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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2007 350128 incluyéndose por ende al MINCETUR, que cumplan con lo dispuesto en tales resoluciones, a pesar de no haber intervenido en los procesos judiciales en los cuales fueron emitidas, afectando de esta manera su derecho constitucional a la tutela procesal efectiva; Que, en consecuencia, existen indicios razonables para presumir que el Juez Mixto de Yauli-La Oroya al emitir las sentencias Nºs. 12-2006-/PJYMLO y 13-2006/PJYMLO habría incurrido en un ilícito penal, por lo que resulta necesario autorizar a la Procuradora Pública Ad Hoc para Procesos Judiciales de Casinos de Juego y Máquinas Tragamonedas, a fi n de que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 – Ley de Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modi fi cada por Decreto Ley Nº 17667, la Ley Nº 27790 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-PCM; De acuerdo con el Memorándum Nº 314-2007- MINCETUR/SG-AJ e Informe Nº 059-2007-MINCETUR/SG-AJ-RCZ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública Ad Hoc para Procesos Judiciales de Casinos de Juego y Máquinas Tragamonedas del MINCETUR, para que, en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan contra el señor Marcos Ignacio Gómez Huamán, Juez (T) Juzgado Mixto de Yauli - La Oroya, por los hechos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como de los antecedentes del caso, a la Procuradora Pública Ad Hoc para Procesos Judiciales de Casinos de Juego y Máquinas Tragamonedas, para su conocimiento yfi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 88965-1 DEFENSA Autorizan viaje de Oficiales de la Marina de Guerra a Chile y Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2007-DE/MGP Lima, 26 de julio de 2007Visto el O fi cio P.200-0826 del Director General del Personal de la Marina de fecha 20 de junio de 2007; CONSIDERANDO:Que, el Director de la Academia de Guerra Naval de la Armada de Chile, ha efectuado una invitación al Director de la Escuela Superior de Guerra Naval, así como a UNA (1) Delegación de O fi ciales para que participen en la versión 2007 del Juego de Guerra Bilateral de Manejo de Crisis, en el ámbito académico entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en la Academia de Guerra Naval, ubicado en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 27 al 30 de agosto de 2007; Que, resulta indispensable para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Personal Superior designado, para que participen en la versión 2007 del Juego de Guerra Bilateral de Manejo de Crisis, en el ámbito académico entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en la Academia de Guerra Naval, ubicado en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 27 al 30 de agosto de 2007; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio del Contralmirante Oleg Nicolás KRILJENKO Arnillas, CIP. 09708492, DNI. 43318539, Capitán de Navío Alan Robert BURNS O’hara, CIP. 00746794, DNI. 43344634, Capitán de Fraga SGC. Jorge Enrique VARGAS Guerra, CIP. 00812250, DNI. 32971994 y Capitán de Corbeta CJ. Guillermo Alfredo BOURONCLE Calixto, CIP. 02966463, DNI. 07966241, para que participen en la versión 2007 del Juego de Guerra Bilateral de Manejo de Crisis, en el ámbito académico entre la Armada de Chile y la Marina de Guerra del Perú, a llevarse a cabo en la Academia de Guerra Naval, ubicado en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 27 al 30 de agosto de 2007. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Santiago (CHILE) - Lima US$ 541.00 x 4 personas Pasajes Terrestres: Santiago - Valparaíso - Santiago US$ 20.00 x 4 personas Viáticos: US$ 200.00 x 4 personas x 4 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 4 personas Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 4º.- El mencionado Personal Superior deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/ SG de fecha 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 89744-1 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 165-2007-DE/MGP Lima, 26 de julio de 2007Visto el O fi cio Z.1000-1176 del Comandante General de Operaciones de la Amazonía de fecha 21 de junio de 2007; CONSIDERANDO: Que, dentro del marco del Acuerdo de Asistencia Mutua entre la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, el Comandante General de Operaciones de la