Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2007 (17/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349187

Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas, de la Ordenanza Nº 337 que aprobo el Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas y que regula el procedimiento de fiscalizacion del cumplimiento de las disposiciones administrativas de competencia municipal y la impugnacion de sanciones; y, la Ordenanza Nº 059, que reglamenta la interferencia de vias publicas que impliquen la alteracion del MORDAZA de vehiculos en la Provincia de Lima. Articulo 2º.- Sujetos Comprendidos Podran acogerse a la presente Ordenanza, los administrados que mantengan deuda por concepto de multas administrativas comprendidas en el articulo precedente. Articulo 3º.- Definiciones A efectos de la presente Ordenanza se tendra en consideracion las siguientes definiciones: - Beneficio: Se refiere al beneficio establecido en la presente Ordenanza. - Deuda: Multas administrativas que se encuentran pendientes de pago y que fueron generadas entre los anos 1995 y 2006, en virtud de la Ordenanza Nº 153 que aprobo el Sistema Metropolitano de Fiscalizacion y Control de las Disposiciones Municipales Administrativas; de la Ordenanza Nº 061 que aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas; de la Ordenanza N.º 337 que aprobo el Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas y que regula el procedimiento de fiscalizacion del cumplimiento de las disposiciones administrativas de competencia municipal y la impugnacion de sanciones; y, la Ordenanza Nº 059 que reglamenta la interferencia de vias publicas que impliquen la alteracion del MORDAZA de vehiculos en la Provincia Lima. - SAT: Servicio de Administracion Tributaria. Articulo 4º.- Acogimiento al Beneficio El acogimiento al presente beneficio podra realizarse mediante: 1) Pago al contado, se realizara de manera automatica con el pago de la deuda. 2) Pago fraccionado, se debera observar lo previsto en el Reglamento de Fraccionamiento del SAT vigente. Articulo 5º.- Deuda materia de acogimiento y formas de pago La deuda materia de acogimiento sera la siguiente:
Periodo de Deuda Deudas generadas desde 1995 hasta el 31 de diciembre de 2006 Pago al contado Descuento del 60% del monto insoluto, de la reincidencia y continuidad; asi como, eliminacion del reajuste y de los gastos administrativos. Pago fraccionado Descuento del 50% del monto insoluto, de la reincidencia y continuidad; asi como, eliminacion del reajuste y de los gastos administrativos.

siendo necesario, que en este ultimo supuesto el administrado solicite al SAT que este sea dejado sin efecto, a fin que se reactive la deuda que comprende. En caso que se hubieran realizado pagos durante la vigencia del fraccionamiento, estos seran imputados, si se trata de multas del mismo periodo, en primer lugar a la multa de menor monto y asi sucesivamente a las deudas mayores; sin embargo, si se trata de multas de diferente periodo, el pago se atribuira en orden a la antiguedad de su imposicion. El saldo restante, luego de efectuada la citada imputacion sera al que se le aplique el beneficio previsto en la presente Ordenanza. Articulo 7º.- Pagos anteriores Los montos pagados con anterioridad a la vigencia del presente beneficio no seran materia de devolucion o compensacion. Articulo 8º.- Plazo para el acogimiento El plazo para acogerse al presente beneficio rige desde el 16 de MORDAZA de 2007 hasta el 17 de agosto de 2007. DISPOSICIONES FINALES Unica.- Facultese al SAT, a dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2007 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia
84643-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2007/MDSM

San MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el dia 28 proximo se conmemora el Centesimo Octogesimo MORDAZA Aniversario de la Independencia del Peru; Que, es un deber de los Gobiernos Locales, incentivar la participacion civica de los vecinos, resaltando los valores y el respeto a los Simbolos Patrios; Que, atendiendo a las razones MORDAZA expuestas es conveniente propiciar una mayor identificacion patriotica mediante el embanderamiento y limpieza del distrito de San Miguel; De conformidad a lo establecido en el inciso 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del distrito de San MORDAZA, a partir del 15 hasta el 31 de MORDAZA del 2007.

Las costas procesales no se encuentran comprendidas dentro del beneficio de la presente Ordenanza. En caso el administrado opte por cualquiera de las formas de pago previstas en el articulo precedente debera cumplir con el pago de las costas procesales generadas hasta la fecha de acogimiento al beneficio, por la multa sujeta a cancelacion. Asimismo, no se encuentra comprendida dentro de la presente Ordenanza, la deuda por concepto de gastos de guardiania. Articulo 6º.- Fraccionamientos anteriores Podran acogerse al presente beneficio aquellas multas administrativas respecto de las cuales MORDAZA operado la perdida de un fraccionamiento al momento de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, asi como, aquellas multas administrativas contenidas en un fraccionamiento,

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