Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2007 (02/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 2 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

348269

CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2002 los representantes de las organizaciones politicas y religiosas, de la sociedad civil y del Gobierno, reunidos en el Foro de Gobernabilidad del Acuerdo Nacional, aprobaron 29 politicas de Estado que constituyen un Acuerdo Nacional, dirigidas a alcanzar cuatro MORDAZA objetivos: Democracia y Estado de Derecho, Equidad y Justicia Social, Competitividad del MORDAZA y Estado Eficiente, Transparente y Descentralizado; Que, para alcanzar los objetivos del Acuerdo Nacional se convino que las politicas de Estado aprobadas, se traduzcan en metas e indicadores, siguiendo la forma de matrices disenadas con tal finalidad; Que, la Decimo MORDAZA Politica de Estado "Promocion de la Seguridad Alimentaria y Nutricion" establece que el Estado asegurara el acceso de alimentos y una adecuada nutricion, especialmente a los ninos menores de cinco anos y lactantes, mujeres gestantes y ninos en etapa escolar, pobres, pobres extremos y vulnerables, asi como familias en situacion de pobreza o riesgo, promoviendo una amplia participacion, vigilancia y autogestion de la sociedad civil organizada y de las familias a beneficiar; Que, en concordancia con ello, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se establecen las politicas nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demas entidades del Gobierno Nacional, las cuales se orientan, entre otros aspectos, al desarrollo de programas destinados a reducir la mortalidad infantil, prevenir las enfermedades cronicas y mejorar la nutricion de los menores de edad y al apoyo de las estrategias nacionales, regionales y locales de lucha contra la pobreza y seguridad alimentaria asi como los Planes Nacionales Sectoriales para ser articulados con los planes de desarrollo comunitario, local y regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2007-PCM, que aprueba el "Plan de Reforma de los Programas Sociales", se precisa que a traves de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS se definen las estrategias integrales de politica social, las cuales deberan desagregarse en estrategias individuales consensuadas, donde se determinen con claridad cuales seran las labores de cada sector para lograr el objetivo nacional especifico y cuales seran las lineas de accion pertinentes a evaluarse; Que, resulta necesario fijar las prioridades de las Instituciones del Gobierno Nacional, Regional y Local para la orientacion de sus recursos destinados a la ejecucion de programas, proyectos y obras de inversion social; Que, consiguientemente, es necesario alinear los planes y presupuestos sectoriales, regionales y locales con la finalidad de dar cumplimiento a los compromisos de equidad del Acuerdo Nacional, a los Lineamientos de la Carta de Politica Social y los Objetivos de Desarrollo del Milenio; Que, se requiere una rapida racionalizacion de programas y proyectos, instituir metodos de una gerencia social basada en resultados que MORDAZA eficaces y costo efectivas, siendo necesario para ello contar con un sistema de seguimiento y monitoreo de procesos y evaluacion de resultados e impacto de la inversion social; Que, para lograr estos fines, es necesario crear una Estrategia Nacional que articule a los diversos Sectores, Programas y Proyectos del Gobierno Nacional, Regional y Local que se encuentran vinculados directa o indirectamente a la lucha contra la pobreza y la desnutricion; Que, en atencion a lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, corresponde a la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS, coordinar, analizar y proponer las medidas de politica social y evaluar su aplicacion, en concordancia con el Programa General de Gobierno; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y contando con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de la Estrategia Nacional CRECER Apruebese la Estrategia Nacional denominada "CRECER", que establece la intervencion articulada de las entidades que conforman el Gobierno Nacional, Regional y Local que se encuentren directa o indirectamente vinculados con la lucha contra la desnutricion cronica infantil, especialmente en los ninos menores de cinco anos, bajo la direccion de la

Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS. Articulo 2º.- Operatividad de la Estrategia Nacional La Secretaria Tecnica de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS, estara a cargo de la coordinacion y seguimiento de la Estrategia Nacional CRECER. La mayor cobertura de servicios que se genere por la aplicacion de la Estrategia Nacional Crecer, que no estuviera incorporada en los Prepuestos de los sectores participantes sera coordinada con el Ministerio de Economia y Finanzas para su atencion. Articulo 3º.- Normas Complementarias Mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo de Ministros y a propuesta de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS, se dictaran las normas complementarias a que hubiera lugar. Articulo 4º.- Presupuesto por Resultados Las actividades realizadas en el MORDAZA de la presente Estrategia que hayan sido priorizadas de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 11º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2007, se sujetan a las metas fisicas, regionales y locales que prevea la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas para la aplicacion de la gestion presupuestaria basada en resultados. Articulo 5º .- Refrendo El presente Decreto Supremo, sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Salud, el Ministro de Educacion, el Ministro de Agricultura, la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, el Ministro de Energia y Minas y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, el primer dia del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

78722-2

Declaran Estado de Emergencia en las provincias de Maranon, Huacaybamba, MORDAZA MORDAZA y Huamalies del departamento de Huanuco; asi como en las provincias de Tocache y Padre MORDAZA, departamentos de San MORDAZA y Ucayali
DECRETO SUPREMO Nº 056-2007-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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