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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (06/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de junio de 2007 346555 tributarias, cuyo acreedor es la Municipalidad de Puente Piedra. El régimen de excepción comprende a las deudas tributarias y deudas no tributarias generadas hasta el 30 de abril del 2007, en cualquier instancia administrativa o judicial. Artículo 2º.- DEUDAS MATERIA DE ACOGIMIENTO Y FORMA DE PAGO La deuda materia del acogimiento se podrá pagar de la siguiente forma: 1.-En caso de Arbitrios Municipales tan solo podrán acogerse aquellos contribuyentes cuya deuda no sobrepase los S/. 10,000 (Diez mil con 00/100 Nuevos Soles). Arbitrios Pago al Contado Pago Fraccionado Deuda generadas hasta el 31 de diciembre del 2004, cuyo monto no sobrepase los S/. 10,000.00 Nuevos Soles.Condonación del 100% del monto insoluto y intereses frente al pago al contado y/o fraccionado de los Arbitrios de los años 2005, 2006 y 2007 abrilSin interés de fraccionamiento hasta 6 cuotas Deudas generadas del 1 de enero del 2005 hasta 30 abril del 2007.Condonación del 100% Interés Moratorio y otros conceptosCon interés de fraccionamiento hasta 6 cuotas 2.- En caso de Impuesto Predial Impuesto Predial Pago al Contado Pago Fraccionado Deudas generadas hasta el 1er trimestre del 2007Condonación del 100% de Interés Moratorio Condonación del 80% de Interés Moratorio fraccionamiento hasta 6 cuotas, con interés de fraccionamiento 3.- En caso de Multas Administrativas Multas Administrativas Pago al contado Pago Fraccionado Multas Administrativas emitidas hasta el 30 de abril del 2007, excepto las Multas por habilitación Urbana emitidas por GDU.10 % de la deuda (sin costas ni gastos administrativos)10% de la deuda previo pago del 30% costas y gastos administrativos fraccionado en 6 cuotas. 4.- Convenios de Fraccionamiento sucritos con anterioridad a la dación de la presente ordenanza, serán tratados como tal, no siendo posible su reversión o renuncia, tan solo se le exonera el 100% del interés moratorio generado como consecuencia de vencimiento de pago. Artículo 3º.- DEUDAS DE FISCALIZACIÓN Y CATASTRO Condonación de la Resolución de Multa y los Interés respecto de las deudas derivadas del proceso de fi scalización en caso de omisos sub valuadores y las generadas por Ficha catastral. Artículo 4º.- ACOGIMIENTO A LA PRESENTE ORDENANZA El acogimiento a la presente campaña se podrá realizar de la siguiente manera: 1) Mediante el pago al contado: se realizará en forma automática a través del pago de la deuda directamente en caja del palacio municipal y/o agencia municipales. En este caso, el pago registrado constituye la constancia del acogimiento. 2) Mediante pago fraccionado: conforme a lo establecido en las Ordenanzas 002-MDPP-03, 021-MDPP-04 y 034-MDPP-04, que regulan el procedimiento de fraccionamiento. El acogimiento a la presente campaña, en cualquiera de las formas señaladas en los numerales 1) y 2) del presente artículo, implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria o no tributaria.Artículo 5º.- DE LOS RECURSO IMPUGNATORIOS EN TRÁMITE Los contribuyentes que hayan presentado un recurso de reclamación, reconsideración o apelación, podrán acogerse al bene fi cio de la presente Ordenanza, siempre que se desistan de sus recursos presentados. Artículo 6º.- DE LAS DEUDAS EN PROCEDIMIENTO COACTIVO Frente al pago al contado del total de la deuda que se encuentra en cobranza coactiva se exonera del pago del 100% de las costas y gastos administrativos y se procederá a suspender el procedimiento; en caso que el pago sea fraccionado se pagará el 30% de las costas y gastos administrativos, antes de que el contribuyente suscriba el convenio de fraccionamiento. Artículo 7º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia, a partir del día siguiente de su publicación y vence el 30 de junio, Vencido el plazo se procederá inmediatamente a ejecutar la cobranza del total de la deuda. Artículo 8º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza no serán materia de devolución o compensación alguna. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias y/o Reglamentarias, incluyendo la ampliación de la vigencia del bene fi cio de la presente ordenanza, de ser necesaria la misma. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración. Gerencia de Informática y Estadística, Secretaria General el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 68855-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a EE.UU. para participar en la XIII Conferencia Interamericana de Alcaldes ACUERDO DE CONCEJO N° 084-2007-CDPH Punta Hermosa, 30 de mayo del 2007 VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, la aprobación de la autorización de viaje al exterior del país del señor Alcalde, Dr. Carlos Guillermo Fernández Otero y Regidor, Sr. Jaime José Freundt López en representación de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política, modi fi cada por Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que mediante Carta del 27 de abril del 2007, el Alcalde del condado de Miami Dade invita al señor Alcalde y Regidores a participar en la XIII Conferencia Interamericana de Alcaldes a realizarse en la ciudad de Miami, Estados Unidos entre los días 11 al 14 de junio del 2007;