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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 23 de julio de 2007 349785 Declaran que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Cusco, La Libertad, Pasco, Tacna, Ucayali y Puno han cumplido con todos los Mecanismos de Verificación requeridos para acceder a la transferencia de maquinaria, implementos y equipos del PMAAP RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 009-2007-PCM/SD Lince, 18 de julio de 2007 VISTO:El Informe Nº 016-2007-PCM/SD-LENC; y,CONSIDERANDO:Que, el segundo párrafo del artículo 188º de la Constitución Política del Perú dispone que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad con lo dispuesto por el D.S. Nº 007-2007-PCM y el D.S. Nº 063-2007-PCM; Que, por D.S. Nº 021-2006-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, el mismo que dispone las transferencias de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Funciones Sectoriales para el año 2006; Que, mediante D.S. Nº 076-2006-PCM se incorporó en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, la transferencia de Maquinaria Agrícola y Pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 058-CND-P- 2006 se aprobó la Directiva Nº 004-CND-P-2006: “Normas para la ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia”; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 100- CND-P-2006 se aprobó las Normas Especí fi cas para la transferencia de la maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura dispuesta por el D.S. Nº 076-2006-PCM; Que, mediante D.S. Nº 038-2007-PCM se modifica el cuadro de distribución aprobado mediante D.S. Nº 076-2006-PCM referido a la transferencia de maquinaria agrícola y pesada, implementos y equipos agrícolas, así como los Plazos señalados en la Resolución Presidencial Nº 100-2006-CND; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 007-2007-PCM/SD, se resuelve ampliar los plazos por 140 días para la transferencia de la Maquinaria Agrícola y Pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura, el cual culminará a más tardar el 29 de setiembre de 2007, teniendo como referencia lo dispuesto en la Resolución Presidencial Nº 100-2006-CND y el D.S. Nº 038-2007-PCM; De conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 27783 y sus normas modi fi catorias, Ley Nº 27867 y sus normas modi fi catorias y complementarias, Ley Nº 28273; D.S. Nº 021-2006-PCM, D.S. Nº 076-2006-PCM, D.S.Nº 038-2007-PCM y las Resoluciones Presidenciales Nº 058-CND-P-2006 y Nº 100-CND-P-2006; y, en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el D.S. Nº 063-2007-PCM;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que los Gobiernos Regionales de: Amazonas, Cusco, La Libertad, Pasco, Tacna, Ucayali y Puno, han cumplido con todos los Mecanismos de Veri fi cación requeridos, por tanto están aptos para acceder a la transferencia de la Maquinaria Agrícola y Pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura. Artículo Segundo.- El Ministerio de Agricultura, deberá continuar con el procedimiento establecido en la Resolución Presidencial Nº 100-CND-P-2006, a efectos de culminar y concretar la transferencia de la Maquinaria Agrícola y Pesada, implementos y equipos agrícolas del Programa Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario O fi cial El Peruano y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 86359-1 Reconocen a la Junta de Coordinación Interregional “Consejo Interregional Amazónico - CIAM” e incorporan a los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ucayali y Madre de Dios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 010-2007-PCM/SD Lince, 18 de julio de 2007 VISTO: El Acta Nº 02 que contiene la aprobación del Estatuto y el original de éste, que la Junta de Coordinación Interregional de la Región Amazónica ha remitido para su formalización conforme a ley, el Informe Nº 056-2007-PCM/OGAJ/NRCR, MEMORÁNDUM Nº 494-2007-PCM/OGAJ y el Informe Nº 025-2007-PCM-SD/MIRA; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Presidencial Nº 076-CND -P-2004 de fecha 22 de octubre de 2004, el Consejo Nacional de Descentralización reconoció la constitución de la “Junta de Coordinación Interregional de la Región Amazónica”, integrada por los Gobiernos Regionales de Loreto y San Martín; Que, el Artículo 8º, inciso 14 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, expresa que la gestión regional se rige, entre otros, por el principio de integración que está orientado a la promoción de la integración intrarregional e interregional; Que el artículo 91º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que a iniciativa de los Gobiernos Regionales o del Consejo Nacional de Descentralización, los Gobiernos Regionales pueden establecer, de común acuerdo, Juntas de Coordinación Interregional como espacios de coordinación de proyectos, planes y acciones conjuntas procurando el a fi anzamiento de corredores económicos y ejes de integración y desarrollo, con la fi nalidad de consolidar futuros espacios macrorregionales; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, modi fi cada por Ley Nº 28997, establece que las Juntas de Coordinación Interregional están integradas por dos o más gobiernos regionales y gobiernos locales provinciales, y su objetivo es la gestión estratégica de integración para la conformación de Regiones sostenidas, y para la materialización de acuerdos de articulación macrorregional,