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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de julio de 2007 350430 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PALCAZU Exoneran de proceso de selección la adquisición de maquinaria para rehabilitación y reconstrucción de vías de comunicación y acceso del distrito de Palcazú ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 029-MDP-I-2007 Iscozacín, 20 de julio de 2007.EL CONCEJO DISTRITAL DE MUNICIPALIDAD DE PALCAZÚ VISTO:En sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 20 de julio del 2007, el Informe Técnico Nº 183-2007-JPRC/OATDU/MPJ-I sobre Acondicionamiento Territorial, que da cuenta sobre los graves daños causados por la fuerte precipitación pluvial (lluvias); los mismos que por el cambio climático constante han comprometido la situación de los pobladores que se encuentran gravemente afectados en su salud y en sus actividades, agrícolas y de crianza siendo necesario implementar inmediatamente acciones de apoyo social; que no se pueden cumplir por la falta de maquinaria y otros equipos que se requieren para la habilitación de las trochas carrozables y caminos de acceso, construcción de drenajes y otros de la única vía de penetración y salida, que es la carretera tramo Villa Rica, Chatarra, Palcazú; que se ha interrumpido la libre transitabilidad y acceso a los poblados de Alto Palcazú, Comunidad Nativa Siete de junio, San Cristóbal, etc., que han quedado gravemente dañadas y compromete en forma directa las actividades de los pobladores del distrito quienes han perdido sus cosechas y crianzas de ganado vacuno a falta de las vías de comunicación que se encuentran colapsadas, responsabilidad directa de la Municipalidad Distrital, tal como lo preceptúa el Art. 32º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, poniendo en grave riesgo el desarrollo de sus habitantes y la vida humana, que es el bien máximo que ha de preservarse; Que, mediante Informe Legal Nº 001-2007-AL/ MDP-I, el Jefe del departamento de Asesoría Legal ha cumplido con emitir su opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Municipal; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Informe Técnico Nº 183-2007-JPRC/ OATDU/MDP-I el jefe de acondicionamiento territorial justi fi ca la necesidad de que se declare en situación de Urgencia la adquisición de maquinaria consistente en: un tractor oruga, Retroexcavadora, Motoniveladora, 2 Camiones Volquete y otros. Para la rehabilitación de la única vía de acceso con la que cuenta el distrito de Palcazú, Máxime si se trata del poco tiempo que queda para la próxima temporada de lluvias y además porque en la región no se encuentra maquinaria de ningún tipo, en las entidades publicas y mucho menos existen empresas privadas que se dediquen a proveer estos equipos en alquiler, para ejecutar los trabajos señalados. Asimismo, la Municipalidad cuenta con proyectos de construcción de rellenos sanitario y de tratamiento de aguas servidas que también la acumulación de residuos sólidos viene comprometiendo la salubridad del distrito y corresponde a la Municipalidad implementar este servicio conforme a las normas de salubridad garantizando un servicio oportuno y e fi ciente del recojo y tratamiento de residuos y desperdicios sólidos (basura) que han puesto en riesgo la salud de nuestros pobladores del distrito de Palcazu y centro poblados aledaños. En dicho informe solicita adquirir inmediatamente los equipos y maquinarias señalados para la atención de lo expuesto en el presente año 2007; de lo contrario advierte daños irreversibles que comprometen la vida socio-económica del distrito en su conjunto. Que, según Decreto de Urgencia Nº 003-2007, Decreto de Urgencia Nº 006-2007 y Decreto de Urgencia Nº 025-2006, y el Acuerdo Regional que declara la situación de Emergencia en la Región de Pasco para reparar los graves daños causados por las lluvias, así como también el ejecutivo ha publicado el D.S. Nº 050-2007-PCM; D.U Nº 018-2007 y otras normas que exoneran de los procesos de selección con la fi nalidad de atender las emergencias que se vienen presentando en el territorio Nacional, dispositivos que alcanzan a nuestro distrito. Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos antes referidos, procede autorizar y exonerar del proceso de selección correspondiente, las adquisiciones e implementar las acciones inmediatas, por la causal prevista en el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. De conformidad con lo dispuesto en los Artículo 19º, 20º, 21º y 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM y artículos 146º y 148º del reglamento de la Ley de contrataciones y adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM y los documentos del visto que forman parte integrante del presente acuerdo y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE ACORDÓ: Artículo 1º.- DECLARAR EN EMERGENCIA las vías de comunicación y las actividades socio-económicas del distrito de Palcazu por el término de 90 días; Artículo 2º.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA la adquisición de la maquinaria siguiente: 1 tractor sobre orugas de 160 HP.; 1 Motonivelador de 140 HP, 1 Retroexcavadora de 90 HP, 2 Volquetes de 260 HP, para la rehabilitación y reconstrucción de las vías de comunicación y acceso colapsados del distrito de Palcazú. Artículo 3º.- EXONERAR del proceso de selección la adquisición de la maquinaria siguiente: 1 tractor sobre orugas de 160 HP.; 1 Motonivelador de 140 HP, 1 Retroexcavadora de 90 HP, 2 Volquetes de 12 m 3 de 260 HP; por un monto referencial de S/.2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil nuevos soles), el mismo que se efectuará conforme a los procedimientos previstos en los Artículos 19º, 20º, 21º y 22º del texto único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, con cargo a los fondos del canon minero. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Distrital de Palcazú, efectuar los trámites administrativos para la adquisición de las citadas maquinarias pesadas, en el marco de la normatividad del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento. Artículo 5º.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano conforme lo dispone el inciso c) del Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, encargando a la O fi cina de Administración la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano y remitir copia del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloría General de la República dentro de los plazos establecidos en la Ley Artículo 6º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Administración y Finanzas, Unidad de Logística, Asesoría Legal y demás unidades orgánicas que tengan que ver con el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO ZEHNDER KRISTEN Alcalde 89761-1