Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2007 (27/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo Sexto.- DESIGNAR al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del MORDAZA Juzgado Mixto de San MORDAZA de Lurigancho, mientras dure la ausencia del doctor MORDAZA Taguche. Articulo Setimo.- Las presentes designaciones se haran efectivas a partir del lunes dos de MORDAZA del presente ano. Articulo Octavo.- INDICAR que de conformidad con lo expuesto en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, las designaciones efectuadas no irrogaran gastos adicionales al Poder Judicial. Articulo Noveno.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. J. MORDAZA MORDAZA ZALDIVAR Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 77861-1

delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, tipificado en el articulo 428° del Codigo Penal, en agravio del RENIEC; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atencion al Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil 77031-2

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 549-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 22 de junio de 2007 VISTOS: El Oficio N° 943-2007/GPDR/RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe N° 811-2007-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los Informes N°s. 3523 y 4698-2006/HYC/ SGDAR/GP/RENIEC del Area de Habilitaciones y Cancelaciones, determinan que dos ciudadanos, lograron que se insertase datos falsos, con la MORDAZA de un Formulario de tramite en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, obteniendo indebidamente una inscripcion con la que usurparon la identidad de otro ciudadano; siendo dichas inscripciones las siguientes:
Informe de N° de Res. Adm. de N° Homologacion Inscripcion Cancelacion Monodactilar 42812573 336-2006/AP/ 1 1439-2006/SGDAR/GP SGDAR/GP 80175533 06648454 2 296/2006/BG/GP 2197-2006/SGDAR/GP 06641205

Expresan reconocimiento institucional en su dia a los Registradores del Estado Civil
RESOLUCION JEFATURAL Nº 554-2007-JNAC/RENIEC MORDAZA, 26 de junio de 2007 VISTOS: El Oficio Nº 002746-2007/GOR/RENIEC de la Gerencia de Operaciones Registrales, el Informe Nº 000844-2007/GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 105-86-ED, de 24 de junio de 1986, se establecio el 26 de junio, como dia del Registro del Estado Civil, disponiendose que el Ministerio de Educacion, en coordinacion con los sectores competentes, debia incorporar tal fecha al Calendario Civico Escolar; Que, de conformidad con lo previsto por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26497, el RENIEC tiene a su cargo, entre otros, la inscripcion de los nacimientos, matrimonios, defunciones, asi como los hechos y actos relativos a la capacidad y al estado civil, en cuya virtud, constituye el Ente Rector del Sistema Registral Civil, del cual dependen funcionalmente las Oficinas Registrales que han sido incorporadas a la Entidad y las que funcionan en los diversos Consulados del Peru en el exterior, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centro Poblado Menor, asi como en las Comunidades Campesinas y Nativas; Que, como Ente Rector del Sistema Registral, el RENIEC ha impulsado politicas, de naturaleza permanente, a fin de consolidar y homogeneizar el criterio para el desempeno de la funcion, a traves de la MORDAZA capacitacion de los Registradores del Estado Civil, la atencion especializada de sus consultas, a lo que se anade las acciones de fiscalizacion para asegurar la legalidad de las inscripciones; Que, de otro lado, el RENIEC viene incorporando progresivamente a las Oficinas Registrales, lo cual dotara de mayores garantias a la inscripcion y generara mayor seguridad juridica, fin fundamental del desempeno de la funcion y motivo de la trascendencia que alude la Resolucion Suprema Nº 105-86-ED, que reconoce la

Nombres y Apellidos Stefany MORDAZA MORDAZA Giovana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, si bien las resoluciones administrativas MORDAZA senaladas, excluyeron definitivamente del mencionado registro, la inscripcion que aparece en MORDAZA termino, al acreditarse que la identidad le corresponde a otra persona; el comportamiento de los indicados ciudadanos, al insertar indebidamente datos que no le corresponden, constituye indicio valido de la presunta comision del

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