Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2007 (27/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable del Ejercito del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 4 al 12 de MORDAZA de 2007, para participar en un intercambio profesional de Cadetes entre los Ejercitos del Peru y Chile. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 77628-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 476-2007-DE/SG MORDAZA, 25 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 0672 de fecha 13 de junio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XI Ronda de Conversaciones entre Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y Ecuador, se acordo la realizacion anual de reuniones de los Jefes de Estado Mayor General, para dar cumplimiento de esta manera a las medidas para el fomento de la Confianza Mutua establecidas entre el Peru y Ecuador; Que, la III Reunion de Jefes de Estado Mayor de las Fuerzas Aereas de Peru y Ecuador se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, los primeros dias del mes de MORDAZA de 2007; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar ecuatoriano, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 1 al 7 de MORDAZA de 2007, con el fin de participar en la III Reunion de Jefes de Estado Mayor de la Fuerza Aerea de Ecuador y de la Fuerza Aerea de Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 77628-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 477-2007-DE/SG MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº F-688 de fecha 15 de junio de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Popular China, sin MORDAZA de guerra; Que, comisarios politicos de division y brigada (oficiales que se encuentran ejerciendo funciones de comando de unidades terrestres, navales y aereas) del Ejercito de Liberacion Popular de China, visitaran unidades militares del Peru y se entrevistaran con sus pares con la finalidad de intercambiar experiencias en cuanto a organizacion, entrenamiento, educacion e instruccion, de las correspondientes fuerzas, asi como, estrechar lazos de cooperacion y apoyo; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la Direccion General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica Popular China, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 4 al 8 de MORDAZA de 2007, para realizar una visita oficial. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de

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