Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2007 (06/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de junio de 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OMIA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2007-MDO/PRM/R. AMAZONAS Omia, 20 de enero del 2007 VISTO: El Acta de Sesion de Concejo de Fecha 15 de enero del 2007, los Informes Nº 002 -2007/C.E.P-MDO, Informe Nº 001-2007-EC-AJ/MDO/PRM/R. A; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 001- 2007/CPVL-MDO, de fecha 14 de enero 2007, la encargada de la distribucion del Programa del Vaso de Leche, informa al despacho de Alcaldia que los beneficiarios del Vaso de Leche desde el 1 del mes de enero del presente ano hasta la fecha no han recibido los productos de dicho Programa, debido a que el almacen se encuentra totalmente desabastecido del producto, desabastecimiento que esta causando grave malestar entre los beneficiarios, los cuales estan solicitando la entrega del producto. Que, mediante Informe Nº 002-2007/CEP/MDO, el Presidente del Comite de Adquisiciones del Programa Vaso de Leche, informa que en reunion de trabajo con los integrantes del Comite Especial, se evaluo el tiempo que demoraria el MORDAZA de seleccion y otorgamiento de la Buena Pro, para la adquisicion de productos a adquirir y fecha en la que estaria entregando el producto a sus beneficiarios, solicitando se solicite un informe legal respecto al desabastecimiento inminente. Que, el inciso c) del articulo 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004 Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en forma textual establece que "estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen "En situacion de emergencia o desabastecimiento declaradas de conformidad con la presente Ley", precisando el articulo 21º de la acotada MORDAZA legal que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien. Servicio u obra comprometen en forma directa inminente la continuidad a las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, aunandose a esto lo dispuesto por le MORDAZA parrafo del articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

refiere que la necesidad de bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos y rige a partir de la fecha de aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion. Que, el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que la resolucion u acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere necesariamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, que en el presente caso son los Programa Vaso de Leche, del Comite Especial y el Informe Legal visto en sesion de concejo, y conforme lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de Contrataciones y Adquisiciones del Estado copias de dichas resoluciones o acuerdos y los informes que lo sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, aunandose a esto lo dispuesto por el articulo 147º de la acotada MORDAZA legal, que dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueban las exoneraciones de los procesos de seleccion, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda. Adicionalmente debera publicarse en el SEACE. Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades. SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION para la Adquisicion del Producto para el Programa Vaso de Leche DECLARESE EN DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche, de la Municipalidad Distrital de Omia. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la oficina de Abastecimiento la adquisicion de los suministros pera el Programa Vaso de Leche correspondiente a los meses de enero - MORDAZA 2007. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA del Acuerdo de Concejo e Informes que sustentan la exoneracion del MORDAZA de Seleccion por desabastecimiento inminente a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- DISPONER que el Acuerdo de Concejo respectivo se publique en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y articulo 147º del Reglamento de la MORDAZA acotada; y adicionalmente en el SEACE (Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado) dentro de los diez dias habiles conforme a Ley. Articulo Quinto.- DISPONER se tomen las acciones necesarias para el MORDAZA de Seleccion definitivo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA J. DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 68420-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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