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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de julio de 2007 348741 PARTIDA ARANCELARIADESCRIPCIÓN CATEGORÍAS DE RIESGO 012345 13 02 39 10 00 Mucílagos de semilla de tara (Caesalpinea spinosa) X 13 02 39 90 00 Los demás Mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso X modi fi cados 14 01 10 00 00 P2 Bambú, utilizado principalmente en cestería o espartería, sin algún X proceso de la CRF 1 14 01 10 00 00 P1 Bambú, utilizado principalmente en cestería o espartería, limpiada o X blanqueada o teñida o con algún proceso de la CRF 1 14 01 20 00 00 P2 Roten (Ratan), utilizado principalmente en cesteria o espartería, sin algún X proceso de la CRF 1 14 01 20 00 00 P1 Roten (Ratan), utilizado principalmente en cesteria o espartería, limpiada o X blanqueada o teñida o con algún proceso de la CRF 1 14 01 90 00 00 P2 Las demas materias vegetales (por ejemplo: caña, junco, mimbre, ra fi a, X paja de cereales, corteza de tilo) de las especies utilizadas principalmente en cestería o espartería, sin algún proceso de la CRF 1 14 01 90 00 00 P1 Las demas materias vegetales (por ejemplo: caña, junco, mimbre, ra fi a, X paja de cereales, corteza de tilo) de las especies utilizadas principalmente en cestería o espartería, limpiada o blanqueada o teñida o con algún proceso de la CRF 1 14 04 20 00 00 Linteres de Algodón X 14 04 90 10 00 Achiote (onoto, bija), polvo X 14 04 90 20 00 Tara (Caesalpinea spinosa), en polvo X 14 04 90 90 10 P2 Materias vegetales de las especies utilizadas principalmente para relleno, X incluso en capas aun con soporte de otras materias, excepto “Kapok”, sin algún proceso de la CRF 1 14 04 90 90 10 P1 Materias vegetales de las especies utilizadas principalmente para relleno, X incluso en capas aun con soporte de otras materias, excepto “Kapok”, con con algún proceso de la CRF 1 14 04 90 90 90 P2 Los demás productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra X parte, secos sin algún proceso de la CRF 1 14 04 90 90 90 P1 Los demás productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra X parte, pulverizados, molidos o triturados. Con algún proceso de la CRF 1 15 07 10 00 00 Aceite de soja (soya) y sus fracciones en bruto, incluso desgomado X 15 07 90 10 00 Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluidos re fi nados, pero sin X modi fi car químicamente. 15 08 10 00 00 Aceite de maní (cacahuete, cacahuate) y sus fracciones en bruto X 15 08 90 00 00 Aceite de maní (cacahuete, cacahuate) y sus fracciones, re fi nados, pero X sin modi fi car químicamente. 15 09 10 00 00 Aceite de oliva y sus fracciones Virgen X 15 09 90 00 00 Aceite de oliva y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi car X quimicamente 15 10 00 00 00 Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de X aceituna, incluidos re fi nados, pero sin modi fi car químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 1509 15 11 10 00 00 Aceite de palma y sus fracciones, en bruto X 15 11 90 00 00 Aceite de palma y sus fracciones, re fi nado, pero sin modi fi car quimicamente X 15 12 11 10 00 Aceites de girasol y sus fracciones, en bruto X 15 12 11 20 00 Aceite de cártamo y sus fracciones, en bruto X 15 12 19 10 00 Aceites de girasol y sus fracciones, incluidos re fi nados, pero sin modi fi car X químicamente 15 12 19 20 00 Aceites de cartamo y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi car X químicamente 15 12 21 00 00 Aceite de algodón y sus fracciones en bruto, incluso sin gosipol X 15 12 29 00 00 Aceite de algodón y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi car X químicamente 15 13 11 00 00 Aceite de coco (de copra) y sus fracciones en bruto X 15 13 19 00 00 Aceite de coco (de copra) y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi car X químicamente. 15 13 21 10 00 Aceite de almendra de palma y sus fracciones, en bruto X 15 13 21 20 00 Aceite de babasú y sus fracciones en bruto X 15 13 29 10 00 Aceite de almendra de palma y sus fracciones, re fi nados, pero sin X modi fi car químicamente. 15 13 29 20 00 Aceite de babasú y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi car X químicamente. 15 14 11 00 00 Aceites de nabo (de nabina) o de colza con bajo contenido de ácido X erúcico en bruto 15 14 19 00 00 Aceites de nabo (de nabina), colza, y sus fracciones, re fi nados, pero sin X modi fi car químicamente. 15 14 91 00 00 Aceites de mostaza en bruto X 15 14 99 00 00 Aceites de mostaza y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi car X químicamente. 15 15 11 00 00 Aceite de lino (de linjaza) en bruto X 15 15 19 00 00 Aceite de lino (de linjaza) y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi c a r X químicamente. 15 15 21 00 00 Aceite de maíz en bruto X 15 15 29 00 00 Aceite de maíz y sus fracciones, re fi nados, pero sin modi fi c a r X químicamente. 15 15 30 00 00 Aceite de ricino y sus fracciones X 15 15 50 00 00 Aceite de sésamo (ajonjoli) y sus fracciones X 15 15 90 00 10 Aceite de tung y sus fracciones X 15 15 90 00 90 Los demás aceites y sus fracciones X 17 01 11 10 00 Azúcar de caña (chancaca, panela, raspadura) en bruto sin adicion de X aromatizante ni colorante 17 01 11 90 00 Los demás azúcares de caña en bruto sin adición de aromatizante ni X colorante 17 01 12 00 00 Azúcar de remolacha en bruto sin adición de aromatizante ni colorante X 17 01 91 00 00 Los demas azúcares con adicion de aromatizante o colorante X 17 01 99 10 00 Sacarosa quimicamente pura X 17 01 99 90 00 Los demás azúcares X