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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (23/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de junio de 2007 347742 de una Audiencia Pública para el día 2 de julio del 2007, motivo por el cual en la actualidad este proceso se encuentra suspendido hasta la resolución del presente recurso por parte del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CONSUCODE. Que, de mediante Informe técnico Nº 036-2007-UL/ MDH, de fecha 18 de junio del 2007, remitido por la Unidad de Logística a la Gerencia Municipal, donde informa que el requerimiento realizado por el Programa del Vaso de Leche en el cual anexan una hoja con la cantidad de productos alimenticios a adquirirse hasta por TRES meses; no puede atenderse por los motivos expuestos en el párrafo anterior, recomendando se tomen las acciones inmediatas a fi n de atender lo solicitado por el PVL, para lo cual propone declarar en situación de Desabastecimiento Inminente, por tanto gestionar ante el Concejo Municipal la exoneración para el abastecimiento de este producto hasta por 3 meses; en cumplimiento a los procedimientos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley Nº 26850 aprobado mediante D.S. Nº 083-2004 PCM y su reglamento aprobado mediante D.S. Nº 084-2004 PCM, en la cual según el Art. 28º establece que una vez de fi nido las características técnicas por el área Usuaria, la dependencia encargada de las Adquisiciones efectuara los estudios de mercado o indagaciones según corresponda, en mérito a ello en virtud a su requerimiento esta unidad, realizo las indagaciones que corresponden a fi n de determinar el valor referencial de los productos alimenticios solicitados, el cual asciende a la suma de S/. 33,289.80.00 Nuevos soles. Así mismo con Informe Nº 040-2007-UPP/MDH, del 18 de mayo del 2007, la Unidad de Presupuesto, otorga la disponibilidad presupuestal para la adquisición de los productos alimenticios, por el monto de S/. 33,289.80.00 Nuevos soles, adjuntando la Estructura Funcional Programática correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 055-2007-MDH/GM, de fecha 18 de junio del 2007, remitido por el Gerente Municipal al Asesor Legal de la Municipalidad, donde solicita disponer su evaluación legal del informe técnico mencionado en el párrafo precedente, en virtud a ello el Asesor Legal mediante Informe Nº 0140-2007-AL/MDH, de fecha 18 de junio del 2007, opina que encontrándose probado el Desabastecimiento Inminente se declare procedente la exoneración de selección de adquisiciones. Recomendando que en la proforma del contrato se considere una cláusula de Resolución del contrato al consentimiento de la Bueno Pro por el CONSUCODE; Que, con nota de elevación Nº 002-2007-MDH/GM, de fecha 18 de junio del 2007, el Gerente Municipal remite el informe técnico Legal sobre la exoneración de proceso de selección para la adquisición de productos alimenticios (Quinua Avena), el cual debe ser sometido a consideración del Concejo Municipal, para su aprobación, en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 141º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, habiéndose sustentado y fundamentado el desabastecimiento inminente de los productos alimenticios (Quinua Avena), en Sesión Extraordinaria del 19 de junio del 2007, mediante punto de agenda, en el cual el pleno del concejo aprobó por unanimidad; y siendo el Alcalde quién preside el Concejo Municipal y siendo éste su máxima autoridad administrativa y representante Legal; Que, como lo señala el Art. 20º Inc. 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, son atribuciones del Alcalde; Dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Estando a lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y atribuciones conferidas en la misma; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR en situación de desabastecimiento Inminente la adquisición de los productos alimenticios (Quinua Avena) para el Programa del Vaso de Leche. Artículo Segundo.- EXONERAR el proceso de selección por desabastecimiento inminente, para la adquisición de productos alimenticios (Quinua Avena), la que permitirá atender por el espacio de TRES meses a los bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Huaura, en cumplimiento de lo dispuesto en el Inc. “C” del Artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas emitidas para estos efectos. Artículo Tercero.- INICIAR las acciones administrativas conducentes a establecer las responsabilidades administrativas, en los funcionarios que por negligencia hayan omitido la realización del proceso de selección correspondiente. Artículo Cuarto.- PRECISAR que el valor referencial de la Adquisición, incluyendo el IGV se ha calculado en la suma ascendente de S/. 33,289.80 Nuevos soles, para la adquisición de los productos alimenticios (Quinua Avena), el mismo que será fi nanciado con cargo a los recursos asignados en el presupuesto del presente año de la Municipalidad Distrital de Huaura al Área del Programa del Vaso de Leche con la Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, Especi fi ca 5.3.11.24 Alimentos de Personas. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a la Unidad de Logística como la DEACE, la adquisición de los productos alimenticios (Quinua Avena) para el programa del vaso de leche en forma directa e inmediata tal como lo señala el Art. 148º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Sexto.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución a Secretaria General, en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento del Inc. “C” Artículo 20 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del termino de Ley y remítase copia a la Contraloría General de la República y CONSUCODE en el plazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JACINTO ROMERO TRUJILLO Alcalde Distrital 75820-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL