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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de julio de 2007 350417 condición, será pasible de una suspensión parcial o total de acuerdo a la gravedad del hecho, evaluada por el equipo técnico. Artículo 11º.- Capacitación de Agentes Participantes, La capacitación de agentes participantes acreditados para el desarrollo del proceso del presupuesto participativo debe ser una tarea permanente y puede ser realizada a través de una diversidad de modalidades como: talleres, asambleas o reuniones en las que las autoridades y la población se informen y comprendan las tareas que involucra el proceso del presupuesto participativo. Artículo 12º.- Funciones del Equipo Técnico a) Preparar la información y material necesario para el debate en los talleres de trabajo. b) Evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados durante el proceso. c) Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso. d) Apoyo en la organización y ejecución de los talleres de trabajo. e) Elaboración del documento del proceso participativo para el año fi scal 2008. f) Sustentar la proyección económica y fi nanciera de los recursos municipales y la determinación de los montos de gastos de inversión puesto a consideración de los agentes participantes. g) Otros que disponga el titular del pliego. TÍTULO V DE LOS TALLERES DE TRABAJO Artículo 13º.- Desarrollo de Talleres de Trabajo En un primer momento el desarrollo de los talleres de trabajo comprende la presentación, actualización o desarrollo del plan de desarrollo concertado del distrito y la rendición de cuentas sobre el avance en el logro de los objetivos estratégicos y una evaluación de los resultados del proceso participativo y presupuestario del año previo. El segundo momento comprende el desarrollo de reuniones de trabajo en las que, desde una perspectiva temática y territorial, en el marco del plan de desarrollo concertado, se identi fi can problemas por resolver, potencialidades que aprovechar y se proponen acciones a implementar y compromisos por asumir para el desarrollo de tales acciones, siendo los resultados consolidados por el equipo técnico. El segundo momento tiene dos tipos de talleres de trabajo: - Taller de Diagnóstico Temático y Territorial: En los talleres de diagnóstico temático, los agentes participantes en reuniones con sus representados y en reuniones de agentes participantes, discuten y analizan la situación del distrito desde la perspectiva del desarrollo social, económico y ambiental y en los talleres de diagnóstico territorial se identi fi can problemas y potencialidades en temas relevantes de la jurisdicción tratando de abarcar todos los ámbitos territoriales. - Taller de De fi nición de Criterios de Priorización: Los agentes participantes discuten y de fi nen los criterios para la priorización de las acciones a implementar tendientes a resolver los problemas o aprovechar las potencialidades identi fi cados en los talleres de diagnóstico temático y territorial. TÍTULO VI EVALUACION TECNICA DE PROYECTOS Artículo 14º.- La Gerencia de Desarrollo de la Ciudad de la Municipalidad Distrital de Barranco, deberá efectuar la primera evaluación técnica de los proyectos priorizados en los talleres participativos. Artículo 15º.- Luego de la evaluación técnica efectuada, los proyectos deberán ser devueltos al equipo técnico, para su respectiva opinión sobre la factibilidad presupuestaria. Artículo 16º.- El equipo técnico dentro de los plazos establecidos en el cronograma de actividades, elaborará el cuadro de proyectos que cuenten con factibilidad técnica y presupuestaria, los mismos que serán presentados y sustentados en el taller de formalización de acuerdos.TÍTULO VII TALLER DE FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS Y COMPROMISOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Y PUBLICACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 Artículo 17º.- Luego de la exposición y sustento de los proyectos declarados factibles por el equipo técnico, los agentes participantes procederán a realizar la aprobación respectiva del presupuesto participativo 2008. Artículo 18º.- Los resultados fi nales del presupuesto participativo 2008 serán aprobados por el concejo de coordinación local distrital. Artículo 19º.- Los resultados del presupuesto participativo 2008, aprobado por el concejo de coordinación local distrital, serán dados a conocer a la opinión pública mediante lo diversos medios de comunicación que aseguren el conocimiento mayoritario de los resultados del proceso participativo. TÍTULO VIII TALLER DE RENDICION DE CUENTAS Artículo 20º.- La rendición de cuentas constituye el acto mediante el cual la Municipalidad Distrital de Barranco, representada por el Alcalde, informa a la comunidad acerca del cumplimiento de los acuerdos tomados en el proceso del presupuesto participativo del año anterior. La rendición de cuentas se ejecuta al comienzo del proceso del presupuesto participativo y al fi nalizar el mismo. TÍTULO IX DEL COMITÉ DE VIGILANCIA Artículo 21º.- Funciones del Comité de Vigilancia El comité de vigilancia del proceso de formulación del presupuesto participativo tiene las siguientes funciones: a. Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del proceso participativo y el cumplimiento de los acuerdos concertados en el presupuesto participativo. b. Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del presupuesto institucional de apertura de la Municipalidad Distrital de Barranco. c. Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras de los proyectos aprobados en el presupuesto participativo. d. Veri fi car que los recursos municipales sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. e. Informar de manera semestral y anual al consejo de coordinación local distrital de los resultados de las funciones ejecutadas. f. Que se cumplan las rendiciones de cuentas establecidas. TÍTULO X DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Los plazos del desarrollo de las diferentes fases y actividades del proceso del presupuesto participativo se encuentran establecidos en el cronograma que forma parte de la presente Ordenanza. Segunda.- En el desarrollo del proceso del presupuesto participativo, se priorizarán las propuestas de proyectos que favorezcan el desarrollo de las zonas más deprimidas del distrito de Barranco Tercera.- En todo lo no previsto en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo D. S. Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Marco de Presupuesto Participativo, Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01, Instructivo para el Proceso Del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2008, R. D. Nº 08- 2007-EF/76.01 POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde