Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2007 (11/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de marzo de 2007 341378 AGRICULTURA Aprueban Reglamento de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán (Se publica la presente resolución a solicitud del Ministerio de Agricultura, mediante Carta Nº 274-2007-INRENA-OA-ULOG, recibido el 8 de marzo de 2007) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 196-2006-INRENA Lima, 25 de julio de 2006VISTOS:Los Informes Nº 180-2006-INRENA-IANP/DPANP- DOANP de fecha 5 de junio de 2006 y Nº 222-2006-INRENA-IANP/DPANP de fecha 26 de junio de 2006, mediante el cual la Dirección de Planeamiento y la Dirección de Operaciones de Áreas Naturales Protegidas emiten opinión técnica sobre la modi ¿ cación al Reglamento de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán. CONSIDERANDO:Que, el artículo 8º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, establece en sus incisos b) y c) que el Instituto de Recursos Naturales - INRENA tiene entre otras funciones proponer la normatividad requerida para la gestión y desarrollo de áreas naturales protegidas y aprobar las normas administrativas necesarias a ¿ n de lograr el objetivo antes mencionado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 0622-75-AG se establece el Parque Nacional Huascarán, ubicado en las provincias de Recuay, Huaraz, Carhuaz, Yungay, Huaylas, Pomabamba, Mariscal Luzuriaga Huari, Corongo, Sihuas y Bolognesi, en el departamento de Ancash, cuyos variados ecosistemas de la Cordillera Blanca han sido reconocidos como Patrimonio Natural, Cientí ¿ co y Cultural de la Nación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 097-90- AG/DGFF-OA-DAD, se aprobó el Plan Maestro del Parque Nacional Huascarán, el cual fue actualizado con Resolución Jefatural Nº 464-2002-INRENA; Que, el artículo 30º de la Ley de Áreas Naturales Protegidas señala que el desarrollo de actividades recreativas y turísticas deberá realizarse sobre la base de los correspondientes planes y reglamentos de uso turístico y recreativo, así como el Plan Maestro del área natural protegida; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 053-96- INRENA, se aprobó el Plan de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán, instrumento normativo de plani ¿ cación y orientación para el desarrollo de actividades turísticas y recreativas en el ámbito del área natural protegida, asegurándose con ello el cumplimiento de los objetivos para lo cual fue creada ésta; dicho plan fue actualizado por Resolución de Intendencia Nº 002- 2005-INRENA-IANP; Que, de conformidad con lo previsto por el numeral 1) del artículo 129º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, el desarrollo del turismo en las Áreas Naturales Protegidas, se sujeta a los objetivos primarios de conservación de cada una de ellas, procurando minimizar los impactos ambientales y socioculturales que se puedan generar, de modo que se logre una actividad turística sostenible; Que, el inciso 1) del artículo 134º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas establece que cada área natural protegida debe contar con un Reglamento de Uso Turístico y Recreativo, el cual establecerá las normas especí ¿ cas que regulan los derechos y deberes de todos los actores involucrados en la actividad turística y recreativa; Que, asimismo el numeral 3) del artículo 134º del citado Reglamento precisa que en aplicación del artículo 17º del Decreto Supremo Nº 002-2000-ITINCI, la aprobación de los Reglamentos de Uso Turístico y Recreativo de las Áreas Naturales Protegidas se realizará con opinión previa del MITINCI, actual Viceministerio de Turismo, y de los actores regionales vinculados con la actividad y en particular el Comité de Gestión; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 166- 2005-INRENA, se aprueba el Reglamento de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán, instrumento normativo para el desarrollo de actividades turísticas y recreativas en el ámbito del área natural protegida; Que, diversos actores locales en coordinación con el Comité de Gestión del Parque Nacional Huascarán, hicieron llegar aportes y observaciones a la versión ¿ nal aprobada mediante la referida Resolución Jefatural Nº 166-2005-INRENA; Que, como consecuencia de dichos aportes se revisó y modi¿ có el texto del Reglamento de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán, involucrando participativamente a los actores locales a través de reuniones y coordinaciones lideradas por el Comité de Gestión y la Jefatura del Parque Nacional Huascarán conforme consta en los Informes Nº 122-2006-INRENA-IANP/DPANP y Nº 180-2006-INRENA-IANP/DPANP-DOANP; Que, mediante O ¿ cio Nº 324-2006-MINCETUR/VMT/ DNT de fecha 9 de mayo de 2006 el MINCETUR remite el Informe Nº 010-2006-MINCETUR/VMT/DNT/HCS con la opinión respecto al proyecto modi ¿ cado de Reglamento de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán la cual fue incluida en la versión de ¿ nitiva del citado instrumento normativo con lo cual se ha dado cumplimiento al inciso 3) del artículo 134º del Reglamento de Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Informe Nº 222-2006-INRENA-IANP/ DPANP-DOANP de fecha 26 de junio de 2006, se concluye que es necesario emitir una Resolución Jefatural que deje sin efecto el Reglamento de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán aprobado por Resolución Jefatural Nº 166-2005-INRENA; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y el inciso 3) del artículo 134º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Uso Turístico y Recreativo del Parque Nacional Huascarán, el cual corre adjunto a la presente resolución como anexo. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 166-2005-INRENA de fecha 25 de julio de 2005. Artículo 3º.- Encargar a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, a través de la Jefatura del Parque Nacional Huascarán velar por el cumplimiento del citado reglamento aprobado por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZ Jefe del INRENA REGLAMENTO DE USO TURÍSTICO Y RECREATIVO DEL PARQUE NACIONAL HUASCARÁN ÍNDICETítulo I : Del objeto, fi nalidad, alcance, aplicación y de fi niciones Título II : Del Uso Turístico y RecreativoTítulo III : De las Autorizaciones y PermisosTítulo IV : De las Normas de ConductaDisposiciones ComplementariasDisposiciones TransitoriasGlosario de Términos