Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2007 (04/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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y otros articulos reglamentados, deberian ser aprobados mediante Resolucion de Organo de Linea correspondiente; Que, como resultado de la evaluacion del Analisis de Riesgo de Plagas de la semilla de colza/canola (Brassica napus var. napus), mediante la Resolucion Directoral Nº 036-2006-AG-SENASA-DSV se establecio los requisitos fitosanitarios para la importacion de estas semillas; Que, mediante el documento de la empresa J.B. Semillas S.A.C. con fecha 8 de MORDAZA de 2007 se ha tomado conocimiento que importadores solicitan se amplie el periodo de vigencia de la R.D. Nº 42-2006-AG-SENASADSV debido que continua la imposibilidad de cumplir con el requisito fitosanitario referidos a que "Las semillas provienen de un semillero que fue oficialmente inspeccionado por la Organizacion Nacional de Proteccion Fitosanitaria del MORDAZA origen y/o procedencia, durante el periodo de crecimiento activo y encontrado libre de: Pseudomonas marginalis pv. marginalis, Pseudomonas cichorii, Leptosphaeria maculans, Gibberella avenacea y Broad bean wilt virus"; Que, las reservas de semillas colza/canola en el MORDAZA internacional corresponden, en la mayoria de los casos, a cosechas pasadas y existe interes por parte del Estado a traves de su Programa MORDAZA Exportadora, de cumplir con la promocion, fomento y desarrollo de las actividades economicas rurales en la MORDAZA, con enfasis en la agricultura; Que, bajo estos considerandos, resulta necesario reemplazar temporalmente el requisito fitosanitario establecido en el punto 2.1. de la Resolucion Directoral Nº 036-2006-AG-SENASA-DSV, conforme se senala en la parte Resolutiva; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 0482001-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Unico.- Reemplazar hasta el 9 de MORDAZA de 2008 y solo para fines de investigacion el requisito

fitosanitario contenido en el punto 2.1. de la Resolucion Directoral Nº 036-2006-AG-SENASA-DSV, por el siguiente: "las semillas fueron analizados oficialmente por la Organizacion Nacional de Proteccion Fitosanitaria de MORDAZA y estan libres de Pseudomonas marginalis pv. marginalis, Pseudomonas cichorii, Leptosphaeria maculans, Gibberella avenacea y Broad bean wilt virus". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 79694-1

Designan Director General de la Direccion de Extension Agraria del INIA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00184-2007-INIA MORDAZA, 27 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Jefatural N° 00176-2007INIA, del 22 de junio de 2007, se encargo interinamente, Ing. MORDAZA MORDAZA Nanez Aizcorbe, las funciones de Director General de Extension Agraria del Instituto Nacional de Investigacion Agraria ­ INIA; Que, el cargo de Director General de Extension Agraria de este Instituto Nacional, se encuentra considerado como "cargo de confianza" a que se refieren los articulos 43° y 44° del Decreto Supremo N° 003-97-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal

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