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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 9 de julio de 2007 348749 Precocido Producto vegetal parcialmente hervido, el cual permite la reducción en el tiempo de preparación al momento de su consumo. Picado Proceso de selección por peso especí fi co y eliminación de impurezas para obtener un producto homogéneo para luego ser cortada transversalmente en uno o más cortes. Permiso Fitosanitario de Importación* Documento o fi cial que autoriza la importación de un producto básico de conformidad con requisitos fi tosanitarios especí fi cos. P.F.I. Permiso Fitosanitario de Importación. Prensar Comprimir en la prensa una cosa. Presurizado Proceso de aplicación de presión a un cuerpo. Pulido Alisar o dar tersura o lustre a una cosa u objeto. Pulpaje Acción de deshuesar y triturar la fruta fresca. Requisito Fitosanitario Condición necesaria para el ingreso de un producto vegetal o artículo reglamentado. Salar Echar en sal o curar en sal sustancias para su conservación. Secado Acción y efecto de secar. Puede ser al horno o al natural. Secar Extraer la humedad de un cuerpo. Semi-procesado Proceso de industrialización física o mecánica, que no permite la transformación completa de la materia prima (secado natural, limpieza, separación, descascaramiento, trituración u otros.) Sublimar Volatilizar un cuerpo sólido y condensar sus vapores. Sulfi tado Acción y efecto de sul fi tar. Sulfi to Cuerpo resultante de la combinación del ácido sulfúrico con un radical mineral orgánico. Se usa en la fabricación de pasta de papel. Tostado Dorar un producto por calor directo. Calentar algo al fuego hasta que tome color. Tratamiento* Procedimiento autorizado o fi cialmente para matar, eliminar o esterilizar plagas. Triturar Moler, desmenuzar una materia sólida sin reducirla enteramente a polvo. Uso propuesto Destino fi nal del vegetal o sus partes que puede ser la propagación, el consumo, la transformación o la industrialización. Referencia:- (*) Glosario de Términos Fitosanitarios – CIPF - Información Técnica Remitida por Importadores 81605-1Declaran caducidad de derecho de aprovechamiento forestal otorgado a la empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., por haber incurrido en causal de caducidad RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 024 -2007-INRENA-OSINFOR Lima, 15 de junio de 2007 VISTO: El Expediente Administrativo Nº 035-2005-OSINFOR, sobre el procedimiento administrativo único iniciado contra el titular del Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-077-02, empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., por la presunta comisión de conductas que constituyen causales de caducidad previstas en los literales a), c) y d) del artículo 18º de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del artículo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001- AG, y sus modi fi catorias, en el cual obra el Informe Técnico Legal Nº 021-2007-INRENA-OSINFOR-URAN-USEC, de fecha 14 de junio de 2007, de fojas 133 a 144, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 048-2005- INRENA-OSINFOR, de fecha 25 de noviembre de 2005, que corre de fojas 101 a 103, la OSINFOR resuelve, entre otros, iniciar el procedimiento administrativo único a la empresa concesionaria Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., por la presunta infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre, tipi fi cada en los literales a), c) y d) del artículo 18º de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley Nº 27308, concordante con lo establecido en los literales b), e) y f) del artículo 91º-A de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, y sus modi fi catorias, cuya comisión conlleva a la declaración de caducidad del derecho de aprovechamiento otorgado mediante el Contrato de Concesión Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-077-02; Que, con fecha 6 de diciembre de 2005, la empresa concesionaria presenta ante la Mesa de Partes de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre de Pucallpa, el escrito s/nº, que corre a fojas 107 y 108, conteniendo la absolución contra los cargos que se le imputan; Que, el representante legal de la empresa concesionaria, señor Gabriel Ochoa Ríos, señala en sus descargos lo siguiente: i) Para efectuar los trabajos de campo en la parcela de corta anual señalada en su Plan Operativo Anual de la segunda zafra, contrató los servicios de un matero, a quien se le daría adicionalmente una boni fi cación de S/. 100.00 nuevos soles por cada árbol de caoba que se encontrase, tomando conocimiento de esta forma, de la existencia de árboles de caoba en la parcela de corta; ii) Al ingresar con maquinaria a la zona indicada donde se debía encontrar la caoba, la empresa concesionaria se dio con la sorpresa que no existía dicha especie, en ese momento el Plan Operativo Anual, ya había sido presentado y estaba en proceso de revisión para su aprobación; iii)En estas circunstancias, adoptó la decisión de despedir al matero y efectuar las coordinaciones para que no se despache ningún volumen de la especie caoba, hecho que podía veri fi carse en la Forma 20 del Sistema de Información Forestal-SIF, INRENA-Pucallpa; iv)Por otro lado, reconoce como un error la oferta de pagar por árbol, razón su fi ciente para informar de la existencia de madera caoba, pero en ningún momento trató de bene fi ciarse con la venta de Guías; v) Con respecto a la extracción de la especie cedro, mani fi esta que la madera movilizada procede del área de su concesión, la misma que fue retenida a taladores ilegales, acción asumida por la inoperancia e indiferencia del INRENA-Pucallpa, quien se hace de la vista gorda y adopta procesos largos, tediosos y costosos, siendo el concesionario quien asume los costos; añade que dicha situación fue informada al personal de la Brigada de Inspección; vi) Finalmente, solicita se meritúe el cumplimiento que la empresa Comercializadora y Servicios Ucayali S.R.L., ha observado durante el proceso de concesiones, sin tener alguna sanción forestal, y que las infracciones cometidas no han causado daños a terceros ni al bosque, ni ha existido bene fi cio económico por venta