Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2007 (22/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de junio de 2007

productos Oracle, o le han sido otorgados los derechos de distribucion de productos Oracle, los cuales incluyen derechos de autor y propiedad intelectual que pertenecen a otras entidades. De igual manera, indica que la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. es la unica empresa autorizada en el Peru para la contratacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle; Que, de acuerdo a lo expuesto, el Director de Abastecimiento considera conveniente la celebracion de un contrato con la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., para la prestacion del servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de Licencias Oracle a favor de las diversas dependencias del MTC, por el plazo de doce (12) meses, contados a partir del dia de suscripcion del contrato respectivo, por un monto ascendente a la suma de S/. 338,637.37 (Trescientos treinta y ocho mil seiscientos treinta y siete con 37/100 Nuevos Soles) incluido IGV; Que, mediante Memorandum Nº 0355-2007MTC/10.01, la Direccion de Administracion Presupuestal, informa que en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) para el ano fiscal 2007, se cuenta con disponibilidad presupuestal para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion para la contratacion del Servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de Licencias Oracle, hasta por la suma de S/. 338,639.00 (Trescientos treinta y ocho mil seiscientos treinta y nueve y 10/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios; Que, de acuerdo al inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. De acuerdo a esta disposicion se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con los articulos 146º y 147º de su Reglamento, establecen que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Estas resoluciones requieren obligatoriamente de uno o mas informes tecnico-legales previos que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE. Queda prohibida la aprobacion de exoneraciones en via de regularizacion a excepcion de la causal de situacion de emergencia. MORDAZA de dichas Resoluciones y el informe que las sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, de conformidad con lo senalado en el citado articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 148º de su Reglamento, las adquisiciones o contrataciones se realizaran en forma directa mediante acciones inmediatas. A tal efecto, la adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser

obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, segun se desprende del Informe Nº 185-2007MTC/10.02 de la Direccion de Abastecimiento y el Informe Nº 11-2007-MTC/10.06JLR de la Direccion de Informatica, las siguientes dependencias del MTC: Viceministerio de Comunicaciones - Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo, Direccion General de Aeronautica Civil, Direccion General de Circulacion Terrestre (DGCT) y la Oficina General de Administracion, actualmente vienen utilizando productos Oracle, habiendose acreditado que la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., es el unico proveedor que puede brindar, de manera exclusiva, el Servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de Licencias Oracle, lo cual ha sido ratificado por la empresa Oracle Latin MORDAZA, habiendose configurado la causal de exoneracion prevista en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con el informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones del Concurso Publico para la contratacion del servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de Licencias ORACLE requerido por diversas dependencias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta por la suma S/. 338,637.37 (Trescientos treinta y ocho mil seiscientos treinta y siete con 37/100 Nuevos Soles), conforme a lo dispuesto en el inciso e) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion la contratacion referida en el articulo 1º, con la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., mediante acciones inmediatas de conformidad con lo establecido en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo 3º.- La contratacion referida en el articulo 1º de la presente Resolucion se realizara con cargo a Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001- Administracion General. Articulo 4º.- El plazo de vigencia del contrato sera de un (1) ano contado a partir de su suscripcion. Articulo 5º.- La presente Resolucion, asi como los Informes Nº 185-2007-MTC/10.02, Nº 11-2007-MTC/10.06 y Nº 719-2006-MTC/08 seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 6º.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la presente Resolucion Ministerial debera publicarse a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 76073-1

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