Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2007 (27/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

350129

Amazonia ha sido invitado, para que efectue una visita oficial a la Republica de Colombia y visite las unidades operacionales del Comando de la Fuerza MORDAZA del Sur en Puerto Leguizamo; asi como a la Sexta Division del Ejercito Nacional de Colombia en MORDAZA, Fuerza de Tarea "OMEGA" y Comando Aereo Nº 6 de la Fuerza Aerea de Colombia en Tres Esquinas y Puerto MORDAZA, situadas en la MORDAZA alta y media del rio Putumayo, a partir del 27 al 30 de agosto de 2007; Que, es conveniente para los intereses Institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que efectue una visita oficial a la Republica de Colombia y visite las unidades operacionales del Comando de la Fuerza MORDAZA del Sur en Puerto Leguizamo; asi como a la Sexta Division del Ejercito Nacional de Colombia en MORDAZA, Fuerza de Tarea "OMEGA" y Comando Aereo Nº 6 de la Fuerza Aerea de Colombia en Tres Esquinas y Puerto MORDAZA, situadas en la MORDAZA alta y media del rio Putumayo, a partir del 27 al 30 de agosto de 2007, por cuanto la experiencia a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Vicealmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 03738280 y DNI. 03501097 para que efectue una visita oficial a la Republica de Colombia y visite las unidades operacionales del Comando de la Fuerza MORDAZA del Sur en Puerto Leguizamo; asi como a la Sexta Division del Ejercito Nacional de Colombia en MORDAZA, Fuerza de Tarea "OMEGA" y Comando Aereo Nº 6 de la Fuerza Aerea de Colombia en Tres Esquinas y Puerto MORDAZA, situadas en la MORDAZA alta y media del rio Putumayo, a partir del 27 al 30 de agosto de 2007, Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Iquitos - Leguizamo (COLOMBIA) - Iquitos US$ 130.00 x 1 persona Viaticos: US$ 200.00 x 4 dias x 1 persona Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 4º.- El citado Oficial MORDAZA debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 0082004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 89744-2

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de alquiler de tribunas y sillas para la Gran Parada y Desfile Civico - Militar
RESOLUCION MINISTERIAL N° 564-2007-DE/EP MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 069-VALP/A/01 que contiene el Informe Tecnico emitido por la Direccion Tecnica de Logistica, Ciencia y Tecnologia para la Defensa y el Oficio Nº 1973OAJ-MD de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por el articulo 19º, literal c), del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la Ley; Que, de acuerdo a lo estipulado en el articulo 21º del citado TUO se entiende como situacion de desabastecimiento inminente a aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, asimismo, dicho articulo preve de conformidad con lo estipulado en el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; que la aprobacion de la exoneracion por la causal de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exencion o liberacion de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la Entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de dicha causal; Que, a traves del Informe Tecnico del Visto el Director Tecnico de Logistica, Ciencia y Tecnologia para la Defensa manifiesta que con la finalidad de poder dar cumplimiento al encargo dispuesto mediante Directiva Nº 004-2007 MD-M del mes junio de 2007, el Jefe del Estado Mayor General del Ejercito dispuso que, el Servicio de Ingenieria del Ejercito ­ SINGE, sea el encargado de realizar y/ o contratar, entre otros, los trabajos de instalacion de tribunas y sillas para la Gran Parada y Desfile Civico Militar por MORDAZA Patrias en el MORDAZA de las celebraciones por el 186º Aniversario del Independencia Nacional, toda vez que desde que los requerimientos de tribunas a ser instaladas fueron determinados en la primera quincena del mes de MORDAZA, el Ejercito no contaria al 29 de MORDAZA, fecha del desfile, con el tiempo suficiente para completar los procesos administrativos de Concurso Publico por el servicio de tribunas y de Adjudicacion Directa Selectiva por el servicio de alquiler de sillas, considerando que se requiere ademas de un tiempo para el armado de las estructuras y para el tendido de los toldos previamente al arreglo con escarapelas, banderolas, etc, razon por la cual se requiere aprobar la exoneracion solicitada por el Ejercito Peruano, por la causal de desabastecimiento inminente; Que, asimismo mediante el Oficio de la referencia, la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Defensa manifiesta que del Informe Tecnico remitido se puede concluir que se ha configurado una situacion de orden objetivo, ya que no se cuenta con los servicios de alquiler de tribunas y sillas requeridos para llevar a cabo la Gran Parada y Desfile Civico ­ Militar, lo cual amerita que se tramite y apruebe la exoneracion de los procesos de seleccion que correspondan, por la causal de desabastecimiento inminente, al tratarse de una situacion que compromete en forma directa e inminente la realizacion de la Gran Parada y Desfile Civico ­ Militar, actividad que conlleva al acercamiento de la poblacion con sus Fuerzas Armadas y que constituye parte del protocolo oficial de

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