Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2007 (27/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 27 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

340599

CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA denominada Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que personas aun no identificadas, se presentaron ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y obtuvieron irregularmente las inscripciones correspondientes a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CCALLI MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante los tramites de inscripcion, rectificacion y/o duplicado, correspondientes; Que, con los informes emitidos por los Jefes de las Oficinas Registrales del Estado Civil, adjuntando partidas de defuncion y de nacimiento, asi como por los examenes realizados por el perito especializado de la Gerencia de Procesos, se ha determinado que en todos los casos analizados, personas no identificadas han suplantado la verdadera identidad de los titulares de las inscripciones mencionadas precedentemente; Que, si bien se ha procedido administrativamente al excluir las Inscripciones Nºs. 33826083, 80115465 y 23176722, respectivamente mediante la expedicion de las Resoluciones Nºs. 033, 1070 y 1271-2006/SGDAR/ GP/RENIEC de la MORDAZA denominada Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, afectadas por suplantacion de identidad; de los actuados se advierten indicios razonables de haberse incurrido en delito contra la Fe Publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; hecho que es necesario perseguirse penalmente en resguardo de la seguridad juridica registral, al haberse incurrido en los ilicitos contemplados en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos que anteceden y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

Que, el MORDAZA de depuracion y mantenimiento del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales es MORDAZA, el mismo que se desarrolla con la aplicacion de tecnicas y metodos de deteccion de actos irregulares, sea por la MORDAZA de documentos indebidos o declaraciones indebidas; esto con la finalidad de preservar la seguridad juridica del registro; Que, en el MORDAZA de deteccion y depuracion se ha verificado que MORDAZA GUISSELLA MORDAZA MORDAZA ha utilizado un documento falso con la finalidad de obtener del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales la rectificacion de su estado civil de casada a divorciada; Que, de acuerdo al estudio de lo actuado, y a las pruebas instrumentales anexadas, existen indicios razonables, que la ciudadana MORDAZA GUISSELLA MORDAZA MORDAZA, titular de la inscripcion Nº 29366990, mediante el Formulario de Identidad Nº 29266474 utilizo la Partida Nº 136 del Libro de Matrimonios del ano 1972, de la Municipalidad Distrital de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, en la que aparece anotada la disolucion del vinculo matrimonial contraido con el senor MORDAZA MORDAZA Parodi MORDAZA, con la finalidad de obtener del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales la rectificacion de su estado civil de casada a divorciada; sin embargo, mediante Oficio Nº 12362006-SGRC-GDH-MC de fecha 12 de octubre de 2006, el Jefe del Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Comas, Provincia y Departamento de MORDAZA, remitio el Acta Nº 136 del Libro de Matrimonios del ano 1972, en la que figura como contrayente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y no MORDAZA GUISSELA MORDAZA CALDERON; hecho que se corrobora con la modificacion del nombre en el Acta de Disolucion de vinculo matrimonial anotada marginalmente en el citado documento fraudulento; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra los que resulten responsables, por el presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 30912-1

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA GUISSELLA MORDAZA MORDAZA por el presunto delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documento (uso de documento falso), en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 30912-2

RESOLUCION JEFATURAL Nº 037-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de enero de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 2914-2006/GPR/RENIEC, y el Informe Nº 000063-2007-GAJ/RENIEC de fecha 15 de enero de 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y,

RESOLUCION JEFATURAL Nº 039-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 29 de enero de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 5227-2006/GO/RENIEC, y el Informe Nº 0038-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica el 10 de enero del 2007; y,

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