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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de julio de 2007 348272 Que, el MINCETUR es el organismo competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y turismo y en tal sentido, el Viceministerio de Turismo representa al Estado en eventos nacionales e internacionales de su competencia; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, han quedado prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de negociaciones económicas y las acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927 antes citada, la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Eduardo Arrarte Fiedler, Viceministro de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, del 5 al 8 de julio de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 2 275,64 Viáticos (US$ 260,00 x 3 días) : US$ 780,00 Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el funcionario autorizado mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 78722-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 095-2007-MINCETUR Lima, 1 de julio de 2007 Visto el O fi cio Nº 486-2007-PROMPERU-TUR-DE de la Directora Ejecutiva (e) de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público descentralizado del sector Comercio Exterior y Turismo, que tiene entre sus funciones proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas y estrategias de promoción del turismo interno y receptivo, así como promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística; Que, el día 7 de julio del presente año, en el estadio de La Luz, de la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, se llevará a cabo la ceremonia de proclamación de “Las 7 Nuevas Maravillas del Mundo”, concurso en el cual participa el Perú postulando al Santuario Histórico de Machu Picchu; durante la ceremonia fi nal del evento se realizará un des fi le con la presencia de cada uno de los países participantes; Que, el evento señalado, constituye una actividad propicia y excepcional que hará posible exhibir en los medios de comunicación internacional, frente a millones de personas a nivel mundial, las diversas manifestaciones artísticas peruanas, promocionando la imagen histórico-cultural del país y coadyuvando sensiblemente al incremento cualitativo y cuantitativo del turismo hacia el Perú; Que, por las razones expuestas, la Directora Ejecutiva (e) de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de la señora Emperatriz Aliaga Manasevitz, quien presta servicios en PROMPERÚ, a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, afi n de que desarrolle diversas actividades vinculadas a la promoción turística en el evento antes mencionado; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, han quedado prohibidos los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con excepción de los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley Nº 28927, Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 003-2007-MINCETUR y disposiciones complementarias; Con la visación de la Directora Ejecutiva (e) de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, de doña Emperatriz Aliaga Manasevitz, quien presta servicios en la Gerencia de Marketing e Imagen de PROMPERÚ, del 4 al 9 de julio de 2007, para que en representación de la entidad lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo durante la ceremonia de proclamación de “Las 7 Nuevas Maravillas del Mundo”, a llevarse a cabo en dicha ciudad. Artículo 2º.- Los gastos que genere el cumplimiento de la presente Resolución se realizarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Viáticos (US$ 260,00 x 5 días) : US$ 1 300,00 - Pasajes Aéreos : US$ 2 300,00- Tarifa Corpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 78722-9 ENERGIA Y MINAS Modifican el formato del Convenio para el aporte económico voluntario, extraordinario y temporal denominado “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 071-2006-EM DECRETO SUPREMO Nº 033-2007-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA