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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2007 350140 Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, en concordancia con la Resolución Nº 031-2002-SBN que aprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN que regula el “Procedimiento para la Donación de Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas y para la Aceptación de la Donación de Bienes Muebles a favor del Estado”, establece en su numeral 2.1.1 que la donación de bienes muebles dados de baja de una entidad pública a favor de otra entidad pública, debe aprobarse mediante Resolución del titular de la entidad pública donante, la misma que deberá ser transcrita, sin excepción alguna, a la Superintendencia de Bienes Nacionales - SBN, dentro de los veinte (20) días siguientes a su emisión; Que, según los numerales 1.4.1, 1.4.2 y 2.1.3 de dicha Directiva, la potestad decisoria de impulsar el trámite de donación queda reservada, según sea el caso, a la entidad propietaria y a la SBN, respecto de los bienes muebles dados de baja que se encuentren en el ámbito de su administración. Además, dispone que la donación de bienes muebles dados de baja por las entidades públicas se rige por las disposiciones contenidas en ella, según la cual se requiere de un informe favorable del Comité de Gestión Patrimonial, señalando igualmente, que las resoluciones deberán aprobar la donación bajo el término de “Transferencia en la Modalidad de Donación” y especi fi car las características y el valor de los bienes muebles objeto de donación; Que, atendiendo a la solicitud presentada por la Municipalidad Provincial de Huaral, y advirtiéndose que las unidades vehiculares materia de la presente donación han sido dadas de baja por este Ministerio, resulta necesario aprobar su transferencia en la modalidad de donación a favor de dicha entidad; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y la Directiva Nº 009-2002/SBN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia en la modalidad de donación de tres (3) vehículos, efectuada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de la Municipalidad Provincial de Huaral, cuyas características y valores se detallan a continuación, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución: 1) TRACTOR DE TIRO NEUMÁTICO a) Denominación : Tractor de Tiro Neumático b) Código MTC : 67369144000005 Código SBN : 673691440005c) Detalle Técnico Marca : Caterpillar Modelo : 814-B Número de chasis : 90P-172 Número de motor : 90P-172 Año de Fabricación : 1972d) Estado de Conservación : Maloe) Valor Actual : S/. 3,412.27f) Valor Depreciado : S/. 3,411.27g) Valor Neto : S/. 1.00h) Causal de baja : Obsolescencia Técnica 2) MOTONIVELADORAa) Denominación : Motoniveladora b) Código MTC : 67364309000002 Código SBN : 673643090002c) Detalle Técnico Marca : Allis Chalmers Modelo : M-100 Número de chasis : M100B1556 Número de motor : 1018592 Año de Fabricación : 1966d) Estado de Conservación : Regulare) Valor Actual : S/. 1,359.88f) Valor Depreciado : S/. 1,358.88g) Valor Neto : S/. 1.00h) Causal de baja : Obsolescencia Técnica 3) CARGADOR FRONTALa) Denominación : Cargador Frontal b) Código MTC : 67360626000192 Código SBN : 673606260192c) Detalle Técnico Marca : Komatsu Modelo : W-70 Número de chasis : 10784 Número de motor : 18676 Año de Fabricación : 1982d) Estado de Conservación : Maloe) Valor Actual : S/. 43,613.52f) Valor Depreciado : S/. 43,612.52g) Valor Neto : S/. 1.00h) Causal de baja : Obsolescencia Técnica RESUMEN VALOR TOTAL ACTUAL S/. 48,385.67 VALOR TOTAL DE DEPRECIACIÓN ACUMULADA S/. 48,382.67VALOR TOTAL NETO S/. 3.00 Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 175º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 88785-1 Otorgan autorización a empresas para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF en las localidades de Huánuco y Tocache - Uchiza RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 341-2007-MTC/03 Lima, 17 de julio del 2007VISTOS, los Escritos Registro Nº 920778; Nº 961807 y escrito de fecha 20 de enero de 1998 de la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., sobre otorgamiento de autorización por el plazo de diez años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad de Huánuco, departamento de Huánuco; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 964-90-TC/15.17 del 10 de julio de 1990, se autorizó por el plazo de un año a la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A, la operación de una estación del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF en el distrito, provincia y departamento de Huánuco; Que, según consta en Partida Registral Nº 02005964, la empresa modi fi có su régimen societario, adoptando la modalidad de sociedad anónima cerrada por tanto, la denominación a considerarse es ANDINA DE RADIODIFUSION S.A.C; Que, mediante Escritos Registro Nº 920778; Nº 961807 y escrito de fecha 20 de enero de 1998, la empresa ANDINA DE RADIODIFUSIÓN S.A.C., solicitó autorización por diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por VHF en la localidad de Huánuco, departamento de Huánuco; Que, el artículo 184º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC señala que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba, dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio autorizado y realizará las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual será verifi cado por el órgano competente del Ministerio; Que, el artículo 185º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección, se emitirá el informe técnico correspondiente, en el que se indicará, entre otros, si las instalaciones se han