Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2007 (23/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 23 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349789

ENERGIA Y MINAS
Reconocen a favor de concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A. servidumbres convencionales de ocupacion de bienes de propiedad privada para la ubicacion de subestaciones de distribucion electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 293-2007-MEM/DM
MORDAZA, 14 de junio de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31199407, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional para un area de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad N° 801; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema N° 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de propiedad privada para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad N° 801, ubicada en la Avenida Angamos Este N° 2337-2343, Fundo La Calera de la MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio de propiedad privada senalado en el primer considerando, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de terreno de 64,50 metros cuadrados, para la instalacion de la subestacion convencional MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad N° 801, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 5 de octubre de 2006, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tales servidumbres convencionales las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, la servidumbre a que se refiere la presente Resolucion es a titulo gratuito; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 122-2007-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada para la ubicacion de la subestacion de distribucion electrica convencional MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad N° 801, ubicada en la Avenida Angamos Este N° 2337-2343, Fundo La Calera de la MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y

departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 5 de octubre de 2006, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de Servidumbre Area: 64,50 m². MORDAZA de MORDAZA de terreno propiedad Privada MORDAZA

31199407

Subestacion de Distribucion N° 801

Electrica

Ubicacion: distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM (PSAD 56) : Vertice A B C D Norte Este 8 660 629,744 281 790,334 8 660 630,208 281 796,316 8 660 640,926 281 795,485 8 660 640,462 281 789,502

Articulo 2°.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3°.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

75175-5 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 294-2007-MEM/DM
MORDAZA, 14 de junio de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31200307, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional para un area de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad N° 7602; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema N° 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de propiedad privada para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad N° 7602, ubicada en la Avenida General MORDAZA MORDAZA Salaverry N° 140, Urbanizacion Industrial Residencial El MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio de propiedad privada senalado en el primer considerando, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 13,24 metros cuadrados, para la instalacion de la subestacion compacta MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad N° 7602, conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 4 de diciembre de 2006, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tales servidumbres convencionales las normas de seguridad establecidas en

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