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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de febrero de 2007 340589 Proyecto de Inversión Pública denominado: “Ejecución y Equipamiento del Complejo Policial Moquegua”; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 09-2007-IN-0507/CE RD Nº 569-2006-IN/0506 de fecha 23 de enero de 2007, el presidente del Comité Especial Ing. Felipe Orozco Romero informó sobre los sucesos acaecidos especialmente en el ítem 19 del mencionado proceso de selección; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 002-2007-IN/0601 de fecha 10 de enero de 2007 se declaró Fundado el recurso de Apelación interpuesto por la empresa CS TRADING CO S.R.L. y se le otorgó la Buena Pro, descali fi cando a la empresa COMPUMAR PERU S.A.C., por no adjuntar la declaración jurada sobre la red de servicio técnico y/o talleres autorizados, personal califi cado, stock de repuestos en la ciudad de Moquegua; Que, el Comité Especial recibió la mencionada Resolución el 12 de enero de 2007 y la ingresó en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, ese mismo día; Que, la empresa COMPUMAR S.A.C. mediante Carta s/n de fecha 16 de enero de 2007 solicitó se declare la denegatoria fi cta, toda vez que el plazo para pronunciarse para la Entidad venció el 12 de enero de 2007; Que, el presidente del Comité Especial mediante Ofi cio Nº 09-2007-IN-0507/CE RD Nº 569-2006-IN/0506 informa que efectivamente la publicación de la Resolución de Secretaría General Nº 002-2007-IN/0601 de fecha 10 de enero ingresó al SEACE el 12 del mismo mes, es decir; cuando el plazo para pronunciarse vencía el 11 de enero, por lo que se vuelve extemporánea operando en consecuencia de Denegatoria Ficta; Que, de los antecedentes se puede apreciar que la Resolución de Secretaría General se incluyó en el SEACE de manera extemporánea, por lo que, en aplicación del numeral 5 del artículo 158º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM habría operado la denegatoria fi cta en dicho procedimiento; Que, del contenido de la Resolución de Secretaría General Nº 002-2007-IN/0601, se aprecia que el Comité Especial cometió una omisión en la cali fi cación efectuada, la misma que debe ser corregida, y debido a que la facultad de recali fi cación de un proceso se puede ejercer sólo en el marco de un recurso impugnativo conforme se establece el numeral 2 del artículo 160º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sólo resta declarar la nulidad de O fi cio a fi n de corregir dicha omisión en la cali fi cación incurrida por el Comité, por prescindir de las normas esenciales del procedimiento establecidas en las Bases del proceso de selección, como se contempla en la tercera causal del artículo 57º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, el titular de la Entidad podrá declarar de o fi cio la nulidad del proceso de selección cuando contravengan normas legales, o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiéndose expresar la etapa a la que se retrotraerá el proceso; Contando con los vistos de la O fi cina General de Administración, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la Secretaría General del MININTER; De conformidad con lo establecido en los artículos 3º y Art. 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, Art. 32º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar LA NULIDAD del ítem 19 de la Licitación Pública Nº 007-2006-IN-OGA hasta la etapa de evaluación técnica a fi n de que el Comité Especial subsane la omisión en la cali fi cación, al otorgarle la Buena Pro a la empresa COMPUMAR PERU S.A.C. cuando no cumplía con los requerimientos técnicos mínimos, careciendo de objeto pronunciarse por el requerimiento de la empresa COMPUMAR PERU S.A.C. de fecha 16 de enero de 2007. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Administración del MININTER a fi n de poner en conocimiento de los Miembros del Comité Especial, de los Postores, del SEACE-CONSUCODE, de la Contraloría General de la República y del Órgano de Control Interno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 30934-2 Aceptan renuncia de Asesores del Comité de Asesoramiento del Despacho Viceministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0141-2007-IN Lima, 25 de febrero del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1998-2006- IN/0901 del 22 de septiembre de 2006, se designó al Dr. Carlos Alberto COSENTINO ESQUERRE en el cargo público de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, del Comité de Asesoramiento del Despacho Viceministerial del Ministerio del Interior; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo antes referido, viéndose por conveniente aceptar dicha renuncia; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del M inisterio del Interior, apr obado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el Dr. Carlos Alberto COSENTINO ESQUERRE al cargo de Asesor del Comité de Asesoramiento del Despacho Viceministerial del Ministerio del Interior, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra del Interior 30934-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0143-2007-IN Lima, 25 de febrero del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1958-2006- IN-0901 del 1 de septiembre de 2006, se designó al Dr. Luis Enrique PODESTÁ GAVILANO en el cargo público de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, del Comité de Asesoramiento del Despacho Viceministerial del Ministerio del Interior; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo antes referido, viéndose por conveniente aceptar dicha renuncia; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos,