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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2007 (17/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de julio de 2007 349181 y Depuración Registral, el O fi cio Nº 2170-2007/GOR/ RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales y el Informe Nº 823-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, según los Informes Nºs. 5431, 717, 2772, 3503, 4897, 4993, 4788 y 5520 -2006/HYC/SGDAR/GP/RENIEC del Área de Habilitaciones y Cancelaciones y Nº 907-2007- SGREC/GOR/RENIEC de la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil, se detectó que nueve ciudadanos, luego de haber sido adoptados judicialmente y estar inscritos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, gestionaron, posteriormente, otra inscripción en el citado registro; haciendo insertar indebidamente datos falsos, al usar los datos de la identidad que les correspondía antes de emitirse la orden judicial; veri fi cándose además dos ciudadanos mencionados en el cuadro anexo en los puntos 8 y 9, que posteriormente recti fi caron su nombre de adopción en el registro. Así tenemos que dichas inscripciones son las siguientes: NosInforme de Homologación MonodactilarNº de InscripciónNombre y Apellidos 01 623-2006/AP/SGDAR/GP 10039896 César Augusto Doy Martínez 15943303 César Augusto Grau Martínez 02 521-2005-GP-SGDAC-AP 15754652 Víctor Eduardo Nishijima Vargas 40207830 Víctor Eduardo Cotrina Gonzáles 03 576-2006/AP/SGDAR/GP 15748099 Esteban Teó fi lo Manrique Masuda 16022006 Esteban Teó fi lo Alejos Urrutia 04 293-2006/AP/SGDAR/GP 15749400 Luis Alberto Kawanishi Villalta 07516705 Luis Alberto Bernal Saavedra 05 556-2006/AP/SGDAR/GP 15749956 Juver Haruo Sobrino Hirayama 80589094 Juver Haruo Melgarejo Villavicencio 06 431/2006/BG/GP 07628360 Aristóteles Higa Hurtado 16766760 Aristóteles Cachay Torrejón 07 035-2006/AP/SGDAR/GP 15748547 Walter Orlando Higa Hurtado 16010395 Walter Orlando Cruz Chagray 08 287-2006/AP/SGDAR/GP 15750080 Miguel Américo Ávila Sánchez 16013039 Miguel Américo Ávila Sánchez 09 O fi cio Nº 1094-2006/ SGDAR/GP/RENIEC15748295 Johnny César Gonzáles Ojeda 43010757 Johnny César Gonzáles Ojeda Que, si bien en todos los casos se excluyó de fi nitivamente la segunda inscripción, del registro, mediante resoluciones administrativas, del comporta-miento de los indicados ciudadanos se presume la comisión del delito contra la Fe Pública, tipi fi cado en el artículo 428º del Código Penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 84869-2TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 051-2007-P/TC Lima, 6 de julio de 2007 VISTO el Informe Nº 415-2007-PP/TC de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que mediante Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, que tiene por finalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que mediante Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprueban los lineamientos y pautas para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las entidades de la Administración Pública, con la fi nalidad de contar con un instrumento de gestión que contenga la correcta de fi nición de los cargos acorde con la estructura orgánica de la entidad y en base a las reales necesidades institucionales; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, establece que la aprobación del Cuadro para la Asignación de Personal, se efectuará por Resolución del Titular del Pliego; Que mediante Resolución Administrativa Nº 046- 2007-P/TC, se ha actualizado el Reglamento de Organización y Funciones del Tribunal Constitucional en el que se establece la estructura orgánica, competencias y funciones de la Institución; Que el artículo 4º numeral 2 de la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, establece que el empleado de confi anza es aquel que desempeña cargo de con fi anza técnico o político, distinto al de funcionario público. Dichos empleados, se encuentran en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que la Décima Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29035 exceptúa al Tribunal Constitucional de los alcances de los incisos 1 y 2 del artículo 4º, y del literal a) del artículo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2007, sin que ello demande recursos adicionales del Tesoro Público; Que, en tal sentido, resulta pertinente aprobar el nuevo Cuadro para Asignación de Personal - CAP - del Tribunal Constitucional; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Tribunal Constitucional que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar en el Diario O fi cial El Peruano y en la página Web del Tribunal Constitucional el referido CAP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR LANDA ARROYO Presidente