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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de julio de 2007 348751 aprobado por Resolución Jefatural Nº 147-2005-INRENA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la caducidad del derecho de aprovechamiento forestal otorgado a la empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., mediante el Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-077-02, por haber incurrido en la causal de caducidad prevista en el literal a) del artículo 18º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, concordante con lo establecido en el literal b) del artículo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y sus modi fi catorias. Artículo 2º.- Dejar sin efecto todos los Planes de Manejo Forestal presentados y aprobados hasta la fecha por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, o por la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, de ser el caso. Artículo 3º.- Caducar de pleno derecho las medidas cautelares contenidas en la Resolución Gerencial Nº 048-2005- INRENA-OSINFOR, de fecha 25 de noviembre de 2005. Artículo 4º.- Cancelar de manera de fi nitiva la utilización de las Guías de Transporte Forestal de productos al estado natural registradas ante el INRENA, para la movilización de los saldos de los volúmenes autorizados mediante los Planes de Manejo Forestal presentados por la empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., y aprobados, hasta la fecha, por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, o por la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, de ser el caso. Artículo 5º.- Inhabilitar de manera de fi nitiva el uso de Guías de Transporte Forestal de productos forestales transformados, por los saldos de volúmenes autorizados mediante los Planes de Manejo Forestal, presentados por la empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., y aprobados, hasta la fecha, por la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, o por la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, de ser el caso. Artículo 6º.- Noti fi car la presente Resolución Gerencial a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, así como remitirle copia autenticada del Expediente Administrativo Nº 035-2005-OSINFOR, con la fi nalidad de que ésta efectúe el Plan de Cierre de la concesión, y proceda, de ser el caso, a ejecutar las garantías entregadas por el concesionario, conforme lo establece la Resolución Jefatural N° 147-2005-INRENA; así como, para que evalúe y determine las responsabilidades administrativas por la falsedad de la información declarada por la empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., en el Plan Operativo Anual de la segunda zafra, aprobado mediante Resolución de Intendencia Nº 065-2005-INRENA-IFFS, de fecha 28 de marzo de 2005. Artículo 7º.- Remitir copia autenticada del Expediente Administrativo Nº 035-2005-OSINFOR, a la O fi cina de Asesoría Jurídica del INRENA, para que conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, coordine con la Procuraduría Pública encargada de los asuntos litigiosos del Ministerio Agricultura, las acciones legales que correspondan, al haberse advertido en el procedimiento administrativo único seguido, la ejecución de actividades que podrían cali fi car como delitos. Artículo 8º.- Notifi car la presente Resolución Gerencial a la empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO LUCAS ALVAREZ ROMERO Gerente (e) de la O fi cina de Supervisión de las Concesiones Forestales MaderablesOSINFOR 81625-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. que forma parte de delegación que acompañará al Secretario de Defensa en visita oficial al Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 498-2007-DE/SG Lima, 6 de julio de 2007CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº 710 de fecha 19 de junio de 2007, Nº 724 de fecha 22 de junio de 2007 y Nº F-749 de fecha 27 de junio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el Secretario de Defensa de los Estados Unidos de América realizará una visita o fi cial al Perú; Que, la delegación que acompañará al Secretario de Defensa de los Estados Unidos de América se encuentra conformada, entre otros, por personal militar de ese país; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, que forman parte de la delegación que acompañará al Secretario de Defensa de los Estados Unidos de América, en la visita o fi cial que realizará al Perú, del 10 al 11 de julio de 2007. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modi fi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 81566-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Modificación de tasas de derechos ad valorem CIF para un conjunto de subpartidas nacionales DECRETO SUPREMO Nº 091-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 017-2007-EF se aprobó el Arancel de Aduanas 2007 y se fi jaron las tasas de derechos arancelarios ad valorem CIF en 0%, 12% y 20%; Que, por Decreto Supremo Nº 027-2007-EF, el Arancel de Aduanas 2007 entró en vigencia a partir del 1 de abril de 2007; Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 035-97- EF y modi fi catorias, establecio con carácter temporal un derecho arancelario adicional ad valorem CIF de 5% para