se observa que, mediante Opinión Legal Nº 45-2007-GPH-GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica del Gobierno Provincial de Huaraz, señala que a través del Informe Nº 01-2007-GPH-GDURSG, de fecha 25 de enero de 2007, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural de este municipio, solicita se emita la correspondiente Resolución de Alcaldía que apruebe la relación de obras que deben convocarse mediante Proceso de Selección Abreviada según lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 024-2006 y la Directiva Nº 011.2006/CONSUCODE/PRE; Que, con fecha 26 de diciembre del 2006 se publicó en el Diario O fi cial El Peruano el Decreto de Urgencia Nº 024- 2006, sobre: Procedimiento especial para la ejecución de las actividades y proyectos, bajo el ámbito de la Ley Nº 28880, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2006, decretando en su Art. Primero lo siguiente: “... Apruébese el proceso de selección abreviada PSA para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras relacionadas con las actividades y proyectos bajo el ámbito de la Ley Nº 28880, rigiendo supletoriamente el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobadas mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM ...”; Que, conforme lo tiene dispuesto el Art. 67º del D.S. Nº 084-2004-PCM, los procesos de selección se llevan a cabo mediante la modalidad de licitación pública, concurso público, adjudicación directa y adjudicación de menor cuantía. Siendo ello así, constituyendo dicho Decreto de Urgencia una excepción a lo dispuesto en el Dispositivo antes mencionado, producto de la transferencia fi nanciera que hiciera el Ministerio de Vivienda a favor de esta Entidad para la ampliación y mejoramiento del sistema de abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado del C.P. de Huanchac, es necesario emitir la correspondiente Resolución de Alcaldía aprobando la relación de obra única para su ejecución durante el ejercicio presupuestal 2007, debiendo aprobarse además su convocatoria mediante proceso de selección abreviada, en aplicación del Art. 3º de la Ley Nº 28880; Que, mediante Opinión Legal Nº 45-2007-GPH- GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica del Gobierno Provincial de Huaraz, sugiere que se expida la Resolución de Alcaldía, aprobando la relación de obra pública sobre Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado del Centro Poblado de Huanchac, así como se apruebe el proceso de selección abreviado por un monto de S/. 1,999,860.00 nuevos soles - UN MILLÓN NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES, en aplicación supletoria del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobadas mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM; Por los fundamentos expuestos y estando al Inc. 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y normas conexas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la obra pública, Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado del Centro Poblado de Huanchac, cuyo presupuesto es la suma de S/. 1 999,860.00 Nuevos Soles, UN MILLÓN NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES, el mismo que será ejecutado mediante el Proceso de Selección Abreviado, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Asesoría Jurídica, y a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto de esta institución, la implementación de la presente Resolución, en estricta observancia de la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LOMBARDO M. ANGELES Alcalde 27105-1