Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2007 (02/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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como condicion o requisito previo a la impugnacion de un acto de la propia administracion publica, es contrario a los derechos constitucionales al debido MORDAZA, de peticion y de acceso a la tutela jurisdiccional y, por tanto, las normas que lo autorizan son nulas y no pueden exigirse a partir de la publicacion de dicha sentencia; Que, el numeral 36.3 del articulo 36º de la Ley Nº 27444 establece que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Que, con sujecion a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, resulta necesario modificar el MORDAZA de la CONASEV; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

y la sentencia del Tribunal Constitucional (Expediente Nº 3741-2004-AA/TC); SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, aprobado por el Decreto Supremo Nº 056-2002-EF, en lo referido a la eliminacion del requisito de pago de la tasa o derecho de tramitacion establecido en los procedimientos 1 y 2 del rubro "recursos administrativos", conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

ANEXO
RECURSOS ADMINISTRATIVOS
01. RECURSO DE RECONSIDERACION - Plazo de MORDAZA : 15 dias habiles, contado a partir del dia habil siguiente de aquel en que se practique la notificacion o publicacion del acto administrativo que se impugna. En caso de publicaciones sucesivas a partir de la ultima. - Plazo MORDAZA para resolver: 30 dias habiles. - Autoridad u organo al que se dirige: el que dicto el primer acto que es materia de la impugnacion. - Autoridad u organo que resuelve : el que dicto el primer acto que es materia de la impugnacion. - Requisitos: a. Nombres y apellidos completos, domicilio y numero de Documento Nacional de Identidad o carne de extranjeria del administrado, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente. b. El acto del que se recurre. La expresion concreta de lo pedido, los fundamentos de hecho que lo apoye y, cuando corresponda, los de derecho. c. Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. d. La indicacion de la autoridad u organo al cual es dirigido. e. La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea diferente al domicilio real expuesto en virtud del inciso a. f. La relacion de documentos y anexos que acompana. g. La identificacion del expediente de la materia. h. MORDAZA de nueva prueba, salvo caso de actos administrativos emitidos por organos que constituyen unica instancia. i. Autorizacion por letrado. 02. RECURSO DE APELACION (*) - Plazo de MORDAZA : 15 dias habiles, contado a partir del dia habil siguiente de aquel en que se practique la notificacion o publicacion del acto administrativo que se impugna. En caso de publicaciones sucesivas a partir de la ultima. - Plazo MORDAZA para resolver: 30 dias habiles. - Autoridad u organo al que se dirige: el que dicto el primer acto que es materia de la impugnacion, para que lo eleve al superior jerarquico. - Autoridad u organo que resuelve: superior jerarquico al que dicto el primer acto que es materia de la impugnacion. - Requisitos: a. Nombres y apellidos completos, domicilio y numero de Documento Nacional de Identidad o carne de extranjeria del administrado, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente. b. El acto del que se recurre. La expresion concreta de lo pedido, los fundamentos de hecho que lo apoye y, cuando corresponda, los de derecho. c. Lugar, fecha, firma o huella digital, en caso de no saber firmar o estar impedido. d. La indicacion de la autoridad u organo al cual es dirigido. e. La direccion del lugar donde se desea recibir las notificaciones del procedimiento, cuando sea diferente al domicilio real expuesto en virtud del inciso a. f. La relacion de documentos y anexos que acompana. g. La identificacion del expediente de la materia. h. MORDAZA de nueva prueba, salvo caso de actos administrativos emitidos por organos que constituyen unica instancia. i. Autorizacion por letrado.

Base Legal: Articulos 133º, 133.1, 134º, 134.1, 207º y 207.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Base Legal: Articulos 133º, 133.1, 134º, 134.1, 207º y 207.2 de la Ley del Procedimiento Nº 27444, publicada el 11/04/2001. Administrativo General, Ley Nº 27444, publicada el 11/04/2001.

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Dictan disposiciones referidas a la contratacion de servidores docentes y administrativos del Sector Educacion durante el Ano Fiscal 2007
OFICIO CIRCULAR Nº 002-2007-EF/76.01 MORDAZA, 28 de febrero de 2007 Senores AL MINISTERIO DE EDUCACION A LOS GOBIERNOS REGIONALES Presente.Asunto : Contrato de Servidores Docentes y Administrativos del Sector Educacion durante el Ano Fiscal 2007 Es MORDAZA dirigirme a usted, en atencion al inicio del ano escolar 2007, a fin de brindar algunas directrices en materia presupuestal como Organo Rector del Sistema Presupuestario, las cuales coadyuven a los esfuerzos que viene realizando el Sector Educacion con el objeto de ordenar y mejorar los servicios educativos.

En ese orden de ideas, este Despacho debe de hacer de vuestro conocimiento lo siguiente: 1. MORDAZA de Racionalizacion de Plazas Administrativas y Docentes.- En el MORDAZA de las acciones de racionalizacion que le corresponde realizar al Ministerio de Educacion durante el ano 2007, a traves del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto, y atendiendo a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 005-2007, los requerimientos de personal docente y administrativo para cubrir plazas vacantes en las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL) del Sector Educacion, deben ser atendidos con los recursos humanos existentes en el Sector, aplicando para ello las acciones de desplazamiento de personal que regula la normatividad vigente, en cumplimiento de la Vigesima Setima Disposicion Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, Ley Nº 28927. Para dicho efecto, se debe tener en cuenta los nuevos CAP y PAP aprobados como resultado del MORDAZA de racionalizacion establecido por la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28652, el cual tuvo por finalidad determinar el numero de plazas estrictamente necesarias para brindar el servicio educativo, atendiendo a la carga docente establecida por el Ministerio de Educacion. 2. Ingreso de MORDAZA personal a la administracion publica.- En los supuestos de contratacion de docentes

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