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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de julio de 2007 350429 remitidas por parte del Ejecutivo para las obras de inversión en el DISTRITO DE BOLOGNESI de la PROVINCIA DE PALLASCA, DEPARTAMENTO DE ANCASH. El D.U. N° 050-2007.PCM., D.U N° 018-20007, D.U. N° 006.2007, entre otros, emanados por el ejecutivo que al igual que otras localidades del Perú, nuestro distrito, sus caseríos y anexos viene sufriendo aislamiento, pérdida de cosecha y crianzas por las fuertes heladas a raíz del Fenómeno del Niño, por lo que se declaró el estado de emergencia por 90 días el mismo que requiere ser complementando ampliando las medidas más efectivas para la atención inmediata de lo más urgente. CONSIDERANDO:Que es de dominio público la difícil situación y la gravedad que atraviesan las zonas alto andinas afectadas por las heladas y el friaje, fenómeno climático que obliga a las autoridades y entidades a tomar acciones inmediatas para socorrer a los pobladores que sufren terriblemente las consecuencias tomando además en cuenta la iniciativa del Ejecutivo que mediante D.S. Nº 050-2007-PCM del 14 de junio invoca a las autoridades locales para ejecutar acciones inmediatas pero a decir de los propios Ministros en diversas reuniones sostenidas en la ciudad de Lima involuntariamente han obviado el departamento de Ancash. Y por consiguiente nos invocan a las autoridades locales actuar dentro de nuestras facultades para mitigar la emergencia sobrevenida. Es el caso que el distrito de Bolognesi se encuentra ubicado en la cordillera del citado departamento a más de 4500 metros sobre el nivel del mar con una población de más de 1500 habitantes. Que, en las acciones de responsabilidad que corresponden a otras entidades del esquema gubernamental nacional, se asignan a los Gobiernos Locales la obligación de ejecutar acciones destinadas a atender la población afectada y damni fi cada por los referidos fenómenos atmosféricos así como prevenir la próxima temporada de lluvias y deshielos y que como consecuencia del trastorno climático se ha distorsionado los cronogramas de trabajo y en consecuencia se debe actuar de inmediato. Que, de acuerdo al Art. 32º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, es inherente a su gestión, la función de brindar los servicios asegurando el equilibrio presupuestario de la Municipalidad. Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2007-DO/ MDB de 14 de junio del 2007, se solicita que dentro de la Situación de Emergencia se incluya con carácter de URGENTE la adquisición de un vehículo de mediana capacidad de carga (volquete de 7 a 8 m³) ya que a la fecha la Municipalidad DISTRITAL de Bolognesi no cuenta con ningún vehículo de este tipo para atender la emergencia más aún los pobladores tienen su ganado afectado por este fenómeno y en consecuencia se requiere trasladar a lugares más protegidos, así como otras obras y construcciones inmediatas para ayudar a las poblaciones aledañas afectadas, acciones que no se pueden cumplir debido a la falta de la maquinaria descrita. Que mediante Informe Técnico-Legal Nº 005-2007- AL/MDB y el Informe Técnico LEGAL de fecha 24 de julio opina por la viabilidad a través de un Acuerdo de Concejo, según lo disponen los artículos 19º a 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y artículo 142º de su Reglamento, que establece que las medidas a adoptar deben prever la atención y satisfacción de la necesidad sobrevenida. Que, ante esta situación el marco legal vigente en cuanto a Contrataciones y Adquisiciones del Estado, permite adecuarse a la exoneración de Procesos de Selección a través de la declaratoria de Situación de Emergencia, y estando al amparo de las citadas normas es procedente que el Concejo Municipal, incluya dentro del ámbito de la Situación de Emergencia a que hace referencia el Acuerdo de Concejo Nº 038-2007, la construcción del dique de contención de la laguna de Tuctubamba, por la suma de S/. 950,000, el alcantarillado y obras de irrigación de Chaupi, por la suma de S/. 310,000, la adquisición de una maquinaria pesada, cargador frontal de 140 HP. por la suma de S/. 409,600.Que asimismo, dentro del plan de operación y ejecución de la Municipalidad para el presente año, se encuentra la realización de vías de penetración, construcción de carreteras, mejoramiento y mantenimiento de caminos existentes. Así como atender con carácter de URGENCIA los servicios de limpieza ya que existen serias di fi cultades que afectan la continuidad de los servicios públicos locales de limpieza pública, eliminación de desmonte, recojo de maleza, entre otros, que por la carencia de equipo especializado, siendo de imperiosa necesidad adquirir maquinaria con la fi nalidad de atender dichos requerimientos. Que, la carencia de maquinarias no permite que en forma e fi ciente, rentable y en el tiempo se ejecute lo programado, presentándose incremento de las precipitaciones fl uviales en la zona, generando situaciones de extremo peligro a la población. Estando a lo expuesto y de conformidad con los Artículos 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y lo previsto en los Arts. 19º a 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y artículo 116º del Decreto Supremo Nº 012 y 013-2001-PCM; y demás normas pertinentes con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta. ACORDÓ:Artículo 1º.- Se declare en Situación de Emergencia los servicios esenciales y la ejecución de obras de infraestructura en prevención de desastres sobrevivientes de los fenómenos climáticos que se vive de salubridad, asistencia vías de comunicación y de transporte del territorio y población afectada del DISTRITO DE BOLOGNESI, de la PROVINCIA DE PALLASCA, DEPARTAMENTO DE ANCASH, por el período dispuesto en el Acuerdo de Concejo Nº 38-2007 de fecha 21 de junio del 2007. Artículo 2º.- En ejecución de las acciones que corresponde adoptarse por el Estado de Emergencia a nivel del ámbito distrital de Bolognesi, declarar de urgente necesidad la adquisición de los bienes que se requieren para afrontar la situación de Emergencia que corresponde a los servicios de salubridad, asistencia, reconstrucción, reforzamiento de vías, ductos y de transporte en el territorio y para la población afectada del distrito de BOLOGNESI, de la provincia de PALLASCA, departamento de ANCASH, por el período precisado en el artículo primero de esta norma. Artículo 3º.- Exonerar del proceso de selección que corresponda a la adquisición de los bienes siguientes: construcción del dique de contención de la laguna de Tuctubamba, construcción de las obras de irrigación y de alcantarillado de Chaupe, y la adquisición de un cargador frontal de 140 HP por un monto total referencial de S/. 1’650,000 nuevos soles (UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA MIL NUEVOS SOLES), que se efectuará conforme a los procedimientos previstos en el Art. 19º y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con cargo a los fondos del Canon minero. Artículo 4º.- Autorizar amplia y su fi cientemente al señor GABRIEL DOMINGUEZ DE LA CRUZ, Alcalde del Concejo Distrital de Bolognesi para realizar todas las gestiones y trámites, conducentes a la formalización y ejecución del presente Acuerdo. Artículo 7º.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano conforme lo dispone el Inciso c) del Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, encargando a la O fi cina de Administración la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano y remitir copia del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos en la Ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.GABRIEL DOMÍNGUEZ DE LA CRUZ Alcalde 90116-1