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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2007 347669 de Municipalidades, Ley N° 27972, con el VOTO unánime del Pleno del Concejo, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo en el Distrito de Chaclacayo el mismo que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani ficación y Presupuesto, Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano y demás áreas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Derogar la Ordenanza Nº 112- MDCH, así como cualquier otra norma o disposición que se oponga a la presente. Artículo Quinto.- En Los aspectos no previstos en la presente Ordenanza se aplicará supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley Nº 28056, Decreto supremo Nº 171-2003-EF, normas señaladas en la base legal del artículo 2º del reglamento y demás normas que emita el Ministerio de Economía y Finanzas en cuanto corresponda. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 75384-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Declaran cumplidas obras de habilitación urbana de terrenos ubicados en el distrito y autorizan libre adjudicación de lotes RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 070-2007/MDLO/SGDU/DCCHU Los Olivos, 23 de mayo de 2007 VISTO:El expediente Nº 2311-01 y acumulados, seguido por la Asociación de Compradores y Propietarios “Naranjos de Los Olivos”, representado por el Sr. Fortunato Zevallos Jara, con el cual solicitan la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del terreno, de 65,443.10 m2. que forma parte del LOTE 2B de 65,650.65 m2. de área de Propiedad de la Constructora Altamirano S.A. y del terreno de 15,939.80 m2. que forma parte del LOTE 3B de 18,600.00 m2. de área de propiedad de Inversiones Naranjal S.A., terrenos que formaron parte de Fundo Naranjal ubicado en la intersección de la Avenida Naranjal y la Autopista Canta Callao en el Distrito de Los Olivos, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, con el expediente de Visto, la Asociación de Compradores y Propietarios “Naranjos de Los Olivos”, bajo el amparo de las disposiciones contenidas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas, solicitan la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del terreno, de 65,443.10 m2. que forma parte de un área mayor de 65, 650.65 m2 denominado LOTE 2B y de 15,939.80 m2. que forma parte de un área mayor de 18,600.00 m2., denominado LOTE 3B, de Propiedad de la Constructora Altamirano S.A. y de Inversiones Naranjal S.A. respectivamente, terrenos ubicados en la intersección de la Avenida Naranjal y la Autopista Canta Callao en el Distrito de Los Olivos y que formaron parte de un área mayor del Fundo Naranjal, inscrita en el Tomo 2118, Fojas 511, Partida Nº 07082035 del Registro de Predios. Que, por Resolución de Alcaldía Nº5315 de fecha 14.12.1982, la Municipalidad de Lima aprueba de conformidad con los planos Nº273-82/GOP/DU/DCO/MLM el proyecto reajustado de trazado y lotización a favor de la Constructora Altamirano S.A. correspondiente a la Habilitación Urbana para uso de vivienda del terreno de 213,302.00 m2, denominado Urbanización Los Naranjos, constituido por parte del Sector “B” antes Urbanización El Parque del Naranjal Segunda Etapa, ubicado en el distrito de San Martín de Porres (Hoy Los Olivos). Que, por Resolución MLM/AM-SMDU Nº 021- 1985, se otorga a la constructora Altamirano S.A. un nuevo plazo de dieciocho (18) meses para ejecutar las obras del terreno de 135,768.00m2, que forma parte del terreno de 213,302.00 m2. constituidos por la primera y segunda etapa de la urbanización Los Naranjos. Que la recurrente ha cumplido con presentar la siguiente documentación: 1. Solicitud de Recepción de Obra, formulario Nº02, firmado por el presidente de la Asoc. Sr. Fortunato Zevallos Jara y el profesional responsable Ingº Civil Gonzáles Gonzáles Jorge Arturo C.I.P. Nº 7281. 2. Copia Literal partida N° 11291611 del registro de Personería Jurídica. 3. Copia de Escritura Pública de Independizacion y compra otorgada por Inversiones Naranjal S.A. a favor de Constructora Altamirano S.A. con fecha de 22-06-1981, inscrita en el tomo 2118- fojas 511, asiento 34 del 23/07/81 del Registro de Propiedad Inmueble denominado “LOTE 2B” y Copia de Partida Nº 07082035 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. 4. Copia de la Resolución de Gerencia de declaración y regularización de la propiedad N° 045-2001-COFOPRI/GDRP del 20/02/2001, que aprueba, el Plano perimétrico N° 0037- COFOPRI-2001-GDRP correspondiente a la Asociación de Propietarios de la Urb. Los Naranjos I Etapa parte “A”, ubicado en el distrito Los Olivos, provincia y departamento de Lima, con una área total de 39,405.29 m2. 5. Copia del Acta de Recepción de Obra AD-012-93 del 21/05/93 y AD-005-93 del 25/05/93, por Pavimentación de diversas Vías De La Urb. Los Naranjos –Los Olivos. 6. Copia de la Resolución N°042-91-D-ELM del 19/03/91, otorgada por ELECTROLIMA S.A. donde se recepciona las obras de eléctricas de alumbrado público de la Urb. Los Naranjos I etapa. 7. Copia de la Carta N° 062-93/PRES-SEDAPAL –3200 de fecha 16/03/93 y Carta N° 237-93/PRES-SEDAPAL –61020 de fecha 05/08/93, donde se aprueba la regularización de la recepción de obras Sanitarias de agua potable y alcantarillado de la Urb. Los Naranjos (Parque del Naranjal II etapa Zona B). 8. Certificado de Habilitación Profesional de la Arq. Yenny Xiomara Rodríguez Aguilar, quien reemplaza por motivos de salud al Ingº Civil Gonzáles Gonzáles Jorge Arturo C.I.P. Nº 7281. Que, el informe Técnico Nº096-2005-MDLO/SGDU/ DUCT/GTCCHU/DEVE, señala que de la Inspección Ocular se veri fica, que físicamente el Lote 2B y el Lote 3B se encuentran acumulados, que no existe modi ficación respecto al proyecto reajustado de trazado y lotización aprobado con la Resolución de Alcaldía Nº5315 de fecha 14.12.1982, emitido por la Municipalidad de Lima, que el aporte del Ministerio de Educación se encuentra libre, el aporte a Recreación Pública está constituido por parte de terreno del Lote 2B y del Lote 3B formando el Parque Nº 1 y del control de obras de electri ficación, agua potable, alcantarillado y pavimentación de calzada, se ha podido verificar que se encuentran ejecutadas, faltando ejecutar las veredas en la Av. Canta Callao y en parte de la Av. Naranjal. Que, el informe Nº076-2006 -MDLO/SGDU/DUCT- DMR, señala, que a la fecha el administrado a cumplido con la redención en dinero por el dé ficit de aporte reglamentario a Otros Fines acogiéndose a la Ordenanza