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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2007 (09/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de julio de 2007 348754 Telecomunicaciones, señala que habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación de los servicios públicos telefónico fi jo en la modalidad de abonados, portador local en las modalidades conmutado y no conmutado, y portador de larga distancia nacional en las modalidades conmutado y no conmutado, es procedente la solicitud formulada por GRUPO ANET DATA S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a GRUPO ANET DATA S.A.C., concesión para la prestación del servicio público telefónico fi jo local en la modalidad de abonados por el plazo de veinte (20) años, en el territorio de la República del Perú con excepción de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Otorgar a GRUPO ANET DATA S.A.C., concesión para la prestación del servicio portador local en las modalidades conmutado y no conmutado por el plazo de veinte (20) años, en el territorio de la República del Perú con excepción de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 3º.- Otorgar a GRUPO ANET DATA S.A.C., concesión para la prestación del servicio portador de larga distancia nacional en las modalidades conmutado y no conmutado por el plazo de veinte (20) años, en el territorio de la República del Perú con excepción de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 4º.- Aprobar los contratos de concesión a celebrarse con GRUPO ANET DATA S.A.C. para la prestación de los servicios a que se re fi eren los artículos 1º y 2º, los que constan de veintiséis (26) cláusulas y tres (3) anexos y forman parte de la presente resolución. Artículo 5º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con GRUPO ANET DATA S.A.C. para la prestación del servicio a que se re fi ere el artículo 3º, el que consta de veintisiete (27) cláusulas y tres (3) anexos y forma parte de la presente resolución. Artículo 6º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba los contratos de concesión que se aprueban en los artículos anteriores, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública de los referidos contratos y de las Adendas que se suscriban a los mismos. Artículo 7º.- Las concesiones otorgadas quedarán sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si los contratos de concesión no son suscritos por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 81527-2 Otorgan concesión a Itaca Perú S.A. para la prestación de servicio portador de larga distancia internacional en la modalidad no conmutado RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 331-2007-MTC/03 Lima, 4 de julio de 2007Vista, la solicitud formulada con Expediente N° 2006- 027731, por la empresa ITACA PERÚ S.A. para que se le otorgue concesión para la prestación del servicio portador de larga distancia internacional en la modalidad no conmutado, en todo el territorio de la República del Perú excepto la provincia de Lima, del departamento de Lima, y la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126° Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que los servicios portadores se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripción de un contrato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el artículo 38° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que los servicios portadores de larga distancia internacional son aquellos que tienen la facultad de proporcionar la capacidad necesaria para el transporte de señales de telecomunicaciones originadas y terminadas en el país, hacia o desde el ámbito internacional; Que, mediante Informe Nº 317-2007-MTC/17.01. ssp, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones señala que, habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión solicitada para la prestación del servicio portador de larga distancia internacional en la modalidad no conmutado, es procedente la solicitud formulada por la empresa ITACA PERÚ S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el Texto Único Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 11°.-Otorgar a la empresa IT ACA PERÚ S.A., concesión para la prestación del servicio portador de larga distancia internacional en la modalidad no conmutado, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, excepto la provincia de Lima, del departamento de Lima, y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 12°.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa ITACA PERÚ S.A., para la prestación del servicio público a que se re fi ere el artículo precedente, el que consta de veintisiete (27) cláusulas y tres (3) anexos, que forma parte de la presente resolución. Artículo 13°.-Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, afi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las adendas que se suscriban al mismo. Artículo 14°.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 81527-3