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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de febrero de 2007 340597 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen reincorporación de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, debiendo integrar la Segunda Sala Transitoria Contencioso Administrativa CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA OFICINA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE ASUNTOS JURÍDICOS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 83-2007-P-CSJLI/PJ Lima, 26 de febrero del 2007 VISTO: El documento presentado con fecha 18 de enero último, por el doctor Roque Alberto Díaz Mejía, solicitando, su reincorporación al Poder Judicial como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 019-207-CNM de fecha 11 de enero último, se resolvió dejar sin efecto los acuerdos adoptados por el Pleno de dicho organismo y por tanto las Resoluciones Nºs. 050-2001-CNM, 159-2001-CNM, 218-2001-CNM, 398-2002-CNM, 415-2002-CNM, 500-2002- CNM, 292-2003-CNM, 323-2003-CNM, 058-2004-CNM, 093-2004-CNM y 098-2004-CNM en los extremos que no rati fi caron y cancelaron los títulos de nombramiento de diversos magistrados del Poder Judicial, disponiendo en el artículo segundo rehabilitar los indicados títulos, de conformidad con la cláusula segunda del Acuerdo de Solución Amistosa fi rmado entre el Estado Peruano y los Magistrados no rati fi cados. Que asimismo, la citada cláusula establece que el Poder Judicial o el Ministerio Público, en los casos de Jueces y Fiscales, respectivamente, dispondrán la reincorporación del magistrado a su plaza original; de no estar disponible esta plaza original, a solicitud del magistrado, será reincorporado en una plaza vacante de igual nivel en el mismo o en otro Distrito Judicial. Que el doctor Roque Alberto Díaz Mejía, Vocal Titular de esta Corte, solicita su reincorporación en una plaza vacante, poniendo en conocimiento que el último cargo desempeñado fue el de Presidente de la única Sala Contencioso Administrativa. Que para tal efecto, se debe tener en cuenta que, mediante Resolución Nº 25 de fecha 7 de febrero pasado, expedida por la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, se ordenó la abstención de laborar en el Poder Judicial a la doctora Ida Rodríguez Rodríguez, que a dicha fecha se encontraba desempeñando el cargo de Vocal Provisional de la Segunda Sala Transitoria Contencioso Administrativa. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, rati fi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la REINCORPORA- CIÓN del doctor ROQUE ALBERTO DÍAZ MEJÍA, como Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima, de-biendo integrar a partir del 5 de marzo del presente año, la Segunda Sala Transitoria Contencioso Administrativa. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, O fi cina de Personal de esta Corte Superior y del magistrado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. J. GUILLERMO CABANILLAS ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 30917-1 Reasignan a Vocal Provisional de la Cuarta Sala Civil de Lima y designan Jueces Titular y Suplente del Cuarto Juzgado Laboral de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA OFICINA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE ASUNTOS JURÍDICOS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 84-2007-P-CSJLI/PJ Lima, 26 de febrero del 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 25 de fecha 7 de febrero pasado, expedida por la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, se ordenó la abstención de laborar en el Poder Judicial al doctor Néstor Eduardo Pomareda Chávez Bedoya, que a dicha fecha se encontraba desempeñando el cargo de Vocal Provisional de la Cuarta Sala Civil de esta Corte Superior. Que estando a lo expuesto en el considerando precedente, es pertinente que este Despacho designe al Magistrado que se hará cargo de la Sala Civil antes aludida. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, rati fi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- REASIGNAR a la doctora CARMEN LEONOR BARRERA UTANO, Vocal Provisional de la Tercera Sala Contencioso Administrativa, como Vocal Provisional de la Cuarta Sala Civil de Lima, estando a la medida de abstención impuesta al doctor Pomareda Chávez Bedoya. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora ROSA LILIANA DÁVILA BRONCANO, Juez Titular del Cuarto Juzgado Laboral de Lima, como Vocal Provisional de la Tercera Sala Contencioso Administrativa, estando a la reasignación de la doctora Barrera Utano. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora CAROLINA ISABEL FLORINDEZ TRUJILLO, como Juez Suplente del Cuarto Juzgado Laboral de Lima, en reemplazo de la doctora Dávila Broncano. Artículo Cuarto.- La efectividad de la presente resolución se entenderá a partir del día 5 de marzo del presente año.