Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2007 (27/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2007

MORDAZA retome conversacion conciliadora con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y busque solucion final, referente al acuerdo tomado en la sesion de Consejo Universitario de fecha 5 de MORDAZA de 2000 (...); Que, mientras las conversaciones entre el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Alta Direccion de la Universidad Nacional de MORDAZA, se llevaban a cabo, el tramite del MORDAZA Civil Nº 99-0426-JC01, proseguia, de tal forma que el 8 de agosto de 2006, la Sala Especializada Civil de MORDAZA, senala fecha para la vista de la causa, como paso previo para la emision de la nueva sentencia ordenada por la Sala Civil de la Corte Suprema de la Republica. Durante dichas conversaciones se llego a establecer que en la actualidad resultaba imposible viabilizar la formula conciliatoria aprobada como acuerdo por el Consejo Universitario el 5 de MORDAZA de 2000, y que se ha mencionado en el octavo considerando, toda vez que la MORDAZA que la Universidad habia acordado ceder al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de compensacion a la donacion por el hecha, ya habia sido asignada para la construccion de la Residencia Universitaria; Que , en virtud de los acontecimientos expuestos en el considerando anterior, las partes inician una otra ronda de conversaciones para la busqueda de una nueva formula conciliatoria, habiendo el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propuesto: que la Universidad Nacional de MORDAZA, le comprara 5,000 m2 de los 10000.00 donados el 28 de MORDAZA de 1993, a un precio de $ 80.00 (ochenta) dolares americanos por metro MORDAZA, ascendiendo a un monto total de $ 400000.00 (cuatrocientos mil) dolares americanos, manteniendose la donacion de los 5000 (cinco mil) metros cuadrados restantes. Empero, la Universidad Nacional de MORDAZA, asumiendo la formula conciliatoria propuesta, le plantea una contraoferta, especificamente en el precio a pagar por los 5000 (cinco mil) metros cuadrados que habria de comprar, a saber, la suma de $ 206000.00 (doscientos seis mil) dolares americanos, lo que significaba un costo de $ 41.20 (cuarenta y uno con veinte) dolares americanos por metro MORDAZA, manteniendose la donacion por los otros 5000 m.; Que, al ser sometida, la formula, a conocimiento del Consejo Universitario de la Universidad Nacional de MORDAZA, este organo de gobierno, previo a cualquier decision, acordo solicitar la realizacion de una tasacion por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, la que se realizo por un perito con registro ante el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, pero sin contar con el Visto MORDAZA de este organismo, arrojando como valor total de los 10000 (diez mil) metros cuadrados, la suma de $. 902000.00 (novecientos dos mil) dolares americanos; es decir $ 90.00 (noventa) dolares americanos por metro MORDAZA, que al cambio en soles (3.23 a esa fecha) hacia la suma de S/. 2914429.00 (dos millones novecientos catorce mil cuatrocientos veintinueve) nuevos soles. Ante esta circunstancia, con la finalidad de cumplir estrictamente con el acuerdo del Consejo Universitario se exige al Comite de Gestion Patrimonial, realizar el pedido de tasacion directamente con el Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA, lo que al verificarse arroja que el costo del terreno mencionado asciende, en sus 10023 metros cuadrados, a un valor comercial de $202965.75 (doscientos dos mil novecientos secenticinco con 75/100) dolares americanos; Que, con la comunicacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del monto de la valorizacion comercial realizada por el Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA, se le propuso aplicarla a la formula de negociacion descrita en el decimo MORDAZA considerando, lo que implicaba que: la Universidad Nacional de MORDAZA, podria cancelar por los 5000 (cinco mil) metros cudrados la suma aproximada de $ 100000.00 (cien mil) dolares americanos, al corresponder a la mitad de los 10000 (mil) metros cuadrados valorizados por el Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA, en la suma de $202965.75 (doscientos dos mil novecientos secenticinco con 75/100) dolares americanos, manteniendose la donacion de los otros 5000 (cinco mil) metros cuadrados. Propuesta que fue rechazada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien manifesto su disconformidad por el costo calculado, refiriendo que estaba totalmente desfasado, pidiendo

