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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 18 de junio de 2007 347380 Código Infracción Procedimiento PrevioMonto de la MultaMedida Complementaria higiene animal. 02-0821 Trasladar a los animales por la vía pública sin correa o medidas Subsanable 0.05 necesarias que permitan su control. 02-0822 Permitir que los animales miccionen en zonas destinadas al paso Descargo 0.05 peatonal. 2.9 AGUAS 02-0901 Captar, transportar, distribuir o almacenar, agua no potabilizada o contaminada 1 Decomiso destinada para el consumo humano. 02-0902 Abastecer de aguas a los camiones cisternas sin las características 1 Clausura por quince días físicas, químicas y bacteriológicas, establecidas en las Normas 02-0903 Distribuir el agua a la población con una concentración de cloro residual 1 libre por debajo de lo establecido en la norma sanitaria vigente. 02-0904 Operar el camión cisterna sin la autorización y registro de la autoridad 0.5 sanitaria municipal. 02-0905 No realizar los análisis bacteriológicos y la medición de cloro residual en Descargo 1 la cisterna, dentro del plazo previsto. 02-0906 No permitir o entorpecer las acciones de fiscalización a la autoridad 0.5 municipal en la cisterna del camión. 02-0907 No realizar la desinfección de las cisternas cada seis meses. Descargo 1 02-0908 Por abastecerse las distribuidoras, de surtidores no autorizados por SEDAPAL Descargo 1 02-0909 No renovar en el plazo previsto ante la Autoridad de Salud, la autorización Descargo 0.5 sanitaria para operar como camión cisterna. 02-0910 No presentar los libros de registros correspondientes del distribuidor, Descargo 0.5 cuando la autoridad municipal lo solicite. 02-0911 No abastecer de agua potable a la zona designada por la autoridad municipal, con la Descargo 1 frecuencia y cantidad necesaria para la población, sin mediar causa justi ficada. 02-0912 Laborar en la distribución de agua potable sin estar debidamente Descargo 0.25 uniformado y no portar el carnét de salud. 02-0913 Operar el distribuidor sin contar con los libros de registros 0.5 especi ficados en el Reglamento. 02-0914 No formalizar su inscripción como distribuidor en el Registro Municipal 1 respectivo, como empresa, comité u otra forma de organización societaria dentro del plazo previsto. 02-0915 Realizar trabajos de limpieza y desinfección en las cisternas, por Descargo 0.5 empresas de saneamiento ambiental, sin contar con la inspección técnica de la Autoridad de Salud correspondiente. 02-0916 No adoptar medidas preventivas o correctoras necesarias ordenadas en Descargo 0.5 las inspecciones realizadas por la Autoridad Sanitaria Municipal en el plazo establecido. 02-0917 Distribuir agua potable en zona no autorizada por la Municipalidad donde Descargo 0.25 se encuentre registrado. 02-0918 No tener actualizados los Registros Semestrales de la calidad de agua Descargo 0.05 de los camiones cisternas. 02-0919 No tener actualizado el Libro de Mantenimiento de las condiciones Descargo 0.05 sanitarias y del Registro de la calidad del agua de cada cisterna. 02-0920 No contar con el Certi ficado de Calidad del agua emitido por la autoridad competente. 0.05 LINEA DE ACCIÓN 03 : MORAL Y ORDEN PÚBLICO 3.1 INFRACCIONES EN PERJUICIO DE MENORES DE EDAD 03-0101 Permitir el trabajo a menores de 18 años en salones de billar, cabarets, 1 Clausura por treinta días centros nocturnos, boites, discotecas, prostíbulos y/o similares. 03-0102 No exhibir en un lugar visible la prohibición de ingreso de menores de Descargo 0.05 edad a los salones de baile y discotecas exclusivas para mayores de edad, peñas, boites, casinos, salones de bingo, salones de juegos, prostíbulos, casas de cita y/o similares. 03-0103 Permitir el ingreso de menores de edad a lugares exclusivos para 1 Clausura por treinta días mayores de edad como salones de baile, discotecas, peñas, boites, casinos, salones de bingo, salones de juegos, prostíbulos, casas de cita y/o similares, sin presentar el documento que acredite su condición de mayor de edad. 03-0104 Comercializar o facilitar el consumo de productos prohibidos y/o perjudiciales 1 Clausura por treinta días para menores de edad (bebidas alcohólicas, sustancias tóxicas). 03-0105 Expender revistas o videos pornográ ficos a menor de edad. 1 Clausura por treinta días 03-0106 Permitir el ingreso de menores sin la compañía de sus padres o 1 Clausura por treinta días responsables a locales de hospedaje y/o similares. 03-0107 No colocar los carteles en lugares visibles que indiquen la prohibición de los menores Subsanable 0.05 de edad de ingresar a áginas web de contenido pornográ fico, pornografía infantil, violencia extrema y/o similares 03-0108 No instalar en los equipos que utilicen los menores los filtros que impidan Descargo 0.5 Clausura por tres días su acceso a páginas web de contenido pornográ fico, violencia extrema y/o similares. 03-0109 Permitir el ingreso al establecimiento de cabinas de internet aquellos menores que Subsanable 0.05 inactiven los filtros informáticos de acceso. 03-0110 Permitir el ingreso de menores de edad a las cabinas privadas. 0.50 Clausura por quince días 03-0111 Permitir el ingreso y permanencia en cabinas de internet a menores de 0.05 edad después de las 23 horas a excepción de aquellos menores que se encuentren autorizados por sus padres o en compañía de ellos o un tutor.