Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2007 (11/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 11 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

341381

Solo podran prestar servicios en general, MORDAZA estos servicios turisticos y recreativos u otros servicios al interior del PNH, los prestadores que cuenten con Autorizacion o Permiso expedido por la Jefatura del PNH previa MORDAZA de la solicitud y requisitos correspondientes. Para el caso de los Auxiliares de Alta MORDAZA provenientes de otros ambitos del MORDAZA podran obtener la autorizacion de operacion en la Jefatura PNH con opinion del comite de Gestion y su comision respectiva, previa veri cacion de la Oferta y Demanda del sector Turistico; la autorizacion tendra una vigencia temporal. Articulo 14º.- De la Autorizacion para las Agencias de Viaje y Turismo. La Autorizacion para las Agencias de Viaje y Turismo sera extendida por la Jefatura del PNH previa MORDAZA de solicitud acompanada de la siguiente documentacion: a) MORDAZA de partida registral ( cha) otorgada por la O cina Registral correspondiente para el caso de personas juridicas y Documento Nacional de IdentidadDNI para el caso de personas naturales. b) MORDAZA de la Ficha del Registro Unico del Contribuyente-RUC actualizado en Regimen General. c) MORDAZA de Licencia Municipal de Funcionamiento expedida por el gobierno local donde se encuentra la sede administrativa de la Agencia de Viajes y Turismo. d) MORDAZA de haber presentado la Declaracion Jurada como Agencia de Viaje y Turismo dando cuenta de su condicion como operador de turismo, expedida por la DIRCETUR correspondiente al lugar donde desarrolla sus actividades. e) Declaracion Jurada segun formato expedido por INRENA por la cual se comprometen a cumplir las Normas de Uso Turistico del PNH y las indicaciones de la Jefatura del PNH. f) Relacion de personas que trabajan o prestan servicios turisticos y recreativos, tales como guias de MORDAZA, guias de turismo, licenciados en turismo, personal de apoyo y auxiliares de MORDAZA debidamente registrados en las ASAAMs. g) Relacion de equipos y vehiculos con que opera la empresa (sujetos a veri cacion y evaluacion por personal de la Jefatura del PNH), siendo indispensable contar con un botiquin de primeros auxilios y equipo de MORDAZA apropiado. Articulo 15º.- De la Autorizacion para las Empresas de Transportes Turisticos. La Autorizacion para las Empresas de Transportes Turisticos sera extendida por la Jefatura del PNH previa MORDAZA de solicitud acompanada de la siguiente documentacion: a) MORDAZA de partida registral ( cha) otorgada por la O cina Registral correspondiente. b) MORDAZA de la Ficha del Registro Unico del Contribuyente-RUC actualizado en Regimen General.

c) MORDAZA de Licencia municipal de funcionamiento expedida por el gobierno local donde se encuentra la sede administrativa de la empresa. d) MORDAZA del Certi cado de Cali cacion de Prestador de Servicios Turisticos para la prestacion de servicio turistico terrestre, expedido por la DIRCETUR respectiva o por la Direccion Nacional de Desarrollo Turistico del Viceministerio de Turismo, segun corresponda. e) MORDAZA de Permiso de Operacion como Empresa de Transporte Turistico expedido por el Sector Transportes y Comunicaciones. f) Para vehiculos de Transporte Turisticos que cuenten con permisos temporales de otras regiones, estos deberan ser visadas por MTC de la Region, previo conocimiento del gremio respectivo. g) Declaracion Jurada segun formato expedido por INRENA por la cual se comprometen a cumplir las Normas de Uso Turistico del PNH y las indicaciones de la Jefatura del PNH. h) Relacion de personas que trabajan o prestan servicios. i) Relacion de vehiculos con que opera la empresa (sujetos a veri cacion y evaluacion por personal de la Jefatura del PNH), siendo indispensable contar con un Botiquin de primeros auxilios y un balon de oxigeno. Articulo 16º.- De la Autorizacion para los Guias de Montana. La Autorizacion para prestar servicios como Guia de MORDAZA en el PNH sera expedida por la Jefatura del PNH previa MORDAZA de solicitud acompanada de la siguiente documentacion: a) MORDAZA de Documento Nacional de Identidad-DNI. b) MORDAZA de la Ficha del Registro Unico del Contribuyente-RUC. c) Los Guias de Alta MORDAZA deberan adjuntar ademas una MORDAZA de la MORDAZA de inscripcion en el Registro de Prestadores de Servicios de Turismo del Gobierno Regional correspondiente y una MORDAZA de titulo o cial como guia de alta MORDAZA expedido por instituto superior o centro de formacion superior o cialmente reconocido, que hayan cursado y aprobado estudios por el lapso minimo de seis semestres academicos. d) Los guias miembros de la Union Internacional de Guias de MORDAZA (UIAGM), podran obtener el permiso de operacion dentro del PNH para brindar sus servicios como guia por un lapso MORDAZA de 30 dias previa solicitud de la Asociacion de Guias de MORDAZA del Peru (AGMP). Articulo 17º.- De la Autorizacion para los Guias y Licenciados de Turismo. La Autorizacion para prestar servicios como Guia o Licenciado de Turismo en el PNH sera expedida por la Jefatura del PNH previa MORDAZA de solicitud acompanada de la siguiente documentacion: a) MORDAZA de Documento Nacional de Identidad-DNI. b) MORDAZA de la Ficha del Registro Unico del Contribuyente-RUC.

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