asumir una nueva formula, por la cual: solo habria de realizarse un contrato de compraventa por la totalidad del bien, es decir, por los 10000 (diez mil) metros cuadrados, por un monto superior a lo valorizado por el Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA, y dejandose de lado la opcion de donacion; Que, tras la negativa del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a aceptar la propuesta que le hizo la Alta Direccion de la Universidad Nacional de MORDAZA, y que ha sido descrita en la primera parte del considerando anterior, esta le hizo conocer la imposibilidad de asumir un pago por los 10000 (diez mil) metros cuadrados superior a los $202965.75 (doscientos dos mil novecientos sesenticinco con 75/100) dolares americanos valorizados por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, como el pretendia; ante lo cual MORDAZA MORDAZA MORDAZA, manifesto como MORDAZA opcion: la de aceptar como pago por los 10000 (diez mil) metros cuadrados la suma MORDAZA indicada. Por lo que la Alta Direccion tomo la decision de poner en conocimiento de esta situacion al Consejo Universitario a fin se tomara la decision final en su seno. Que, con fecha 9 de enero de 2007, se notifica a la Universidad Nacional de MORDAZA, la resolucion de fecha 27 de diciembre de 2006, expedida por la Sala Especializada Civil de MORDAZA, mediante la cual, existiendo discordia entre los magistrados que la conforman, en el sentido que habria de tener la sentencia a expedirse, a saber "a) que se revoque la sentencia de fojas seiscientos ochenta y cinco y siguientes, que declara fundada la demanda de restitucion de bien de fojas trece a diecisiete; y reformandola se declare improcedente dicha demanda; y b) que se confirme la sentencia recaida en la resolucion numero cincuenta y tres, de fecha 27 de MORDAZA de 2004, obrante de folios seiscientos ochenta y cinco a seiscientos noventa y uno de autos, que declara fundada la demanda de folios trece a diecisiete interpuesta por la sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Murrugarra MORDAZA de MORDAZA, sobre restitucion de bien inmueble, y ordena que la Universidad Nacional de MORDAZA, restituya el predio descrito en la clausula tercera de la escritura publica de donacion de fecha veintiocho de MORDAZA de 1993 de folios dos a cinco (...)", y en la que, por ello, se resuelve llamar para dirimirla al Vocal senor MORDAZA MORDAZA Goicochea, senalandose fecha para la vista de la causa el 8 de marzo de 2007; Que, el Consejo Universitario, en su sesion ordinaria del 10 de enero de 2007, teniendo en cuenta la forma y circunstancias como se produjeron y se venian produciendo los hechos MORDAZA descritos, y atendiendo a la evaluacion de los beneficios y desventajas de la propuesta llevada a su seno, es que acordo por unanimidad "Aprobar la formula de negociacion a la que arribo la Alta Direccion y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, referente al predio sub litis denominado La MORDAZA, de 10023 metros cuadrados, sometido a pretension de restitucion de bien inmueble en el MORDAZA Judicial Nº 99-0426-JC01, del Primer Juzgado Civil de Cajamarca. En el sentido de que la Universidad Nacional de MORDAZA, se compromete a adquirir dicho predio mediante compraventa, por la suma de doscientos dos mil novecientos sesenta y cinco con 75/100 dolares americanos ($202965.75), que corresponde a la tasacion realizada por la Comision Liquidadora del Consejo Nacional de Tasaciones ­ CONATA, en su Informe Tecnico de Valuacion Comercial, del 20 de octubre de 2006, suscrito por los peritos: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con CIP Nº 25928 e Ingº MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, con CIP Nº 18786, contenido en el Expediente Administrativo Nº 4949-2006. Y autorizar al senor Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA, para que con el apoyo de las oficinas competentes proceda a realizar todas las acciones necesarias ante el Organo Jurisdiccional correspondiente y la administracion universitaria, a fin de materializar el contenido de la formula de negociacion MORDAZA citada". Acuerdo este que se plasmo en la Resolucion Rectoral de Consejo Universitario Nº 0312-2007-UNC, de fecha 18 de enero de 2007; Que, en cumplimiento del acuerdo y Resolucion Rectoral de Consejo universitario, MORDAZA mencionados, es que el 12 de marzo de 2007, ante la Notaria del Dr.

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