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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (22/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2007 347681 Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Néstor Francisco Popolizio Bardales 759.90 200.00 1+1 400.00 30.25 Hugo Claudio De Zela Martínez 759.90 200.00 1+1 400.00 30.25 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 75078-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de soporte técnico y actualización de licencias ORACLE requerido por diversas dependencias del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 295-2007 MTC/10 Lima, 19 de junio de 2007 VISTO:El Informe Nº 185-2007-MTC/10.02 de la Dirección de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, el Informe Nº 11-2007-MTC/10.06.JMR elaborado por la Dirección de Informática y el Informe Legal Nº 719-2006-MTC/08 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, relacionados con la solicitud de expedición de la Resolución Ministerial que exonere al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante el MTC) del proceso de selección correspondiente para contratación del servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias ORACLE; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo manifestado por la Dirección de Informática con Informe Nº 11-2007-MTC/10.06JLR, gran parte de la información del MTC se administra con productos Oracle, siendo necesario mantener el servicio de soporte técnico y actualizaciones para asegurar la continuidad y operatividad de los sistemas del MTC. De acuerdo a ello, indica que el Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias que brinda la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. otorga al MTC el derecho de hacer uso del soporte del producto que brinda acceso y asistencia técnica mediante su herramienta de soporte basada en Internet Oracle Metalink que atiende 24 horas al día, 7 días de la semana, los 365 días del año, la que sólo está disponible para todos los clientes con contratos de soporte activo; así como permite brindar el servicio de actualización de nuevas versiones de programas y documentación sin costo adicional, mediante la entrega de CD’s; Que, adicionalmente, el Director de Informática señala que de no contar con el Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias de la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A., se pondría en riesgo la información y los servicios que el MTC brinda a los usuarios internos y externos; lo que implicaría que se tenga que utilizar una plataforma informática diferente, y que se incurra en altos costos en el desarrollo de una nueva programación de Aplicaciones y Sistemas Informáticos, así como en la migración de las bases de datos institucionales, capacitar al personal de sistemas o contratar nuevo personal especialista en el uso de las nuevas herramientas, paralización de los sistemas, nueva capacitación a los usuarios fi nales; Que, de la revisión de los antecedentes se advierte que la contratación del Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias Oracle tiene como fi nalidad el mantenimiento de la operatividad: (i) Para el caso del Viceministerio de Comunicaciones: Internet Developer Suite - Named User Perpetual, Oracle Database Enterprise Edition Named User Perpetual, Change Management Pack - Named User, Diagnostics Management Pack - Named User, Tunig Management Pack - Named User, Internet Developer Suite - Named User Single Server, Discoverer Desktop Edition - Named User Perpetual, Internet Application Server Enterprise Edition - Processor Perpetual, Tunig Pack - Named User Plus Perpetual, Change Management Pack - Named User Plus Perpetual, Oracle Database Enterprise Edition - Named User Plus Perpetual, Oracle Database Enterprise Edition - Processor Perpetual, Oracle Database Enterprise Edition - Named User Plus Perpetual, Diagnostics Pack - Named User Plus Perpetual; (ii) Para el caso de la Dirección General de Aeronáutica Civil: Internet Application Server Standard Edition - Processor Perpetual, Oracle Database Standard Edition Processor Perpetual, y Oracle Standard Edition One - Named User Plus Perpetual; (iii) Para el caso de la Dirección General de Circulación Terrestre: Oracle Database Enterprise Edition - Processor Perpetual, Internet Developer Suite - Named User Perpetual, Internet Application Server Enterprise Edition - Processor Perpetual, Self-Service Tutor for Applications - Employee Perpetual; y (iv) Para el caso de la O fi cina General de Administración: Oracle Database Enterprise Edition - Processor Perpetual, Internet Application Server Enterprise Edition - Processor Perpetual; Que, de acuerdo a lo señalado por el Director de Abastecimiento en el Informe Nº 185-2007-MTC/10.02, el Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias Oracle, denominado también Software Update License & Support permitiría garantizar el correcto y continuo funcionamiento de los sistemas informáticos que vienen utilizando las dependencias del MTC; asimismo, indica que la contratación de dicho servicio se sustenta básicamente en la complementariedad que existe entre la necesidad de acceder a los softwares de Oracle, mediante licencias o permisos, y el servicio posterior que a estos softwares se les debe brindar, debiendo entenderse por servicios complementarios, aquellos necesarios que permitan el buen funcionamiento e integración de un determinado software, pues en caso de no contarse con dicho servicio, sería imposible garantizar las condiciones mínimas de viabilidad, tanto en la calidad como en la seguridad del software licenciado; Que, adicionalmente, re fi ere que el Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Licencias Oracle constituye un servicio que no admite sustitutos en el mercado, por tratarse de un servicio que no puede ser reemplazado por otro similar, a efectos de garantizar el correcto y continuo funcionamiento de los sistemas informáticos que se vienen utilizando en el MTC, señalando que la empresa Sistemas Oracle del Perú S.A. es la única empresa autorizada para comercializar los productos Oracle dado que cuenta con el conocimiento y la especialidad sobre los productos que comercializa y los servicios que brinda, no teniendo distribuidores autorizados, precisando que ninguna otra empresa del rubro informático puede brindar el Soporte Técnico a los productos Oracle con los que cuentan las dependencias del MTC, por no poseer el conocimiento sufi ciente ni la especialidad requerida; Que, mediante Carta de fecha 21 de mayo de 2007, el Director Legal de Oracle Latin América mani fi esta que Oracle Corporation es titular directa o indirectamente de los derechos de autor y propiedad intelectual de los