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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de febrero de 2007 339801 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO:El Concejo Municipal de Lurín en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de enero del 2007, visto el Proyecto de Ordenanza de Reglamento Interno de Concejo Municipal del distrito de Lurín. CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado según la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son organismos autónomos, política, económica y administrativamente en los asuntos de su competencia destacando que la estructura orgánica y de gobierno local lo conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo. Que, las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y la supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que el Concejo Municipal de conformidad con lo dispuesto en el inciso 12) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 es competente para aprobar su régimen interno. Que, estando a lo expuesto y las modi fi caciones propuestas y aprobadas por el pleno y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los asistentes y con la dispensa del trámite de aprobación de actas se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APRUÉBESE el Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de Lurín, el mismo que consta de 11 Títulos, 105º Artículos y 3 Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 072/ML de fecha 27 de agosto del 2003 y su modi fi catoria Ordenanza Municipal Nº 090 /ML de fecha 7 septiembre del 2004 y las demás disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encárguese a la Secretaría General la difusión y cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 27093-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Disponen el levantamiento de suspensión temporal a que se refiere la Ordenanza Nº 199 en determinadas zonas del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2007-MM Mira fl ores, 12 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE MIRAFLORES;CONSIDERANDO:Que, el Artículo Único del Decreto de Alcaldía Nº 40, publicado el 29 de septiembre de 2006, estableció: prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 199 que “Suspende temporalmente la admisión de solicitudes de expedición de Certi fi cados de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios con fi nes comerciales; de Anteproyecto y Proyectos de fi nitivos de Obras Nuevas con fi nes comerciales; así como solicitudes de Certi fi cados de Compatibilidad de Usos; Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o De fi nitivas; y Ampliación de Giro en el distrito”, hasta la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la Ordenanza de la Municipalidad de Lima que apruebe el Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas del distrito de Mira fl ores; Que, el artículo 4º de la Ordenanza Nº 199 faculta al Señor Alcalde a disponer, mediante Decreto de Alcaldía, el levantamiento de la suspensión descrita en dicho dispositivo legal, en aquellas zonas en las que no exista confl icto; Que, dadas las solicitudes de empresas y personas naturales que desean invertir en el distrito, resulta necesario el levantamiento de la suspensión temporal para la admisión de solicitudes de Certi fi cados de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios con fi nes comerciales, de Anteproyecto y Proyectos de fi nitivos de Obras Nuevas con fi nes comerciales, así como Certi fi cados de Compatibilidad de Usos, Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o De fi nitivas, y Ampliaciones de Giro de determinadas zonas de la jurisdicción de Mira fl ores que se detallan en la parte resolutiva del presente Decreto; y, Estando a lo expuesto en el Informe Nº 018-2007- SGPEA/MM de fecha 31 de enero de 2007, y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Disponer el levantamiento de la suspensión temporal dispuesta mediante Ordenanza Nº 199 y prorrogada su vigencia mediante Decreto de Alcaldía Nº 40 para la admisión de solicitudes de Certi fi cados de Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios con fi nes comerciales, de Anteproyecto y Proyectos de fi nitivos de Obras Nuevas con fi nes comerciales, así como Certi fi cados de Compatibilidad de Usos, Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o Defi nitivas, y Ampliaciones de Giro en las zonas designadas como Comercio Vecinal, Comercio Zonal y Comercio Metropolitano, que se encuentran detalladas en el plano adjunto como anexo 1 y para los giros señalados en el Anexo Nº 2, ambos anexos forman parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Disponer el levantamiento de la suspensión temporal dispuesta por la Ordenanza Nº 199 para la admisión de solicitudes de Certi fi cados de Compatibilidad de Usos, Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o De fi nitivas; y Ampliaciones de Giro para o fi cinas administrativas en las zonas señaladas en el plano adjunto como anexo 1, las cuales se precisan a continuación: En zona RDM (Residencial de Densidad Media): sólo en las Avenidas (Tomás Marsano, Ricardo Palma (cuadras 5,6 y 7), La Paz, Vasco Núñez de Balboa, Santa Cruz, Angamos Oeste, y Av. Aramburu). En zona RDA ( Residencial de Densidad Alta): En la Av. Arequipa. En zona RDMA (Residencial de Densidad Muy Alta): Sólo en Av. Paseo de la República y Av. José Pardo). Además de los Avenidas Armendáriz y Reducto (cuadras 11 a 15). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Comercialización y a la Gerencia de Infraestructura Urbana el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese.MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde