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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (27/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de febrero de 2007 340596 VISTA: La propuesta de creación de las O fi cinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz -ODAJUP- en las Cortes Superiores de Justicia, presentada por el señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa N° 150- 2004-CE-PJ, de fecha 12 de agosto del 2004, este Órgano de Gobierno creó la unidad orgánica denominada O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz –ONAJUP–, incluyéndose en su estructura orgánica; Que, el día 1 de marzo del 2005, se presentó en la ciudad de Trujillo el “Plan Nacional de Fortalecimiento de la Justicia de Paz”, que comprende los objetivos y las tareas o actividades que debe desarrollar esta dependencia en el próximo quinquenio en bene fi cio de la Justicia de Paz; siendo el primer objetivo diseñar, crear e instalar la ONAJUP como una estructura operativa, gerenciada por recursos humanos con capacidad de posicionar la fi losofía de paz, desarrollando el programa nacional de manera objetiva en todo el país; Que, las actividades más importantes del “Plan Nacional de Fortalecimiento de la Justicia de Paz” son de mediano y largo plazo, pues involucran a más de 5,000 Jueces de Paz de todo el territorio nacional, y fundamentalmente de las zonas más alejadas; Que, por otro lado, con la expedición de la Ley N° 28545, Ley de Elección de Jueces de Paz, se hace necesaria la intervención del Poder Judicial en cada circunscripción territorial en la que se ubica un Juzgado de Paz, a efectos de garantizar la transparencia de las elecciones y mantener el estándar de legitimidad que se ha logrado obtener a través de los años; Que, el desarrollo de estas actividades, teniendo en consideración las diferentes manifestaciones de la Justicia de Paz en las diversas regiones de un país pluricultural, plurilingüístico y pluriétnico como el Perú, requiere de la participación de operadores identi fi cados con la idiosincrasia, las costumbres y la cultura del lugar, quienes serían los encargados de organizar y promover las acciones de fortalecimiento en cada sede distrital; Que, las necesidades y requerimientos de los Jueces de Paz superan en demasía la capacidad de respuesta de la ONAJUP, siendo imprescindible que se delegue en los Distritos Judiciales algunas de sus funciones, para lo que se requiere la creación de unidades orgánicas denominadas O fi cinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz -ODAJUP-; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en el inciso 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en las Cortes Superiores de Justicia de la República la unidad orgánica denominada “Ofi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz” -ODAJUP-, como órgano de apoyo, cuyas funciones y atribuciones serán determinadas a propuesta de la ONAJUP en el plazo de treinta días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución. En tanto se asignen los recursos económicos necesarios, las mencionadas o fi cinas funcionarán con el mismo personal que tienen asignados en cada Distrito Judicial las Comisiones de Justicia de Paz. Artículo Segundo: Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia implementen los mencionados órganos de apoyo en cada sede judicial y designen a los responsables si no los hubiera, dentro de los treinta días calendario de publicada la presente resolución. Artículo Tercero: Encargar a la O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, realizar todas las coordinaciones que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, Artículo Cuarto: Solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas la asignación de los recursos económicos necesarios para el funcionamiento de las O fi cinas Distritales de Apoyo a la Justicia de Paz, para ello la Gerencia General del Poder Judicial elaborará el informe respectivo.Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Economía y Finanzas, O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBA WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 30904-1 Aprueban “Directiva para la Formulación del Presupuesto del Poder Judicial - Ejercicio Fiscal 2008” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 037-2007-CE-PJ Lima, 23 de febrero del 2007 VISTO:El O fi cio Nº 297-2007-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, elevando el Proyecto de “Directiva Para la Formulación del Presupuesto del Poder Judicial - Ejercicio Fiscal 2008”; y, CONSIDERANDO: Que, resulta necesario establecer las pautas de carácter técnico y operativo que permitan formular el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2008, de manera descentralizada, participativa y por resultados; En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, sin la intervención de los señores Consejeros Antonio Pajares Paredes y Javier Román Santisteban por encontrarse de vacaciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 001-2007- CE-PJ “Directiva para la Formulación del Presupuesto del Poder Judicial - Ejercicio Fiscal 2008, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente Resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General, Procuraduría Pública y O fi cina de Inspectoría General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA JOSÉ DONAIRES CUBA WÁLTER COTRINA MIÑANO LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ Nota: La Directiva N° 001-2007-CE-PJ, será publicada en la página web del Poder Judicial, Portal de Internet www.pj.gob.pe. 30904-2