Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2007 (02/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

340768

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2007

MORDAZA conocimiento de la misma y adopte las medidas necesarias. Articulo 4º.- La documentacion dirigida a OSINFOR debera ser presentada ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA de Iquitos, quien actuara como Mesa de Partes, en el presente procedimiento administrativo unico. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente (e) de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables OSINFOR 31671-1

Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta conveniente aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera pagada en el mes de enero de 2007, asi como los montos a que se refiere el numeral 16.6 del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 1572004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 1572004-EF y las normas modificatorias y complementarias correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion de la Regalia Minera, correspondientes al mes de enero de 2007, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2007 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica ­ INEI, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de participacion y distribucion establecidos en el Articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION REGALIA MINERA ENERO DE 2007
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES INDICE

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de enero de 2007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 109-2007-EF/15 MORDAZA, 28 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por la Ley Nº 28323, se establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion; Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, establece que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los titulares de las concesiones mineras MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, los Articulos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, los Articulos 4º y 6º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, sus normas modificatorias y complementarias, establecen la base de referencia y la determinacion de la Regalia Minera; Que, con base a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 017-2007-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT, segun el Oficio Nº 060-2007-SUNAT/200000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 146-2007-SE-DGPU/DEEI, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales - DGAES del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el numeral 8.2 del Articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendarios despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 157-2004-EF - Reglamento de la Ley de Regalia Minera, establece que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion de la Regalia Minera; Que, el literal b) del numeral 15.5 del Articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera seran aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ­ DGAES de dicho ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente;

TOTAL GOBIERNOS LOCALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA COCHABAMBA COLCABAMBA HUANCHAY INDEPENDENCIA JANGAS LA MORDAZA OLLEROS PAMPAS PARIACOTO PIRA TARICA AIJA AIJA CORIS HUACLLAN LA MORDAZA SUCCHA MORDAZA RAYMONDI LLAMELLIN ACZO CHACCHO CHINGAS

1.0000000000

0.0001038254 0.0000105256 0.0000011089 0.0000138232 0.0001479028 0.0000166339 0.0000059146 0.0000122453 0.0000069877 0.0000182110 0.0000193165 0.0000214336

0.0000080061 0.0000088050 0.0000018857 0.0000141725 0.0000045158

0.0000203179 0.0000108455 0.0000113059 0.0000109806

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.