Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2007 (02/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

340783

investigar los actos funcionales relacionados con los actos preparatorios, convocatoria y el MORDAZA de la Licitacion Publica Nº 0017-2006-ED/UE109 "Adquisicion de Utiles para el PRONAMA". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 32215-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0099-2007-ED MORDAZA, 28 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 82º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Solo procede en ausencia del titular para el desempeno de funciones de responsabilidad directiva compatible con niveles de MORDAZA superiores al del servidor y en ningun caso debe exceder el periodo presupuestal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25672 modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar, a partir del 1 de marzo de 2007, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA las funciones de Jefe de la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion, cargo considerado de confianza. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 32215-2

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la comision de delito contra la Administracion Publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0100-2007-ED MORDAZA, 1 de marzo de 2007 Vistos, los actuados de la Licitacion Publica por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0017-2006-ED/ UE 109 "Adquisicion de utiles destinados al Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion", y demas documentos; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 se aprobo el MORDAZA de Seleccion Abreviado (PSA) para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras relacionadas con las actividades y proyectos bajo el ambito de la Ley Nº 28880, Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006; Que, mediante Resolucion de Secretaria General Nº 1030-2006-ED, de fecha 14 de diciembre de 2006, se aprobo el Expediente de la Licitacion Publica por MORDAZA

de Seleccion Abreviado Nº 0017-2006-ED/UE 109 "Adquisicion de utiles destinados al Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion", con un valor referencial de S/ 1´712,767.00 Nuevos Soles; asimismo, se designo a los integrantes del Comite Especial encargado de llevar a cabo la referida Licitacion, entre ellos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oyague, Presidenta; MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, miembros titulares; Que, por Resolucion de Secretaria General Nº 10832006-ED, de fecha 21 de diciembre de 2006, se aprobaron las Bases de la Licitacion Publica por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0017-2006-ED/UE 109 "Adquisicion de utiles destinados al Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion", con un valor referencial de S/ 1´712,767.00 Nuevos Soles; Que, a traves del Acta denominada LICITACION PUBLICA POR MORDAZA DE SELECCION ABREVIADO Nº 0017-2006-ED/UE 109 - PRIMERA CONVOCATORIA - "ADQUISICION DE UTILES", de fecha 10 de enero de 2007, se declaro desierto el referido MORDAZA, de conformidad con el articulo 32º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, ante lo cual, se expidio la Resolucion de Secretaria General Nº 0062-2007-ED, de fecha 5 de febrero de 2007, por la cual se aprobaron las Bases de la Licitacion Publica por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0017-2006-ED/ UE 109 - MORDAZA Convocatoria: "Adquisicion de utiles destinados al Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion", con un valor referencial de S/ 2´386,426.00 Nuevos Soles, teniendo en consideracion lo expresado por el Area de Estudio de MORDAZA y la Unidad de Presupuesto a traves del Proveido VR Nº 001-2007-ME/UA-AEM, de fecha 12 de enero de 2007, y la Hoja de Coordinacion Interna Nº 073-2007-ME/SPE-UP, de fecha 24 de enero del mismo ano, respectivamente; Que, siendo ello asi, con fecha 8 de febrero de 2007 se convoco en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) la Licitacion Publica por MORDAZA de Seleccion Abreviado Nº 0017-2006ED/UE-109 (Segunda Convocatoria), cuyo objeto es la "Adquisicion de utiles destinados al Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion (PRONAMA)"; Que, con fecha 23 de febrero de 2007, en Acto Publico y luego de la evaluacion de propuestas, se otorgo la Buena Pro al Consorcio TAI MORDAZA S.A. - TAI HENG S.A; Que, posteriormente, a traves del Memorando Nº 2532007-ME-PRONAMA, el Director Ejecutivo del PRONAMA senala, en relacion con la variacion del valor referencial del MORDAZA de seleccion, que la Oficina General de Administracion - OGA no ha satisfecho la inquietud formulada en los Memorandos Nºs. 038 y 69-2007-MEPRONAMA, por lo que sugiere no suscribir el contrato con el ganador de la buena pro hasta que el inconveniente sea aclarado; Que, tal situacion descrita por la dependencia usuaria implica que el cuestionamiento esta referido a que el monto de la contraprestacion no es acorde con los valores de MORDAZA, por lo que se habria configurado un vicio insubsanable anterior a la convocatoria, MORDAZA si el valor referencial de la primera convocatoria ascendio a S/. 1'712,767.00 (Un millon setecientos doce mil setecientos sesenta y siete con 00/100 Nuevos Soles) y en la MORDAZA convocatoria de S/. 2'386,426.00 (Dos millones trescientos ochenta y seis mil cuatrocientos veintiseis con 00/100 Nuevos Soles), lo cual implica un aumento de S/. 673,659.00 (Seiscientos setenta y tres mil seiscientos cincuenta y nueve con 00/100 Nuevos Soles); Que, al respecto, el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM establece que "los valores referenciales no podran ser superiores a los valores de MORDAZA, salvo informe tecnico de la entidad"; asimismo, el articulo 32º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, precisa que el valor referencial "es el valor determinado por la Entidad mediante estudios o indagaciones sobre los precios que ofrece el MORDAZA

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