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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de julio de 2007 350283 Aprueban Documento Técnico “Plan de Implementación de la Norma Técnica de Auditoría de la Calidad de Atención en Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 601-2007/MINSA Lima, 25 de julio del 2007Visto: por el Expediente Nº 07-018752-001, que contiene el Memorándum N° 721-2007-DGSP/MINSA, presentado por la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO:Que, el artículo VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que, es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, es misión del Ministerio de Salud, proteger la dignidad de la persona y promover la salud bajo los principios de solidaridad, integridad, equidad y calidad; Que, el literal b) del Artículo 24° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas norma y evalúa el proceso de protección, recuperación y rehabilitación de la Salud en el Sector; Que, el literal f) del Artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, señala como función general de la Dirección General de Salud de las Personas, diseñar y conducir el Sistema Nacional de Gestión de la Calidad de la Atención, en los ámbitos institucional y sectorial; Que, por Resolución Ministerial N° 519-2006/MINSA, se aprobó el Documento Técnico Sistema de Gestión de la Calidad en Salud, en el cual se establece los principios, políticas, objetivos y estrategias que orientan los esfuerzos para alcanzar la calidad en salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 474-2005/ MINSA del 23 de junio de 2005, se aprobó la Norma Técnica de Auditoría de la Calidad de Atención en Salud, NT N° 029-MINSA/DGSP-V.01, cuyo objetivo es establecer los principios, normas, metodologías y procesos para la realización de la auditoría de la calidad de atención en salud, orientados a estandarizar el trabajo de los auditores en salud y a obtener resultados para la mejora de la calidad de atención en los servicios de salud; Que, el ejercicio de la Auditoría en Salud se desarrolla bajo la autoridad normativa y funcional de la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Calidad en Salud; Con la opinión favorable de la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Viceministro de Salud, el Director General de Salud de las Personas y el Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en el Artículo 8° literal l) de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1° .- Aprobar el Documento Técnico “Plan de Implementación de la Norma Técnica de Auditoría de la Calidad de Atención en Salud. NT N° 029-MINSA/DGSP-V.01, 2007-2009”. Artículo 2° .- La Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Dirección de Calidad en Salud, será responsable de supervisar el cumplimiento del presente documento técnico. Artículo 3° .- Las Direcciones de Salud de Lima y Callao, las Direcciones Regionales de Salud, los Institutos Especializados y los Hospitales a nivel nacional, dispondrán las medidas técnico-administrativas para la difusión, implementación y cumplimiento del presente documento técnico.Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 89722-2 Aprueban Directiva Administrativa que regula el procedimiento para la atención de consultas, sugerencias, quejas, solicitudes de interposición de buenos oficios y consejería en la Defensoría de Salud y Transparencia del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 603-2007/MINSA Lima, 25 de julio del 2007 Visto, el Expediente Nº 07-020895-001 que contiene la propuesta de la Defensoría de la Salud y Transparencia, solicitando la aprobación de la DIRECTIVA ADMINISTRATIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCION DE CONSULTAS, SUGERENCIAS, QUEJAS, SOLICITUDES DE INTERPOSICIÓN DE BUENOS OFICIOS Y CONSEJERIA EN LA DEFENSORÍA DE LA SALUD Y TRANSPARENCIA DEL MINISTERIO DE SALUD; y, CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Salud como órgano rector del Sector Salud conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, los Lineamientos de Política Sectorial para el período 2002-2012, aprobados por Resolución Suprema Nº 014-2002-SA, incluye entre otros aspectos, que se promoverá el protagonismo de usuarios y prestadores en forma conjunta, ejerciendo sus derechos y cumpliendo sus responsabilidades como forma de garantizar una adecuada interacción entre la oferta y la demanda de servicios de salud; Que, dentro de dicho contexto, mediante Resolución Ministerial N° 1216-2003-SA/MINSA, se aprobó la Directiva N° 027-MINSA-V.01 – Normas que regulan el procedimiento de atención y trámite de las quejas, sugerencias, consultas e interposiciones de buenos o fi cios en la O fi cina de Transparencia y Defensoría de la Salud; Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2005-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, se estableció la inclusión de la Defensoría de la Salud y Transparencia como órgano dependiente de la Alta Dirección del Ministerio de Salud, responsable de la protección y defensa de los derechos en salud, siendo sus funciones las de intervenir de o fi cio o a solicitud de parte en los hechos o actos que vulneren o pudieran vulnerar el derecho a la salud de la persona, la familia y la comunidad, así como en los hechos o actos que atenten contra la ética y transparencia en la gestión administrativa del Ministerio de Salud; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 028- 2007-PCM se dictaron disposiciones a fi n de promover la puntualidad como práctica habitual en todas las entidades de la Administración Pública, correspondiendo a la Defensoría de la Salud y Transparencia recibir las quejas vinculadas al incumplimiento de las normas relativas a la puntualidad; Que, en dicho orden de ideas, se hace necesario actualizar la norma que regula el procedimiento para la atención de consultas, sugerencias, quejas, solicitudes de interposición de buenos o fi cios y consejería en la Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud, que conlleven a la mejora de la calidad en la atención de salud y la adopción de las medidas preventivas y correctivas del caso;