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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (22/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de junio de 2007 347671 APORTES % R4TOTAL ReglamentarioPROYECTO DEFICIT Ministerio Educación02% 265.37 265.37 m2. --------------- 265.37 m2. * El dé ficit de aporte reglamentario al M.E. de 265.37 m2. se encuentra ubicado en el LOTE 2B, formando parte del Lote 15 de la Mz. “Z.3” con un área total de 2,535.00 m2. Artículo Tercero.- INSCRÍBASE, el área de aporte Reglamentario por Recreación Publica de 9,600.00 m2, a favor de la Municipalidad de Los Olivos, de acuerdo a la normatividad vigente, cuyo diseño y ejecución de Obras será aprobada por la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Artículo Cuarto.- DISPONER, que, en la titulación individual que celebren, deberá insertar las cláusulas que establezcan la indivisibilidad de los lotes que se recepcionan. Artículo Quinto.- RECONÓZCASE, a partir de la presente resolución como “Urbanización Los Naranjos I Etapa Parte B ” a los terrenos constituidos por el Lote 2B con 65,650.65 m2. y el LOTE 3B con 15,939.80 m2., materia de la recepción de obras Habilitación Urbana. Artículo Sexto.- CONSIDERAR a la presente Habilitación de Tipo Progresivo, dejando diferida las obras de pavimentación de calzadas y aceras cuya ejecución será asumida por los adjudicatarios de lotes en un plazo no mayor de 10 (diez) años según lo establecido en el Titulo II.1 Art. 17 del Reglamento Nacional de Edi ficaciones. Artículo Sétimo.- REMÍTASE, Copia de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento de acuerdo al Decreto Supremo Nº010-05-Vivienda. Artículo Octavo.- TRANSCRÍBASE, la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP para los efectos de inscripción correspondiente y a los interesados Artículo Noveno.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario O ficial El Peruano, a cargo de los interesados estableciéndose en plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha de noti ficación de la presente Resolución. Artículo Décimo.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Desarrollo Urbano a través de la Dirección de Catastro Control y Habilitaciones Urbanas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEIDA ARANDA CHAMPA (e) Dirección de Catastro, Controly Habilitaciones Urbanas 75253-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2008 DECRETO DE ALCALDIA N° 017 San Juan de Lurigancho, 15 de junio del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Memorándum N° 130-2007-GP/MDSJL de fecha 4.06.2007, y el Informe Nº 252-2007-GAJ/MSJL de fecha 12.06.2007, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum N° 130-2007-GP/ MDSJL de fecha 4.06.2007 emitido por la Gerencia de Plani ficación, se señala que con fecha 26.05.2007 se ha llevado a cabo la reunión de la Comisión Permanente del Consejo de Coordinación Local Distrital, en la cual se ha procedido a elaborar el proyecto de cronograma y propuesta metodológica que regula el proceso de Presupuesto Participativo 2008 en el distrito de San Juan de Lurigancho, a efectos de que el mismo sea aprobado mediante el correspondiente Decreto de Alcaldía, conforme a lo señalado en el numeral 10.1.1 del Artículo 10° de la Ordenanza Municipal N° 115 que aprobó el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo. Que, mediante Informe N° 252-2007-GAJ/MSJL de fecha 12.06.2007, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego del análisis legal de las normas vigentes pertinentes sobre la materia se concluye opinando porque resulta procedente que el Titular de la Corporación Municipal mediante Decreto de Alcaldía, apruebe el cronograma y propuesta metodológica del presupuesto participativo del año fiscal 2008. Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modi ficada por Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el órgano ejecutivo de la Municipalidad. Que, mediante Ordenanza Nº 115 publicada con fecha 1.06.2007 en el Diario O ficial El Peruano se aprobó el Reglamento del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2008. Que, la citada Ordenanza N° 115, en el numeral 10.1.1 del Artículo 10° señala que la metodología y programación del presupuesto participativo se aprobará mediante Decreto de Alcaldía. Que, la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece las disposiciones y lineamientos que permitan asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en armonía con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales. Que, el primer párrafo del Artículo 53° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de plani ficación”. Que, el Artículo 42° de la norma citada en el considerando anterior, señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”. Estando a lo antes expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ordenanza Municipal Nº 115; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma y Propuesta Metodológica que regula el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2008 en el distrito de San Juan de Lurigancho, conforme a lo detallado en el anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Plani ficación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde