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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2007 (02/07/2007)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de julio de 2007 348275 efectos un convenio con el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, universidades u otras instituciones públicas o privadas especializadas en la materia, cuyos costos serán asumidos con cargo al FONDO(S). 7.3) Los contratos referidos en las subcláusulas 7.1) y 7.2) serán suscritos individualmente por los FONDO(S) quienes abonarán tarifas competitivas y razonables. 7.4) En caso la determinación de la línea de base o la medición estadística que compruebe los resultados de la puesta en marcha del “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo” sean realizados por universidades u otras instituciones públicas o privadas según la subcláusula 7.2), éstas deberán remitir la información a los administradores delFONDO(S) y al Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI para los fi nes que estime pertinente. 7.5) En ningún caso la institución encargada de la determinación de la línea de base podrá ser al mismo tiempo la que realice la medición estadística que compruebe los resultados de la puesta en marcha del “Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo” .” 78722-5 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a Uruguay para participar en reunión relativa a la Iniciativa IIRSA y en taller sobre proyectos de integración y modalidades de financiamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0680/RE Lima, 19 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Mandato establecido por el Comité de Dirección Ejecutiva (CDE) de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA), en el marco de la última reunión del referido Comité se estableció un Cronograma de Reuniones a desarrollarse a lo largo del año 2007; Que, de acuerdo con el referido Cronograma de Actividades, los días 10 y 11 de julio de 2007, se llevará a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, la X Reunión de Coordinadores Nacionales de los países que conforman la Iniciativa IIRSA y que, asimismo, el día 12 de julio de 2007, se desarrollará el Taller sobre Proyectos de Integración y Modalidades de Financiamiento en la misma ciudad de Montevideo; Que, la participación del Coordinador Nacional IIRSA-PERU y Director Nacional para Asuntos de IIRSA, Embajador en el Servicio Diplomático de la República, José Augusto Tenorio Benavides, en las citadas reuniones, que se llevarán a cabo en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, resulta necesaria; Teniendo en cuenta el Memorándum (IIR) Nº 0105/2007, de 6 de junio de 2007, de la Dirección Nacional para Asuntos de IIRSA; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el Decreto de Urgencia Nº 025-2005, y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Augusto Tenorio Benavides, Coordinador Nacional IIRSA-PERU y Director Nacional para Asuntos de IIRSA, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 10 al 12 de julio de 2007, para que participe en la X Reunión de Coordinadores Nacionales de los países que conforman la Iniciativa IIRSA y en el Taller sobre Proyectos de Integración y Modalidades de Financiamiento. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 – Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ José Augusto Tenorio Benavides824.88 200.00 3+1 800.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, los mencionados funcionarios deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 78192-1 SALUD Aprueban Directiva Administrativa que regula el procedimiento para la utilización del Sistema de Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública Vía Internet del Ministerio y el documento técnico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 538-2007/MINSA Lima, 26 de junio del 2007 Visto, el Expediente Nº 07-031919-001, que contiene la propuesta de la Defensoría de la Salud y Transparencia, que solicita la aprobación de la DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA DE ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA VÍA INTERNET DEL MINISTERIO DE SALUD y el DOCUMENTO TÉCNICO: SISTEMA DE ATENCIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA VÍA INTERNET DEL MINISTERIO DE SALUD - MANUAL DE USUARIO; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, en este contexto, el Ministerio de Salud mediante Resolución Ministerial N° 825-2005/MINSA, aprobó la Directiva Nº 070-MINSA/OGC-V.01, Directiva que establece el Procedimiento de Atención de Solicitudes sobre Acceso a la Información Pública y establece quienes son los responsables de entregar la información de acceso público en el Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados, de acuerdo a la información que éstos posean o se encuentre bajo su control, dentro de las dependencias directamente a su cargo. Asimismo, aprobó mediante Resolución Ministerial N° 687-2006-SA/DM, la Directiva Nº 094-MINSA/OGC-V.01, Directiva Administrativa para la publicación y actualización de información en el Portal del Ministerio de Salud; Que, con la fi nalidad de propiciar la celeridad en la atención de las solicitudes de acceso a la información