Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2007 (21/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de junio de 2007

mas ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sancion; Que, en ese contexto resulta necesario adecuar de modo progresivo el Cuadro de Infracciones y Sanciones acorde con la realidad de la jurisdiccion, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las disposiciones y normas municipales y asegurar el MORDAZA de autoridad en el distrito; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta la siguiente:
ORDENANZA

Articulo Primero.- Incorporase al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, aplicable de conformidad a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 182-MDMM, la siguiente infraccion: OBRAS PUBLICAS (8000)
SANCIONES COD. INFRACCION MULTA EN OTRAS % DE UIT ACCIONES VIGENTE 100% Paralizacion por cada de la obra. propiedad a la que se obstaculice o impida el ingreso

8016 Obstaculizar o impedir, la empresa prestadora del servicio o la contratista, el acceso a las propiedades durante la ejecucion de los trabajos en la via publica, con la apertura de zanjas, elementos de senalizacion o cualquier otro obstaculo.

Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA
74750-1

estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; asi como garantizar la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas. Que, el literal g) del articulo 42° de la precitada ley expresa que es competencia exclusiva de las municipalidades, aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participacion, concertacion y fiscalizacion de la comunidad en la gestion municipal; Que, la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 53° que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion; Que, conforme a lo establecido en el literal 14 del articulo 9º de la mencionada Ley Organica, corresponde al Concejo Municipal aprobar normas que garanticen una efectiva participacion vecinal; Que, la Ley N° 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, establecen disposiciones que promueven la creacion de mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo, los que permiten el acceso a la informacion publica y la rendicion de cuentas. Que, la primera disposicion final del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF prescribe que los gobiernos locales preparan y emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en dicha MORDAZA y las directivas que emita la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, es necesario reglamentar el funcionamiento del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo de MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de que este Comite cumpla con los fines y objetivos para los cuales fue creado; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9° y el articulo 40° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL COMITE DE VIGILANCIA Y CONTROL DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA CAPITULO I

Aprueban Reglamento del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo del distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA N° 310-MDMM

OBJETIVOS Y BASE LEGAL

MORDAZA MORDAZA, 1 de junio de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, su articulo 197° establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, mediante Ley N° 27783 se aprobo la Ley de Bases de la Descentralizacion, estableciendo en el numeral 1 de su articulo 17° que los gobiernos locales

Articulo 1.- El presente reglamento tiene por objetivo normar el funcionamiento del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo del distrito de MORDAZA de Mar (en adelante CVCPP), precisando su composicion, funciones, atribuciones, competencias y obligaciones, acorde con la normatividad vigente. Articulo 2.- El CVCPP es un organo colegiado de la Sociedad Civil, encargado de vigilar la ejecucion del MORDAZA del Presupuesto Participativo que se desarrolla anualmente. Articulo 3.- El presente Reglamento tiene su sustento legal en la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF y la Ordenanza Nº 219-MDMM.
CAPITULO II ELECCION, COMPOSICION Y VIGENCIA DEL COMITE

Articulo 4.- Los miembros titulares y suplentes del CVCPP son elegidos en la etapa de los talleres de trabajo de dicho proceso; por el mecanismo de eleccion que para tal efecto designe el equipo tecnico del Presupuesto Participativo.

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