Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2007 (27/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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- Kamov 32 - SA 330 J - Eurocopter AS 350B3, AS 350B2, AS 350B1, AS 350B (Ecureuil) - AS 350 - MI 17, MI 171, MI-172 - Sikorsky S61, S61L, S61N Segun inciso a) del Articulo 155º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil Nº 27261 ZONAS DE OPERACION: CIRCUITOS TURISTICOS Los autorizados mediante Resolucion Directoral Nº 188-2004-MTC/12 del 29 de noviembre del 2004, a excepcion de los sobrevuelos al Santuario Historico de Machupicchu indicado por el Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA mediante Oficio Nº 2842007-INRENA-IANP/DOANP. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Nasca SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aerodromo de MORDAZA - Aeropuerto de Chachapoyas - Aeropuerto de Tarapoto - Aeropuerto de MORDAZA - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" - Aerodromo Lib Mandi Metropolitano - Helipuerto de Superficie "Maria Reiche" - Helipuerto de Superficie "Helinka" Segun inciso b) del Articulo 155º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil Nº 27261 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, HELIPUERTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS DEPARTAMENTO: AMAZONAS - MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, Galilea, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA El Valor. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chimbote, Huaraz/Anta. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Chivay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ayacucho. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Jaen. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Quincemil, Las Malvinas, MORDAZA Mundo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Tingo Maria. DEPARTAMENTO: ICA - Nasca, MORDAZA, Helipuerto de Superficie "Maria Reiche" DEPARTAMENTO: MORDAZA - Jauja, Mazamari/Manuel Prado. DEPARTAMENTO: LA MORDAZA - Pacasmayo, MORDAZA, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez".

DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, Corrientes / Trompeteros, El Estrecho, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MORDAZA DE MORDAZA - Huaypetue, Iberia, Mazuko, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Talara, Piura. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Helipuerto de Superficie "Helinka." DEPARTAMENTO: TUMBES - Tumbes. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Breu, Pucallpa, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, Sepahua, Yarinacocha. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de MORDAZA - Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto de Nasca. - Aeropuerto de Chimbote. - Aerodromo de Pisco. - Helipuerto de Superficie "Helinka" - Helipuerto de Superficie "Maria Reiche" Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a HELINKA S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- HELINKA S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- HELINKA S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- HELINKA S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- HELINKA S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de HELINKA S.A.C. podran operar en las rutas, helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico-financiera, exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion.

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