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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (16/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de febrero de 2007 339804 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Eliminan cobro de derechos de tramitación de recursos administra-tivos previstos en el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002- 2007-MDSL San Luis, 2 de febrero de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTOS:El Informe Nº 003-2007-GM-MDSL de fecha 18.1.07 y el Memorándum Nº 011-2007-GM-MDSL de fecha 11.01.07 emitidos por la Gerencia Municipal y el Informe Nº 011-2007-MDLS-GAL de fecha 10.01.07 emitido por la Gerencia de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2004- MDSL, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis; Que, la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 3741-2005, publicada el 24 de octubre de 2006, en el Diario O fi cial El Peruano, le con fi ere carácter de PRECEDENTE VINCULANTE conforme a los fundamentos en ella contenida, indicando que todo derecho de pago que se haya establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, como condición o requisito previo a la impugnación de un acto administrativo emitido por la propia administración, es contrario a los derechos constitucionales, al debido proceso en materia administrativa, a la defensa, a la tutela jurisdiccional efectiva y al de petición; Que, las normas que aprueben derechos que violenten principios constitucionales adolecen de vicios de nulidad y no pueden exigirse desde la publicación de la sentencia referida en el considerando precedente, disponiendo la misma que la Presidencia del Consejo de Ministros adopte las medidas necesarias para su fiel cumplimiento en todo el ámbito de la administración del Estado; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el organismo técnico normativo facultado para regularizar los procedimientos de simpli fi cación administrativa, dentro del proceso de modernización del Estado; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros mediante comunicado publicado en el Diario O fi cial El Peruano el ocho (8) de diciembre de 2006, ha dispuesto que todas las entidades de la administración pública deben adecuar el contenido de su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, conforme a la sentencia del Tribunal Constitucional citada en el segundo considerando, procediendo a eliminar aquellos requisitos que contengan derechos de pago como exigencia previa a la tramitación de los recursos administrativos; Que, en el caso de las municipalidades corresponde emitir el Decreto de Alcaldía disponiendo la eliminación de dichos requisitos conforme a lo dispuesto en la Sentencia del Tribunal Constitucional, conforme lo señala el numeral 38.5) del Artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, la Gerencia Municipal mediante los documentos de vistos señala la necesidad de acogerse a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional conforme al marco jurídico indicado y, la Gerencia de Asesoría Legal, luego del análisis jurídico precisa que la Ordenanza Municipal Nº 009-2004-MDSL que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis, contiene cinco (5) procedimientos que contienen pagos que limitan los derechos constitucionales del debido proceso administrativo, a la defensa, a la tutela jurisdiccional efectiva y el de petición; Que, se hace necesario la eliminación de aquellos procedimientos que limiten los derechos de los administrados, condicionándoles al previo pago de derechos, previo al pronunciamiento de la administración, con relación a los recursos administrativos que presenten ante la Municipalidad Distrital de San Luis; Estando a lo dispuesto en el numeral 6) el Artículo 20º, Artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en concordancia con el numeral 36.3) del Artículo 36º y el numeral 38.5) del Artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, con el visto bueno de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Asesoría Legal. DECRETA:Artículo Primero.- ELIMINAR el cobro de derechos de tramitación establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Luis, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 009-2004-MDSL, conforme al detalle siguiente: UNIDAD DE TRÁMITE DOCUMENTARIO: í Ítem 2, Recurso de Apelación, Requisito 8. El comprobante de la tasa correspondiente, % de UIT Vigente: 0.5000 í Ítem 5, Recursos Administrativos, Requisito 1. Pago por derecho, % de UIT Vigente: Derecho de Recurso de Reconsideración 0.6250 í Ítem 5, Recursos Administrativos, Requisito 1. Pago por derecho, % de UIT Vigente: Derecho de Recurso de Apelación 0.9375. í Ítem 7, Anulación de Multas Administrativas, % de UIT Vigente: Derecho 0.4688 DIVISIÓN DE PARTICIPACIÓN VECINAL, DEMUNA, VASO DE LECHE Y PROYECCIÓN SOCIAL: í Ítem 4, Recurso de Reconsideración, Requisito 3. Pago por derecho, % de UIT Vigente: 0.5000 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento y supervisión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente disposición en el Diario O fi cial El Peruano, remitiéndose copia del mismo a la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 26290-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Prorrogan plazo de beneficios en el pago de Arbitrios Municipales DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000011 Callao, 10 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO