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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (27/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de febrero de 2007 340582 DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/GOB.REGIONAL/ GOB.LOCAL ÍNDICE SAN JUAN DE IRIS 0.0000190791 SAN JUAN DE TANTARANCHE 0.0000869052SAN LORENZO DE QUINTI 0.0001675506SAN MATEO 0.0003284858 SAN MATEO DE OTAO 0.0002389030 SAN PEDRO DE CASTA 0.0001451857SAN PEDRO DE HUANCAYRE 0.0000274326SANGALLAYA 0.0000990072SANTA CRUZ DE COCACHACRA0.0001266057 SANTA EULALIA 0.0008047032 SANTIAGO DE ANCHUCAYA 0.0000788723SANTIAGO DE TUNA 0.0000718786SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS0.0003161763 SURCO 0.0001872314 HUAURA HUACHO 0.0195607485 AMBAR 0.0004696666 CALETA DE CARQUIN 0.0005283098CHECRAS 0.0001960272HUALMAY 0.0011399296HUAURA 0.0025513438LEONCIO PRADO 0.0003315643PACCHO 0.0003184594SANTA LEONOR 0.0001406735SANTA MARIA 0.0024775436SAYAN 0.0023410653VEGUETA 0.0025061333 OYON OYON 0.0023835841 ANDAJES 0.0001570871CAUJUL 0.0000780431COCHAMARCA 0.0002157847NAVAN 0.0001201700PACHANGARA 0.0002923108 YAUYOS YAUYOS 0.0044873026 ALIS 0.0000430787AYAUCA 0.0002040012AYAVIRI 0. 0001078789 AZANGARO 0.0000967734CACRA 0.0001714021CARANIA 0.0000528208CATAHUASI 0.0001467298CHOCOS 0.0001428696COCHAS 0.0000157240COLONIA 0.0002355139HONGOS 0.0000720275HUAMPARA 0.0000372953HUANCAYA 0.0000612764HUANGASCAR 0.0000886921HUANTAN 0.0001489973HUAÑEC 0.0000472873LARAOS 0.0001223704LINCHA 0.0001385487MADEAN 0.0001229245 MIRAFLORES 0.0000559552 OMAS 0.0000907177PUTINZA 0.0000756968QUINCHES 0.0001472590QUINOCAY 0.0000849169SAN JOAQUIN 0.0000229288SAN PEDRO DE PILAS 0.0000544019TANTA 0.0000701742TAURIPAMPA 0.0001020701TOMAS 0.0000808646 TUPE 0.0001131010 VIÑAC 0.0002633851VITIS 0.0000542393 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO 0.1194364053GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA 0.0710889702GOBIERNO REGIONAL DE ICA 0.0716016231GOBIERNO REGIONAL DE LIMA 0.0712063349 LEY Nº 28622 TOTAL 1.0000000000 GOBIERNOS LOCALES UCAYALI CORONEL PORTILLO CALLERIA 0.0319254771 CAMPOVERDE 0.0040458054 IPARIA 0.0134945376 MASISEA 0.0222369097 YARINACOCHA 0.0157462516 NUEVA REQUENA 0.0036742956MANANTAY 0.0130433901 ATALAYA RAYMONDI 0.3213468662 SEPAHUA 0.1183719943 TAHUANIA 0.1008127009 YURUA 0.0844684385 PADRE ABAD PADRE ABAD 0.0523367629 IRAZOLA 0.0324458564 CURIMANA 0.0193840472 PURUS PURUS 0.0312500000 GOBIERNO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 0.1354166665ANEXO 2 ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE CAMISEA PARA UNIVERSIDADES NACIONALES AÑO 2007 UNIVERSIDADES NACIONALES ÍNDICE LEY Nº 28451 TOTAL 1.0000000000 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA 0.2500000000 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA 0.2500000000 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA 0.2500000000 UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN 0.2500000000 LEY Nº 28622 TOTAL 1.0000000000 UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI 0.5000000000 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA 0.5000000000 30914-1 Prorrogan aplicación de disposiciones aprobadas mediante R.D. Nº 007-2006-EF/68.01 a los Proyectos de Inversión Pública considerados en la Ley Nº 28880 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2007-EF/68.01 Lima, 20 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28802, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública; dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el literal k) del numeral 3.2 del artículo 3º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 221-2006-EF, establece que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público es competente para establecer metodologías generales y especí fi cas para la formulación y evaluación de proyectos, así como normas técnicas y parámetros de evaluación, así como la metodología para la evaluación ex post de Proyectos de Inversión Pública; Que, la Ley Nº 28880, Ley que autoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006 y dicta otras medidas, consideró la ejecución de proyectos de infraestructura educativa, de equipamiento y adquisición de equipos médicos, así como de transporte para las áreas críticas de los centros asistenciales, entre otros, con cargo al monto aprobado por dicha Ley; Que, la Resolución Directoral Nº 007-2006-EF/68.01 dispuso la aplicación parcial del Contenido Mínimo del Per fi l - Anexo SNIP 05, así como de cinco Per fi les Tipo para ser replicados en proyectos de infraestructura educativa, de equipamiento y adquisición de equipos médicos, así como de transporte para las áreas críticas de los centros asistenciales, cuya ejecución se dispuso por la Ley Nº 28880; Que, se ha visto necesario ampliar la aplicación de las disposiciones de la citada Resolución Directoral, para los Proyectos de Inversión Pública considerados en la Ley Nº 28880 que no hayan sido ejecutados y cuya ejecución se prevea en el Año Fiscal 2007; En uso de las facultades dispuestas por la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modi fi cada por las Leyes N°s. 28522 y 28802, sus normas reglamentarias y complementarias, y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 158-2001-EF/15 y 702-2006-EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Prórroga de la aplicación de la Resolución Directoral Nº 007-2006-EF/68.01 Prorróguese la aplicación de las disposiciones aprobadas mediante la Resolución Directoral Nº 007-